Dice que es un ataque directo contra la mesa popular y defenderá el derecho de los peruanos a beneficiarse de las riquezas del mar de Grau
Ministerio de la Producción consideró que el fallo en primera instancia de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Lima que declaró inconstitucional el inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo 005-2012-PRODUCE, es un grave retroceso en el proceso de recuperación y sostenibilidad de la anchoveta y representaría una afectación a la mesa popular, si se confirma en segunda instancia.
PRODUCE informó que apelará la sentencia pues el inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo 005-2012-PRODUCE es plenamente legal y constitucional, de acuerdo a las facultades que le asigna la Ley General de Pesca en sus artículos 11 y 12. Como se sabe, el artículo 2 del DS 005-2012-PRODUCE establece que la franja comprendida entre las cinco y diez millas marinas es una zona reservada para el Consumo Humano Directo (CHD) y zona de pesca para las embarcaciones de menor escala (embarcaciones de 10 a 32.6 metros cúbicos de capacidad de bodega).
PRODUCE confía en que la Corte Suprema no se dejará sorprender y emitirá un fallo a favor de la política de ordenamiento que se viene aplicando desde agosto de 2012 con la finalidad de garantizar la sostenibilidad y preservación de los recursos pesqueros y que éstos lleguen a la mesa popular.
Respecto a la sentencia de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior, presidida por el vocal Carbajal Portocarrero, y en ejercicio del derecho constitucional de formular análisis y críticas de sentencias y resoluciones judiciales (Art. 139, Inc. 20), el Ministerio de la Producción señala lo siguiente:
1) Si bien la sentencia de primera instancia sólo afecta un inciso del artículo 2 del D.S. 005-2012, sí representa un serio peligro para el ordenamiento ya que, de confirmarse en segunda instancia, las embarcaciones industriales podrían regresar a pescar hasta la milla 5 y las de menor escala dentro de las 5 millas, zona donde se produce el mayor desove de la anchoveta y otras especies de consumo popular. Ello podría significar una grave y significativa afectación de la sostenibilidad del recurso anchoveta que ya estaba mostrando signos promisorios de recuperación.
2) Los argumentos de la sentencia denotan un profundo desconocimiento del proceso de ordenamiento y del importante rol que juega el Instituto del Mar del Perú, IMARPE en este proceso e ignora por completo los intereses de la mayoría de peruanos. Por ello, extraña que se haya calificado de obsoleto a los informes científicos alcanzados a PRODUCE que sustentan, a la fecha, la serie histórica de la evolución de la biomasa de anchoveta en los últimos años y permiten determinar la presencia de biomasa suficiente para la pesca industrial más allá de las 10 millas.
3) Otro aspecto que causa extrañeza es la celeridad con la que los vocales de la Cuarta Sala Civil de Lima emitieron la resolución. Cabe indicar que contra el D.S. 005-2012-PRODUCE se han presentado tres demandas de acción popular vinculadas económicamente al sector industrial de harina y aceite de pescado. La presente demanda fue la última que se presentó; sin embargo, ha sido la primera en ser resuelta prácticamente en tiempo récord.
4) Lamentamos que la Sala no haya considerado los argumentos expuestos por el Procurador Público Especializado Supranacional Encargado de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, Luis Alberto Huerta Guerrero, en el sentido que lo establecido en el inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo 005, es una norma que no contraviene la ley ni la Constitución al ordenar la pesca estableciendo franjas para cada tamaño de embarcación, en concordancia con la Ley de Pesca.
5) El Ministerio de la Producción advierte sobre el enorme riesgo que significaría que los demandantes busquen convertir esta sentencia en “definitiva” a través de una medida cautelar, obviando la participación de la Corte Suprema. Ello frenaría todo el ordenamiento y constituiría un grave retroceso en la recuperación de la anchoveta para que especies como la cojinova, la corvina, el perico, la caballa y otros, lleguen cada vez más a la población que más lo necesita.
6) El Ministerio de la Producción reafirma su compromiso de defender la sostenibilidad de la anchoveta y se mantiene firme en su propósito de ordenar el sector para que los 30 millones de peruanos y no solo una minoría, como venía ocurriendo hasta hace poco, puedan beneficiarse de la riqueza del mar peruano.
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