La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales admitió a trámite esta noche la Denuncia Constitucional (DC) 307 presentada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, contra el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, por ser presunto autor de los delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal y por tráfico de influencias agravado.

 

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El informe de calificación que contiene la mencionada denuncia sostiene, además, que Castillo Terrones es presunto cómplice del delito Contra la Administración Pública (delitos cometidos por funcionarios públicos) en la modalidad de Colusión, tipificado en el artículo 384 del Código Penal, concordante con el artículo 25 del mismo, en agravio del Estado.

Obtuvo 13 votos a favor, 8 votos en contra y cero abstenciones. Cabe destacar el voto singular del congresista José Balcázar Zelada (PB), quien votó en contra respecto al presidente de la República

La titular de la Subcomisión, Lady Camones Soriano (APP), precisó que esta denuncia constitucional se encuentra en una etapa postulatoria, por tanto, no se pueda entrar a la evaluación de fondo, lo cual se hará en la etapa de investigación.

Sostuvo que “todo ciudadano tiene derecho a la verdad, y el deber de hacer todo lo posible por conocerla, como elemento fundamental de nuestra democracia y pilar fundamental del servicio público”.

“Es la primera vez”, continuó, que un titular del Ministerio Público, “presenta ante la representación nacional una denuncia constitucional contra un presidente de la República en ejercicio”, el mismo que personifica a la Nación.

“Corresponde a este Parlamento, legítimo representante de todos los peruanos parte esencial de nuestra democracia, garantizar la denuncia y la búsqueda de la verdad, que esta se realice en el marco del respeto al debido proceso que garantiza la Constitución”, expresó.

La DC 307 también incluye al exministro de Transportes y Comunicaciones, Juan Silva Villegas, como presunto autor de los delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal y colusión en agravio del Estado; y al exministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Geiner Alvarado López, por el primero de los delitos mencionados.

El informe ha determinado que la DC 307 cumple con los requisitos formales establecidos en el literal a) del artículo 89 del Reglamento del Congreso, así como los criterios de admisibilidad que se definen en el segundo párrafo del literal c) del mismo.

En uno de sus acápites, establece que el fuero parlamentario tiene la facultad de investigar al presidente de la República, porque es “quien representa y personifica a la Nación, siendo el responsable de la administración general del país, su actuación debe estar ceñida al cumplimiento irrestricto de la Constitución y las leyes; toda vez que en un Estado de Derecho todos los ciudadanos, incluidos los gobernantes, se encuentran sometidos por igualdad al ordenamiento jurídico”.

De tal modo, “que ello se hace extensivo a los demás altos funcionarios públicos, como es el caso de los exministros de Estado, incluidos en la denuncia constitucional que nos avoca. De lo expuesto, se colige que, ante una presunta transgresión al ordenamiento jurídico, de oficio el Ministerio Público está en la facultad de promover la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho”.

La denuncia fue presentada el 11 de octubre último y en esa misma fecha Oficialía Mayor la derivó a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales; tres días después, en la continuación de su segunda sesión extraordinaria se dio cuenta de su ingreso y se dispuso su pase para calificación, tal como se dispone en los literales a) y c) del artículo 89 del Reglamento del Congreso

Con fecha 21 de octubre de 2022, en la segunda sesión ordinaria se acordó ampliar el plazo de calificación por diez días hábiles contados a partir del primer día hábil, el 2 de noviembre de 2022.

Una vez que la denuncia constitucional se admite a trámite, siempre de acuerdo con el artículo citado en su inciso d), se presenta ante la Comisión Permanente, que “aprobará, sobre la base del informe de calificación y con la mayoría de sus miembros presentes, el plazo dentro del cual la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales realizará la investigación y presentará su informe, el cual no podrá ser mayor de quince (15) días hábiles, prorrogable por el término que disponga la Comisión Permanente por una sola vez”.

Intervinieron en el debate los parlamentarios Juan Lizarzaburu Lizarzaburu (FP), José Balcázar Zelada (PB), Susel Paredes Piqué (ID), Patricia Juárez Gallegos (FP), Diego Bazán Calderón (RP), Luis Aragón Carreño (AP) y José Arriola Tueros (AP).

DENUNCIAS CONSTITUCIONALES 295 Y 306

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) aprobó, por mayoría, el informe de calificación que declara la improcedencia de la Denuncia constitucional (DC) 295 contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, por presunta infracción constitucional y la probable comisión de los delitos de abuso de autoridad y obstrucción de la justicia previstos en el Código Penal.

Obtuvo 12 votos a favor, 8 votos en contra y cero abstenciones.

La denuncia fue formulada por congresistas de la bancada de Perú Libre, debido a que la Fiscal de la Nación utilizó su cargo para remover a la fiscal suprema Betsabeth Revilla Corrales, quien llevaba una investigación contra su hermana, Emma Benavides Vargas; remoción que provocó la renuncia de la alta funcionaria.

Asimismo, la SAC aprobó, por mayoría, el Informe de calificación de la Denuncia constitucional (DC) 306 contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, por presunta infracción constitucional y la probable comisión de los delitos de organización criminal, encubrimiento personal y obstrucción a la justicia, previstos en Código Penal.

La denuncia fue formulada por el congresista Guillermo Bermejo Rojas (PD). Obtuvo 11 votos a favor, 8 votos en contra y 1 abstención.

LUCIANA LEÓN

Lady Camones Soriano determinó que el martes 22 de noviembre a las 18:30 horas, en sesión extraordinaria, se verá el Informe de Determinación de Hechos y Pertinencia de Pruebas de la Denuncia constitucional 240, formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra la excongresista Luciana León Romero.

La delegada es la congresista Noelia Herrera Medina (RP) y se le acusa a León Romero la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias; organización criminal; cohecho pasivo impropio y peculado doloso por apropiación, previstos en el Código Penal

En la estación agenda del día, se dio cuenta de una corrección de error material en el Informe Final de la Denuncia constitucional 209 y 231, contra exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos Rivera; la misma se aprobó por mayoría. Obtuvo 14 votos a favor, 7 votos en contra y cero abstenciones.