Actividades permitidas serán prestadas a domicilio
Como lo adelantó ayer el presidente Martín Vizcarra, fue publicado el Decreto Supremo 094-2020-PCM, que establece normas que deberán observarse para la realización de algunas actividades permitidas durante el estado de emergencia.
Pese a que el coronavirus está azotando con postración y muerte a Iquitos, homosexuales del pueblo joven Las Malvinas del distrito de Punchana de Iquitos violaron la cuarentena para promover su desviación involucrando a menores en un concurso de travestidos.
Ante el actual contexto, producto de la pandemia, hemos visto cómo se han acelerado distintos procesos donde la tecnología juega un rol fundamental. El teletrabajo, la educación en línea y la telemedicina han experimentado un fuerte incremento en Latinoamérica, llevando a las empresas y organizaciones a adoptar estos nuevos formatos para dar continuidad operativa a los negocios.
Carlos Javier Jarquín
El primer semestre del 2020 llegó cargado de dolor; preocupaciones, tristeza, luto, reflexión e infinidades de cambios para todos, nadie se imaginaba que el 20-20 provocaría torrenciales de lágrimas para muchos y para los más optimistas a pesar de todo despertaría en ellos el talento que por mucho tiempo había vivido profundamente dormido, el COVID-19 ha sido el causante de que la humanidad esté viviendo días de incalificable oscurana. En todos los medios de comunicación y redes sociales de lo que constantemente se habla es de esta pandemia mundial que ha provocado la muerte de miles de personas y, lo más lamentable es que quienes han fallecido de este virus sus familiares no se pudieron despedir como tal como corresponde.
La entidad recaudadora otorgará rebajas en los montos de las deudas, así como en los intereses moratorios. La medida busca incentivar la cultura tributaria y apoyar a la ciudadanía durante el periodo de emergencia nacional ante el COVID-19.
El Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) brindará facilidades a los contribuyentes y/o administrados para el pago de deudas tributarias y no tributarias correspondientes al ejercicio 2020 y/o años anteriores, cualquiera sea el estado en que se encuentren.