Por Larry Smith Orrillo Seminario*
Ante la propuesta del Poder Ejecutivo de postular al cargo de Contralor General de la República al Contador Público Colegiado Khoury Zarzar, Fuad Elías, es importante recordar el caso de la empresa Enron y la Sociedad de Auditoría Arthur Andersen Co., que significó pérdida de reputación de la profesión contable a nivel mundial. Este y otros fraudes como WorldCom, Parmalat, entre otros, afectaron a millones de empleados, pensionistas e inversores, y costaron miles de millones de dólares a la economía americana.
Ante la propuesta del Poder Ejecutivo de postular al cargo de Contralor General de la República al Contador Público Colegiado Khoury Zarzar, Fuad Elías, es importante recordar el caso de la empresa Enron y la Sociedad de Auditoría Arthur Andersen Co., que significó pérdida de reputación de la profesión contable a nivel mundial. Este y otros fraudes como WorldCom, Parmalat, entre otros, afectaron a millones de empleados, pensionistas e inversores, y costaron miles de millones de dólares a la economía americana.
En nuestro país en el año 1993 se eligió un mal Contador Público Colegiado, para el cargo de Contralor General de la República, que ocupó el cargo por el período 1993-2000 (Enrique Caso Lay), de cuyo resultado sólo a quedado un país divido por el tema de la corrupción, la misma que se resume en un dicho de la ciudadanía en general respecto a las diferencias que existen entre los sistemas de gobierno en nuestro país:
“La diferencia entre democracia y dictadura, es que en dictadura se roba en orden y en democracia se roba en desorden”.
Los decanos de esos años del Colegio de Contadores Públicos de Lima, así como los que continuaron en los cargos hasta el año 2007, guardaron silencio respecto al caso particular de este ex - funcionario público y de la actuación de las Sociedades de Auditoría en esos años, las que nunca opinaron nada importante para alertar sobre lo que estaba ocurriendo en el Sector Público, pero al mismo tiempo estos ex – Decanos nunca escucharon las opiniones discrepantes en las distintas Asambleas Generales que se realizaban en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, respecto al entonces Contralor General de la República y la gestión institucional que no buscaba en la práctica beneficiar al Contador Público Colegiado del Colegio de Contadores Públicos de Lima, y es así, que silenciaron a todos los profesionales contadores públicos que exigieron una medida de expulsión del gremio profesional de este mal Contador Público Colegiado. Este y otros hechos de conductas antiéticas y de corrupción en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, han llevado a una división del Colegio Profesional en el ámbito de Lima, entre un grupo que maneja las cuentas corrientes de los agremiados y por tanto su interés es simplemente continuar aprovechando el Colegio Profesional con fines de mantener sus ingresos económicos personales, que sólo beneficia a los directivos que la dirigen; y a trabajadores acostumbrados a dar un mal trato al Contador Público Colegiado, por el sólo hecho de ser parte del entorno del Decano o Decana de turno, como actualmente se da; y el otro grupo que esta apostando por trabajar por elevar el nivel profesional de los Contadores Públicos Colegiados en el ámbito de Lima, y paralelamente trabajar para revertir el desprestigio de la Profesión en el ámbito nacional, que no siempre se ven representados por quienes ellos apoyaron para ocupar el cargo de Decano .
En consideración a lo anterior la actitud política del Poder Legislativo, y en especial de la Comisión Permanente del Congreso de la República debe preocuparse más por designar a un profesional Contador Público de la especialidad de Auditoría Gubernamental, que cumpla el requisito de tener conducta intachable y reconocida solvencia e idoneidad moral, que en el hecho de proteger intereses personales, que incluye las alianzas políticas.
La Ley N.º 27785-Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, en el numeral f) del artículo 28, establece los requisitos para ser Contralor General de la República, uno de los cuales señala:
“f) Tener conducta intachable y reconocida solvencia e idoneidad moral”.
Respecto a este tema, se deben considerar lo siguiente:
El Profesional Contador Público Colegiado debe cumplir con el Código de Ética Profesional aprobado en Asamblea General Extraordinaria el 15 de Junio del año 2007, en la ciudad de Ica, donde se señala en el Titulo Preliminar-De los Principios Fundamentales de la Ética Profesional lo siguiente:
“COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO: El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.
El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.”
“COMPORTAMIENTO PROFESIONAL: El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.
El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.”
Por otro lado siendo el Colegio de Contadores Públicos de Lima miembro del IFAC-Federación Internacional de Contadores, no puede aplicar normas menos rigurosas que las establecidas por el Código de Ética del IFAC.
La parte B del Código de IFAC tiene el título de: LOS CONTADORES PROFESIONALES EN LA PRÁCTICA PÚBLICA.
En esta parte B, se desarrolla la Sección 210-Designación del Profesional, que en su numeral 210.7 establece: “Un contador profesional en la práctica pública debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado. Antes de aceptar un compromiso específico con un cliente, un contador profesional en la práctica pública debe considerar si su aceptación podrá crear alguna amenaza al cumplimiento con los principios fundamentales.”
Estos principios fundamentales de Competencia profesional y debido cuidado profesional y comportamiento profesional, no se están cumpliendo para el caso.
El postulante no sabe definirse en el tema de defensa institucional, muy importante para la vida democrática de nuestro país, por lo que su perfil apunta a que el fin justifica los medios. Transmite el mensaje que lo importante es ser designado Contralor General de la República, porque tiene el respaldo político, no importa el costo que podría significar para el país, una mala y mediocre gestión en control, como la de Víctor Caso Lay, y Genaro Matute Mejia, respectivamente, ya que como ellos tampoco esta capacitado, ni preparado para desempeñar el cargo. Su afán de cumplir el requisito de habilitación correspondiente lo ha llevado a efectuar, hace unos meses un doble pago a las dos directivas del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Desconoce que las razones de la división fue la corrupción en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, entre ellas la falta de sanción para un ex – Contralor General de la República que desprestigió a la Contraloría General de la República como institución, y al Colegio de Contadores Públicos de Lima como gremio profesional. Y desconoce del tema por la sencilla razón que nunca le interesó la institución, por eso los pagos para estar hábil, son sólo para cumplir el requisito que exige la ley N.º 27785.
Como existen deficiencias en cuanto a temas de valores éticos, es importante que el postulante explique a la Comisión Permanente del Congreso de la República, porque razón si a la fecha no tiene autorización para emitir comprobantes de pago, según información de la página web de SUNAT, en abril del 2007 presenta la Declaración Jurada de Renta del año 2006. Además de los ingresos de quinta categoría, ¿Qué otros ingresos tuvo en el año 2006?. La Comisión Permanente del Congreso de la República debe verificar que estos ingresos no los haya vuelto a tener, puesto que no ha presentado Declaración Jurada de Renta a la SUNAT en el año 2007 y 2008. Se adjunta reportes tomados de la página web de SUNAT.
* DNI Nº 07457432
Prolongación La Mar Nº 711-30 La Victoria
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
“La diferencia entre democracia y dictadura, es que en dictadura se roba en orden y en democracia se roba en desorden”.
Los decanos de esos años del Colegio de Contadores Públicos de Lima, así como los que continuaron en los cargos hasta el año 2007, guardaron silencio respecto al caso particular de este ex - funcionario público y de la actuación de las Sociedades de Auditoría en esos años, las que nunca opinaron nada importante para alertar sobre lo que estaba ocurriendo en el Sector Público, pero al mismo tiempo estos ex – Decanos nunca escucharon las opiniones discrepantes en las distintas Asambleas Generales que se realizaban en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, respecto al entonces Contralor General de la República y la gestión institucional que no buscaba en la práctica beneficiar al Contador Público Colegiado del Colegio de Contadores Públicos de Lima, y es así, que silenciaron a todos los profesionales contadores públicos que exigieron una medida de expulsión del gremio profesional de este mal Contador Público Colegiado. Este y otros hechos de conductas antiéticas y de corrupción en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, han llevado a una división del Colegio Profesional en el ámbito de Lima, entre un grupo que maneja las cuentas corrientes de los agremiados y por tanto su interés es simplemente continuar aprovechando el Colegio Profesional con fines de mantener sus ingresos económicos personales, que sólo beneficia a los directivos que la dirigen; y a trabajadores acostumbrados a dar un mal trato al Contador Público Colegiado, por el sólo hecho de ser parte del entorno del Decano o Decana de turno, como actualmente se da; y el otro grupo que esta apostando por trabajar por elevar el nivel profesional de los Contadores Públicos Colegiados en el ámbito de Lima, y paralelamente trabajar para revertir el desprestigio de la Profesión en el ámbito nacional, que no siempre se ven representados por quienes ellos apoyaron para ocupar el cargo de Decano .
En consideración a lo anterior la actitud política del Poder Legislativo, y en especial de la Comisión Permanente del Congreso de la República debe preocuparse más por designar a un profesional Contador Público de la especialidad de Auditoría Gubernamental, que cumpla el requisito de tener conducta intachable y reconocida solvencia e idoneidad moral, que en el hecho de proteger intereses personales, que incluye las alianzas políticas.
La Ley N.º 27785-Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, en el numeral f) del artículo 28, establece los requisitos para ser Contralor General de la República, uno de los cuales señala:
“f) Tener conducta intachable y reconocida solvencia e idoneidad moral”.
Respecto a este tema, se deben considerar lo siguiente:
El Profesional Contador Público Colegiado debe cumplir con el Código de Ética Profesional aprobado en Asamblea General Extraordinaria el 15 de Junio del año 2007, en la ciudad de Ica, donde se señala en el Titulo Preliminar-De los Principios Fundamentales de la Ética Profesional lo siguiente:
“COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO: El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.
El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.”
“COMPORTAMIENTO PROFESIONAL: El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.
El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.”
Por otro lado siendo el Colegio de Contadores Públicos de Lima miembro del IFAC-Federación Internacional de Contadores, no puede aplicar normas menos rigurosas que las establecidas por el Código de Ética del IFAC.
La parte B del Código de IFAC tiene el título de: LOS CONTADORES PROFESIONALES EN LA PRÁCTICA PÚBLICA.
En esta parte B, se desarrolla la Sección 210-Designación del Profesional, que en su numeral 210.7 establece: “Un contador profesional en la práctica pública debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado. Antes de aceptar un compromiso específico con un cliente, un contador profesional en la práctica pública debe considerar si su aceptación podrá crear alguna amenaza al cumplimiento con los principios fundamentales.”
Estos principios fundamentales de Competencia profesional y debido cuidado profesional y comportamiento profesional, no se están cumpliendo para el caso.
El postulante no sabe definirse en el tema de defensa institucional, muy importante para la vida democrática de nuestro país, por lo que su perfil apunta a que el fin justifica los medios. Transmite el mensaje que lo importante es ser designado Contralor General de la República, porque tiene el respaldo político, no importa el costo que podría significar para el país, una mala y mediocre gestión en control, como la de Víctor Caso Lay, y Genaro Matute Mejia, respectivamente, ya que como ellos tampoco esta capacitado, ni preparado para desempeñar el cargo. Su afán de cumplir el requisito de habilitación correspondiente lo ha llevado a efectuar, hace unos meses un doble pago a las dos directivas del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Desconoce que las razones de la división fue la corrupción en el interior del Colegio de Contadores Públicos de Lima, entre ellas la falta de sanción para un ex – Contralor General de la República que desprestigió a la Contraloría General de la República como institución, y al Colegio de Contadores Públicos de Lima como gremio profesional. Y desconoce del tema por la sencilla razón que nunca le interesó la institución, por eso los pagos para estar hábil, son sólo para cumplir el requisito que exige la ley N.º 27785.
Como existen deficiencias en cuanto a temas de valores éticos, es importante que el postulante explique a la Comisión Permanente del Congreso de la República, porque razón si a la fecha no tiene autorización para emitir comprobantes de pago, según información de la página web de SUNAT, en abril del 2007 presenta la Declaración Jurada de Renta del año 2006. Además de los ingresos de quinta categoría, ¿Qué otros ingresos tuvo en el año 2006?. La Comisión Permanente del Congreso de la República debe verificar que estos ingresos no los haya vuelto a tener, puesto que no ha presentado Declaración Jurada de Renta a la SUNAT en el año 2007 y 2008. Se adjunta reportes tomados de la página web de SUNAT.
* DNI Nº 07457432
Prolongación La Mar Nº 711-30 La Victoria
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.