Impuesto Predial 2012 subiría un 5% en 2012

cola impuesto predialLa Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que el Impuesto Predial en el año 2012 se incrementaría en 5% en promedio, como consecuencia del reajuste de los valores oficiales de edificaciones y los valores de los terrenos, recientemente aprobados por el Ministerio de Vivienda.

 

Tomando como base los nuevos Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones, elaborados por el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA – y aprobados por el Sector Vivienda (Res. Nº 220-2011-VIVIENDA), publicados en El Peruano el 30 de octubre último, la Cámara de Comercio de Lima estima que el impuesto predial para el 2012 se incrementará en la Costa, como máximo en 6%, con relación al pagado en el presente año.

La CCL recuerda que el Impuesto Predial es pagado anualmente por las personas naturales y jurídicas que son propietarios de terrenos, casas, edificios y construcciones en general, a favor de las municipalidades distritales donde se ubica e predio.

De acuerdo a los cálculos efectuados por la Cámara de Comercio de Lima, los nuevos valores de edificaciones para el año 2012 en las categorías A, B, C y D se han incrementado en promedio en 5%, en relación a los valores del año 2011.

Jubilados
Los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos (del jubilado) estén constituidos únicamente por su pensión – que no debe exceder de una UIT – tienen derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT, debiendo pagar el impuesto predial sólo por el exceso a las 50 UIT, recuerda la CCL.

Por ejemplo, si el autoavalúo 2012 de la casa del jubilado es S/. 200,000 se descontarán S/. 185,000 (50 UIT proyectada de S/. 3,700). En este caso, el autoavalúo afecto será S/.15,000 x 0.2% y el impuesto predial anual será de S/.30.

Impuesto mínimo
Cabe recordar que conforme al artículo 13º del D. Leg. 776, las municipalidades están facultadas a cobrar un impuesto predial mínimo, equivalente a 0.6% de la UIT (con la UIT proyectada de S/. 3,700 será S/. 22).

Instalaciones fijas
Según el Anexo II de la Res. 220-2011-VIVIENDA, la metodología para la determinación de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes será la siguiente:

“Para la determinación del valor de las edificaciones con características especiales, de las obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, se deberán efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos.

Los valores resultantes deben estar referidos al 31 de octubre del año anterior.
La resultante del valor obtenido se multiplicará con FACTOR DE OFICIALIZACIÓN: Fo = 0,6

VARIACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2011 – 2012 (*)

PREDIO CATEGORÍA A

Vivienda, 400 m2, Estado: Muy bueno, Menos de 5 años de antigüedad (0% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2012

2011

1,503.54

601,416

4,934

4.7%

2012

1,569.52

627,808

5,168.08

 

PREDIO CATEGORÍA B

Vivienda, 200 m2,  Estado: Bueno, Menos de 10 años de antigüedad (5% depreciación)

Año

Valor de

 edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2012

2011

991.36

188,358

914.15

4.44%

2012

1,032.29

196,135

954.81

 

PREDIO CATEGORÍA C

Vivienda, 200 m2,  Estado: Regular, Menos de 20 años de antigüedad (29% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2012

2011

701.97

99,680

382

4.59%

2012

729.53

103,593

399.55

 

PREDIO CATEGORÍA D

Vivienda, 120 m2, Estado: Bueno, Menos de 15 años de antigüedad (16% depreciación)

Año

Valor de

edificación

Autoavalúo

Impuesto anual

Incremento 2012

2011

550.23

55,463

116.8

6%

2012

571.82

57,639

123.83

(*) Considerando una UIT proyectada de S/. 3,700 para el año 2012.

 

Fuente: Gerencia Legal CCL

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