Publican nuevo reglamento de las AFOCAT
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP asume regulación
Continuando con el proceso de transferencia de la regulación de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Transito (AFOCAT) del Ministerio de Trasportes y Comunicaciones (MTC) a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), hoy se publicó el nuevo reglamento de supervisión de las AFOCAT y del Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de los accidentes de transito, mediante Decreto Supremo N,° 039-2008-MTC.
La norma tiene por objeto asegurar la correcta regulación, supervisión, fiscalización y control de las AFOCAT, así como establecer con claridad los fondos de solvencia que permitan atender las contingencias que se generen para atender los accidentes de tránsitos en los que estén involucrados los asociados.
El reglamento especifica que la SBS tiene desde la fecha la facultad de regular las condiciones de acceso y de operación de las Afocat, así como supervisar permanentemente su funcionamiento y los fondos que administran, además de realizar visitas de inspección, detectar las infracciones e imponer sanciones. Se establece un fondo mínimo de S/.438,150 para constituir las AFOCAT, el mismo que será actualizado periódicamente.
De otro lado el MTC tiene el encargo de regular las características, coberturas y formalización del certificado contra accidentes de transito, del formato de las indemnizaciones, además de las normas de protección de la salud de los accidentados y la seguridad de los pasajeros. Asimismo, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales tienen la facultad de aprobar los convenios que celebren con Afocat de otras regiones para ampliar la cobertura.
La norma determina que las victimas y sus beneficiarios de los accidentes de transito, podrán recurrir al Instituto Nacional de la competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) para sus reclamos de incumplimientos y someter las controversias a su ámbito administrativo. También podrán recurrir a la SBS para presentar denuncias por la comisión de presuntas infracciones.
El reglamento especifica que la SBS tiene desde la fecha la facultad de regular las condiciones de acceso y de operación de las Afocat, así como supervisar permanentemente su funcionamiento y los fondos que administran, además de realizar visitas de inspección, detectar las infracciones e imponer sanciones. Se establece un fondo mínimo de S/.438,150 para constituir las AFOCAT, el mismo que será actualizado periódicamente.
De otro lado el MTC tiene el encargo de regular las características, coberturas y formalización del certificado contra accidentes de transito, del formato de las indemnizaciones, además de las normas de protección de la salud de los accidentados y la seguridad de los pasajeros. Asimismo, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales tienen la facultad de aprobar los convenios que celebren con Afocat de otras regiones para ampliar la cobertura.
La norma determina que las victimas y sus beneficiarios de los accidentes de transito, podrán recurrir al Instituto Nacional de la competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) para sus reclamos de incumplimientos y someter las controversias a su ámbito administrativo. También podrán recurrir a la SBS para presentar denuncias por la comisión de presuntas infracciones.