Deben diferir Impuesto a la Renta sobre ganancias bursátiles hasta el 2011


La Cámara de Comercio de Lima (CCL) considera que los cambios en la Ley del Impuesto a la Renta contenidos en el D. Leg. N.º 972 sobre “rentas de capital” deben ser diferidos, por lo menos, hasta el año 2011, de lo contrario se corre el riesgo de afectar gravemente las operaciones en bolsa, en el nuevo contexto de crisis internacional.


La CCL recuerda que el D. Leg. N.º 972 —publicado en marzo de 2007— introdujo importantes modificaciones en la Ley del Impuesto a la Renta para ser aplicadas en el año 2009, sin avizorar que en el presente año se iba a registrar  una severa crisis económica y el colapso de las principales bolsas de valores del mundo, con grave repercusión, en mayor o menor medida, en la economía del país.

“En el nuevo contexto de crisis económica y financiera no resulta conveniente aplicar impuestos a las operaciones bursátiles, porque ello desalienta las inversiones y le resta liquidez a las empresas que operan en el mercado”, afirma la CCL.

Ganancias de capital

Una de las principales modificaciones del D. Leg. N.º 972 consiste en la eliminación de la exoneración del impuesto a las ganancias de capital (utilidad) generada por las operaciones en bolsa de valores (compra-venta de acciones, por ejemplo).

De no mediar la prórroga que solicita la CCL, las personas naturales que realicen hasta 10 compras y 10 ventas en el año pagarían a partir de enero de 2009, el 5% sobre su ganancia y 30% si sobrepasan dicho número, o si la vendedora es una persona jurídica.

Al margen de ello, se ha previsto afectar con mayor impuesto a la renta a operaciones en función de su “habitualidad”, tales como la venta de inmuebles (tasa del 6.25% hasta la segunda venta y con 30% a partir de la tercera venta, o si el vendedor es una persona jurídica).

Se afectarán además los intereses generados por depósitos y ahorros bancarios, así como los intereses por reajustes de capital provenientes de valores mobiliarios, cédulas hipotecarias y títulos de crédito hipotecario negociables de las personas jurídicas.

Situación actual

La CCL señala que la introducción de estas modificaciones en la Ley del Impuesto a la Renta, resultará contraproducente y negativa para la inversión en nuestro país.

Se requiere entonces de una prórroga urgente, que de un lado permita recuperar el clima de estabilidad financiera en el contexto internacional, así como establecer las normas reglamentarias que fueran necesarias para la puesta en marcha de estas disposiciones, por cuanto a decir de los expertos, las reglas no se muestran suficientemente claras.

Vacíos legales

El D. Leg. N.º 972 publicado hace un año y 10 meses aún no ha sido reglamentado, lo que ha generado dudas y preocupaciones entre los agentes económicos y los inversionistas en particular.

Existe una serie de vacíos legales aún no aclarados a la fecha, por ejemplo: ¿Cómo se va a pagar el IR a las ganancias de capital en Bolsa de Valores? ¿Debe entenderse que se pagará IR a las ganancias de capital que se generen a partir del 1 de enero del 2009? ¿A quiénes se les considerará como agentes de retención y sus responsabilidades? ¿En qué casos se considerará que las transacciones se han realizado en el Perú o en el extranjero, habida cuenta que se trata de papeles negociables que pueden ser trasladados de un lugar a otro? ¿Bastará una certificación notarial? ¿Cómo se determinará el valor que servirá como costo computable para compras anteriores al 2009?

Exoneraciones tributarias

Cabe advertir asimismo que las exoneraciones del impuesto a la renta vencerán el 31 de diciembre del 2008.

En tal sentido, por mantenerse la situación que diera motivo al establecimiento de exoneraciones en el Impuesto a la Renta, es conveniente que se genere una ley que permita prorrogar las exoneraciones contenidas en el artículo 19.º de la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de no afectar con impuestos a las sociedades o instituciones religiosas, fundaciones o asociaciones sin fines de lucro, intereses de créditos de fomento, intereses por depósitos en el sistema financiero que realizan las personas naturales y jurídicas entre otros, estima la CCL