Carta sobre la legislación de semillas

Sr. Ministro

Todos lamentamos su ausencia en el foro sobre legislación de semillas, hubiese sido muy bueno que capte el sentir de los participantes del evento.

Hay varias cosas que se pueden y que se deben hacer por el bien del país. Hoy escuché en la radio una entrevista que realizó Rosa María Palacios sobre el reglamento de semillas y parece que ella no entendió bien el problema, así como no entendió la diferencia que existe entre el grano y la semilla, es decir el producto producido para consumo humano del producto producido para semillas. Desde el punto de vista de ella, el reglamento de semillas al “flexibilizar” los requisitos de los registros de semillas, permite que ingresen mayor cantidad de investigadores, certificadores, productores y comerciantes de semillas.


Ministro, este es el mismo argumento que le han dado a usted y que aparentemente beneficia al agricultor usuario de semillas, pues aparentemente se “promueve” la competencia y con ello bajarían los precios de las semillas y se beneficia el agricultor que las va a comprar.

Permítame decirle que esto no es verdad. Ahora paso a explicarle el por qué:

Las normas deben cautelar el interés general sobre el particular, en este caso el interés del agricultor consumidor de semillas, sobre el interés de los productores y comerciantes. Ahora, existen buenos y malos productores y comerciantes, existen aquellos que se preocupan de vender semilla de calidad, cumpliendo con las normas (las cuales se supone que son técnicas) y existen aquellos que tratan de sacarle la vuelta a las normas porque ven en semillas una oportunidad de negocio que puede ser eventual. Asimismo están pendientes de las compras que realiza el Estado, principalmente de los gobiernos regionales que, basados en su autonomía, muchas veces no consideran las normas en semillas cuando compran éstas.

Por ello se deben establecer requisitos técnicos para los registros de semillas, por ejemplo para la producción de semillas, se debe velar porque quien produce semillas tenga la capacidad técnica y operativa para ofrecer un producto de calidad. Esto sucede en las legislaciones de los países desarrollados en materia de semillas donde los registros de productor de semillas son obligatorios. Sin embargo el nuevo reglamento de semillas establece que este registro es opcional, entonces da igual registrarse o no como productor de semillas para ejercer la actividad. Dígame si con esto no se fomenta la informalidad.

De otro lado, su sector ¿Cómo podrá ejercer su autoridad o establecer programas de producción de semillas a nivel local, regional o nacional; si no conoce quiénes producen semillas?. Si tengo la opción de no registrarme e igual ejercer la actividad, simplemente no me registro. Preguntémonos si con esto hacemos competitivo al país.

Otra perla es el tema de la certificación de semillas. El nuevo reglamento de semillas modificó el reglamento de certificación y ahora permite que un productor o comerciante de semillas o cualquiera, sea certificador de semillas y obtenga una delegación del Estado como tal. Se da cuenta, la delegación de una función del Estado ahora no tiene requisitos técnicos (capacidad técnica y operativa para prestar el servicio de certificación) pues ahora los únicos requisitos son: Nombre o Razón Social, RUC y pagar la tasa por el trámite. Esto es inaudito, y en un sector como el nuestro en el cual la mayoría de actividades se realiza de modo informal, atenta contra la competitividad y la semilla de buena calidad.

El tema de la Autoridad en Semillas lo he desarrollado en los mensajes anteriores, y cae por su propio peso quien de todas las nuevas OPDs del MINAG debería ser o seguir siendo la Autoridad en Semillas. Solo quiero decir que no es lo más conveniente para el país designar a un Investigador-Productor-Comerciante como Autoridad en Semillas. Mas aun sabiendo las serias deficiencias que tiene la entidad que de acuerdo al reglamento de semillas a partir de enero deberá cumplir esta función.

Entiendo que se le ha mencionado que el INIA tiene expertos en semillas y por ello desarrollará una buena función. Esta es una verdad a medias. Uno puede ser experto en generar variedades pero eso no quiere decir que sea experto en cumplir y menos en hacer cumplir las normas. Antes de ser autoridad en el papel se debe tener Autoridad Moral, algo que falta en nuestro país. He estado buscando información y puedo decir lo siguiente: Usted cree que las Estaciones Experimentales de Huaral, Vista Florida, Cusco, Pucallpa, tendrán autoridad moral para sancionar a los infractores del reglamento de semillas, cuando estas estaciones han sido sancionadas por incumplir las normas de semillas, cuando ni siquiera son buenos productores de semillas. Entonces cómo quedan sus expertos?

La presentación que hizo el representante del INIA en el Foro sobre Legislación en Semillas dio pena, por decir lo menos, se nota que recién había leído y mal las nuevas normas y prácticamente se dio cuenta que el DL 1080 repite textualmente la ley que pretendía modificar. Peor aún, hubo otro representante del INIA que manifestó que el INIA era una entidad que sólo estaba para acatar las normas emanadas por el sector, esto motivó el rechazo del Decano del Consejo departamental de Lima pues le reclamó dónde estaba su criterio técnico. Que era deber de los técnicos opinar sobre las disposiciones que pudiesen afectar al país y no simplemente quedarse callados. Como ve esos son los técnicos que tiene su sector, me pregunto si esos son los técnicos que el país necesita para ser competitivo.

Estos son sólo algunos ejemplos de muchas observaciones y deficiencias encontradas en el nuevo reglamento de semillas. Entonces conviene preguntarse ¿Quién se beneficia con todo esto? Permítame ensayar algunas hipótesis:

1) Si soy un acopiador de grano comercial o de papa de consumo que tengo la intención de vender estos productos como si fuesen semillas, ahora lo podré hacer sin problemas porque las normas me lo permiten, puedo obtener un registro automático, ya sea como productor o como comerciante de semillas porque no hay capacidad técnica ni operativa que demostrar. Asimismo también puedo obtener la delegación del Estado como certificador de semillas porque puedo cumplir tranquilamente con los tres requisitos que le he mencionado. Entonces puedo hacer “pasar” mi producto comercial como semilla y además ofrecerlo como semilla certificada por mi mismo pues ya obtuve la delegación para ser certificador. Luego me presento a una licitación de compra de semillas por parte de cualquier entidad del Estado, y lógicamente esta entidad está cumpliendo con la legislación porque la legislación ahora permite todo.
Tengo toda la chance de ganar, porque mi producto que no es semilla, es lógico que lo ofreceré al mínimo precio y aun así estaré ganando pues no me costó nada producirlo, entonces compito deslealmente con aquellos productores que han invertido en infraestructura y equipamiento y han gastado en producir semillas con todos los controles en campo para cuidar la calidad genética de las semillas; asimismo compito deslealmente con los certificadores de semillas responsables que también han invertido en contar con personal e infraestructura para prestar el servicio de certificación de semillas.

2) Soy un importador de semillas interesado en vender semillas en el país, ahora tengo el camino abierto para vender semillas de variedades que no se haya probado su competencia o adaptación en el país; porque ahora el registro de cultivares ya no es obligatorio para las variedades que no se certifiquen.

Entonces no es necesario demostrar que la variedad se adapta a las condiciones climáticas del país, por lo tanto puedo vender semilla más barata de una variedad que no se adapta al país, porque la norma no me lo prohíbe. Con esto compito deslealmente con los importadores formales que realizan ensayos en el país antes de comercializar las variedades de semillas. Dígame si lo mencionado promueve la competitividad agrícola.

Ante todo esto, ¿Que hacer? pues primero hay que tener ganas de hacer las cosas y de hacerlas bien. Como usted dice la solución es legal, por ahora, pero técnica en el mediano plazo. Casualmente como fruto de la discusión realizada en el Foro que realizó el CIP, se mencionó que de manera urgente se le sugeriría a usted que, a través de un Decreto Supremo, disponga suspender la aplicación del D.S. 026-2008-AG, prorrogando la vigencia del DS 040-2001-AG y se convoque a una comisión técnica especial que podría liderar el Colegio de Ingenieros a fin de que le presente en 60 días un Proyecto de Reglamento de Semillas, para que se haga la consulta pública y participen todos los involucrados con semillas.

Entiendo que esta propuesta le está enviando el Colegio de Ingenieros mediante documento, ojalá que el documento llegue a sus manos. Asimismo pude conseguir la carta anterior que presentó el Colegio de Ingenieros sobre el tema, la cual adjunto.

Asimismo sería muy importante que escuche a la gente que está muy preocupada por el tema del reglamento de semillas, desde diferentes aspectos: comercio, producción, certificación, etc. Estuve averiguando los datos de la gente que participó en el Foro y he logrado conseguir algunos:

Ing. Celfia Obregón de ADERS Perú / 999495286
Ing. Oscar De Cordova / 993553918
Ing. Jorge Chepote / 9983 42411..
Ing. Luis Beingolea / 9990 44177
Ing. Victor Terrones / 04494 9583768
Ing. Gonzalo Tejada / 999316108

Señor Ministro hágale un regalo para el país enmateria de semillas, sería corregir los errores de la anterior gestión.
Saludos
Humberto Ganoza