CCL reitera que se debe reducir costos no laborales
Propuesta de gremio empresarial no incluye exoneración de impuestos
Entre las medidas extraordinarias planteadas por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), para afrontar la crisis económica y defender el empleo, el gremio empresarial no incluye la exoneración de impuestos, debido a que éstos son recursos indispensables para la inversión pública y la política contra cíclica. Por el contrario, la CCL reitera que es necesario reducir los costos no laborales, los cuales le restan competitividad a las empresas peruanas y afectan la generación de empleo, por lo que en este aspecto sí acompaña la norma aprobada por el Congreso.
Entre las medidas extraordinarias planteadas por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), para afrontar la crisis económica y defender el empleo, el gremio empresarial no incluye la exoneración de impuestos, debido a que éstos son recursos indispensables para la inversión pública y la política contra cíclica. Por el contrario, la CCL reitera que es necesario reducir los costos no laborales, los cuales le restan competitividad a las empresas peruanas y afectan la generación de empleo, por lo que en este aspecto sí acompaña la norma aprobada por el Congreso.
Según afirman quienes apoyan la exoneración de impuestos a las gratificaciones, parte importante de lo dejado de recaudar se recuperaría a través del Impuesto General a las Ventas (IGV); sin embargo, de acuerdo con la CCL a través del IGV sólo se recuperarían al rededor de S/. 100 millones, de los S/. 734 millones dejados de recaudar.
Respecto de los costos no laborales, el gremio empresarial considera que inciden de manera significativa en la generación de empleo formal y en la productividad de las empresas y por tanto en su competitividad.
En opinión de la CCL, la iniciativa legal aprobada por el parlamento busca reducir sobrecostos laborales en algunos aspectos, tal es el caso de dejar sin efecto la obligación de los empleadores a desembolsar 14 aportes al año al Seguro Social de Salud (9% a cada mes laborado y 9% de cada gratificación), los cuales incluyen los doce meses del año más las dos gratificaciones, situación que encarece el empleo, no reporta beneficios directos al trabajador y es inequitativa, toda vez que ni siquiera son calculados para efectos de los reembolsos por pagos de subsidios de maternidad e incapacidad temporal.
En este punto sería importante derogar la obligación de aportar a EsSalud cuando el trabajador ha optado por un seguro privado, lo cual se constituye en un sobrecosto no laboral que afecta la generación de empleo.
De otro lado, con respecto a la potestad que le otorga la Ley al trabajador de decidir si aporta a su Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) por las dos gratificaciones del año, la CCL señala que sería conveniente realizar un análisis costo–beneficio de la misma.
La CCL reitera su invocación a analizar no sólo los aspectos de política económica, sino ver medidas para incrementar la productividad de los agentes económicos. Igualmente el gremio empresarial considera conveniente hacer una evaluación periódica de los avances del plan anticrisis.
Respecto de los costos no laborales, el gremio empresarial considera que inciden de manera significativa en la generación de empleo formal y en la productividad de las empresas y por tanto en su competitividad.
En opinión de la CCL, la iniciativa legal aprobada por el parlamento busca reducir sobrecostos laborales en algunos aspectos, tal es el caso de dejar sin efecto la obligación de los empleadores a desembolsar 14 aportes al año al Seguro Social de Salud (9% a cada mes laborado y 9% de cada gratificación), los cuales incluyen los doce meses del año más las dos gratificaciones, situación que encarece el empleo, no reporta beneficios directos al trabajador y es inequitativa, toda vez que ni siquiera son calculados para efectos de los reembolsos por pagos de subsidios de maternidad e incapacidad temporal.
En este punto sería importante derogar la obligación de aportar a EsSalud cuando el trabajador ha optado por un seguro privado, lo cual se constituye en un sobrecosto no laboral que afecta la generación de empleo.
De otro lado, con respecto a la potestad que le otorga la Ley al trabajador de decidir si aporta a su Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) por las dos gratificaciones del año, la CCL señala que sería conveniente realizar un análisis costo–beneficio de la misma.
La CCL reitera su invocación a analizar no sólo los aspectos de política económica, sino ver medidas para incrementar la productividad de los agentes económicos. Igualmente el gremio empresarial considera conveniente hacer una evaluación periódica de los avances del plan anticrisis.