Despidos por reducción de flota pesquera están prohibidos


Ministerios de la Producción y de Trabajo realizarán inspecciones permanentes para velar por el cumplimiento de D. Leg. 1084


La ministra de la Producción, Elena Conterno Martinelli, desestimó  los rumores de despidos masivos vertidos en los últimos días por un grupo de armadores pesqueros opuestos al Decreto Legislativo 1084.


La titular del Sector explicó  que esta norma prohíbe los despidos por un periodo de 2 años por causa de la disminución de flota. Por tanto, los hombres de mar que no se acojan voluntariamente a los programas de beneficios podrán continuar trabajando de forma rotativa en las embarcaciones que acrediten las empresas.

Precisó que la norma lo que hace es dar opciones. A los armadores da la opción de asociar embarcaciones o incorporar sus límites en otras embarcaciones, o permanecer igual. En caso se opte por lo primero, a los pescadores la norma da la opción de acogerse al programa de beneficios o de participar de forma rotativa en las embarcaciones que salgan a pescar.

“Por estas razones, carece de sustento legal la realización de despidos o no permitir que los pescadores sigan ejerciendo sus actividades por la Aplicación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación-LMCE”, sostuvo.

La ministra de la Producción invocó a los armadores pesqueros a no desinformar a los hombres de mar, porque ello sólo genera zozobra en los trabajadores pesqueros y sus familias.

Conterno Martinelli reveló que el Ministerio de la Producción coordinará inspecciones permanentes,  junto al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para velar por el cumplimiento del D. Leg. 1084, y tomará las medidas necesarias para asegurar que los armadores pesqueros cumplan  con las condiciones establecidas en el mencionado dispositivo legal.

Programas de beneficios

El D. Leg. 1084 tiene como uno de sus principales objetivos proteger a los trabajadores pesqueros. Este dispositivo  está acompañado de un mecanismo de compensación,  el cual podrá ser  acogido  de forma voluntaria por los pescadores o tripulantes de pesca que opten por alejarse de esta actividad.

Es decir,  para aquellos hombres que deseen cambiar de oficio o deseen desarrollar MYPES existirá una bonificación por renuncia voluntaria de 2,25 sueldos mensuales por año de servicio, por un máximo de 18 sueldos. Al mismo tiempo, el empleador brindará a los pescadores capacitación técnica y apoyo económico, mientras dure su periodo de preparación.

Otro de los aspectos que tiene en cuenta el D. Leg. 1084 es el correspondiente a un sistema de jubilación adelantada, el cual será aplicable a los hombres de mar mayores de 50 años que deseen salir de la pesca.