Gobierno debe defender al país de restricciones al comercio internacional

Demanda CCL y asegura que el gobierno de Ecuador impondría medidas restrictivas a 324 subpartidas, afectando a 405 empresas nacionales


La Cámara de Comercio de Lima advierte que el gobierno ecuatoriano está evaluando la aplicación de medidas restrictivas a las importaciones para productos de 324 subpartidas.

Balanza Comercial Perú-EcuadorEnero-Diciembre 2007/2008 US$ millones (FOB)

Fuente: Sunat Elaboración CCEX-CCL Cobertura 14/01/09

 


El gremio empresarial detalló que nuestro socio comercial andino busca imponer cuotas (cantidades máximas permitidas para la importación de productos por un periodo de tiempo determinado), elevar aranceles ad valorem hasta por un 500% y prohibir importaciones.

Para la CCL una medida de esta naturaleza atenta contra la sostenibilidad de la zona de libre comercio en la Comunidad Andina —a la cual pertenecen Perú y Ecuador— sentándose un pésimo precedente para el comercio internacional de la región. Por ello, La Cámara solicitó al gobierno peruano tomar las medidas necesarias para frenar esta iniciativa.

Impacto inmediato

La Cámara de Comercio de Lima indicó que las medidas arancelarias y no arancelarias que pretende imponer Ecuador impactarían inmediatamente en el flujo exportador de productos peruanos.

 

Exportaciones totales a Ecuador Enero-Diciembre 2008/2007 US$ millones

Fuente: Sunat Elaboración CCEX-CCL Cobertura 14/01/09

 

Explicó que las 324 subpartidas comprendidas en la medida pertenecen a los grupos de alimentos y bebidas, cosméticos, higiene y limpieza, neumáticos, cuero-calzado, textil–confecciones, bisutería, vajilla, electrodomésticos, teléfonos y aparatos reproductores, automotores, muebles de madera y plástico. Muchos de estos rubros son de interés exportador para el Perú, indicó la CCL.

Impacto Bilateral

Aunque las exportaciones a Ecuador se incrementaron en el 2008, la CCL señaló que el saldo comercial es deficitario para nuestro país, con lo cual eventuales restricciones a nuestras exportaciones por parte de este país deteriorarían el saldo que en el 2008 llegó a US$ -1,280.70 millones (negativo), mayor incluso que en el año 2007 cuando ascendió a US$ 1,136.44 millones.

Según el Centro de Comercio Exterior (CCEX) de la Cámara de Comercio de Lima, de las 327 subpartidas que el Perú exporta a Ecuador se verían afectadas 172.

El CCEX de la CCL reveló que durante el año pasado Perú exportó a Ecuador US$ 138.87 millones por concepto de las partidas que se verían afectadas de prosperar las barreras al comercio internacional en el país vecino. Dicho monto representó el 28% del monto total enviado a Ecuador.

La CCL advirtió que estas medidas afectarán a por lo menos 405 empresas peruanas, las cuáles representan el 37% del total de exportadoras a nuestro socio andino.

La CCL precisó que para dicha estimación se han considerando empresas que por lo menos exportan un tipo de producto al Ecuador, pudiendo tener otras líneas con destinos comerciales diferentes.

Restricciones y Salvaguardias

La Cámara de Comercio de Lima recordó que, según lo establecido en el Acuerdo de Cartagena, los países miembros deben abstenerse en la aplicación de gravámenes y en la introducción de restricciones de todo orden a las importaciones de bienes originarios de la subregión.

Exportaciones Totales a Ecuador - No. Empresas Enero-Diciembre 2008/2007 US $ millones

Fuente: Sunat Elaboración CCEX-CCL Cobertura 14/01/09

 

En opinión de la CCL, de prosperar las pretensiones de Ecuador, la Secretaría General de la Comunidad Andina debe determinar formalmente si las medidas impuestas constituyen restricciones al comercio.

La CCL aclaró que el Acuerdo de Cartagena prevé la posibilidad de que un país miembro adopte salvaguardias para corregir desequilibrios en su balanza de pagos global. No obstante, para que estas medidas sean extendidas deben contar con autorización previa de la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN), con carácter transitorio y en forma no discriminatoria.

Asimismo, en casos de emergencia es posible aplicar las medidas de salvaguardia de manera inmediata por cualquier miembro de la CAN, lo cual debe comunicarse inmediatamente a la SGCAN, la misma que tiene la potestad de autorizarlas, modificarlas o suspenderlas, dentro de los treinta días siguientes.

Finalmente, la Cámara de Comercio de Lima planteó al gobierno peruano definir una estrategia preventiva para evitar la imposición de medidas restrictivas al comercio exterior entre el Perú y otros países de la región, del mundo en general, so pretexto de la crisis financiera y económica mundial.