Huancahuari: cabeceras de cuenca en peligro

La legisladora Juana Huancahuari denunció que su propuesta para que el Estado reconozca la intangibilidad de las cabeceras de cuenca (artículo 75), como una medida responsable ante la futura escasez del agua, como consecuencia del cambio climático, ha sido cambiada como zonas ambientalmente vulnerables, dejando abierta la posibilidad de que operadores privados puedan disponer de ellas.


Debido a las presiones de los operadores privados del agua, se han modificado y eliminado diversos artículos de la ley de recursos hídricos, que se encuentra pendiente de segunda votación en el Congreso.

“Se está cometiendo una irresponsabilidad con el futuro del país, al no preservar y asegurar el agua, que precisamente tiene su origen en las cabeceras de cuenca”, advirtió.

Corte de agua atenta contra la salud y la vida

Otro de los puntos modificados por la presidencia de la Comisión Agraria, es el relacionado con el corte de agua por incumplimiento de pago de la tarifa (artículo 40). El texto ha eliminado el párrafo que garantizaba un flujo mínimo permanente de agua a las viviendas de forma que asegure la supervivencia del usuario.

Tal hecho atenta contra la salud y la vida de las personas, porque elimina una obligación de las entidades prestadoras del servicio de agua potable, de no privar este recurso a los usuarios por incumplimiento de pago, resaltó Huancahuari.

Proyectos de infraestructura hidráulica en comunidades

Asimismo, en el artículo 105, se ha eliminado la participación de las comunidades campesinas y nativas como socias de los proyectos de infraestructura hidráulica en operación.

El texto sustitutorio señala que será el Estado quien establezca el mecanismo para hacerlas partícipes, pero únicamente de los beneficios.

Para la congresista, con esta omisión se margina a las comunidades campesinas y nativas en la gestión de los proyectos hidráulicos, cuando en los hechos han demostrado ser más responsables que el mismo Estado en la administración del agua.

Entre otras modificaciones, figura la eliminación del artículo que disponía el canon hídrico, así como el orden de prioridad de los tipos de uso del agua. Mientras que en el texto anterior figuraba como prioridad el uso agrario, pecuario, acuícola, pesquero, energético, industrial, medicinal y minero, etc., ahora figura sólo un orden alfabético y enunciativo, de manera que cualquiera de ellas pueda ser prioritaria.

Para Huancahuari, hay un sometimiento a las presiones de los operadores privados, sin tener en cuenta que se trata de un recurso al servicio del país y principalmente de su población.


Para acceder al texto modificado Ley de Recursos Hídricos. Firma: Mario Alegría Pastor: Presidente Comisión Agraria, 27 de enero 2009

http://www2.congreso.gob.pe/sicr/apoycomisiones/Dictamen20062011.nsf/
DictamenesFuturo/DF7E48FD5CE32A4A0525754B006EC1CB/$FILE/TS00386270109.pdf