Alan Fairlie
Jessica Portocarrero
Hay un debate sobre poner un “impuesto a los ricos”, refiriéndose a gravar su patrimonio. Una dimensión está referida al monto que se puede recaudar, y que nos dice la experiencia internacional. Otra dimensión es la de la solidaridad. En un momento tan crítico de la Historia, parece razonable haya un aporte —por una sola vez— al país donde han logrado acumular riquezas.
Antecedentes
Cabe precisar que los gravámenes sobre la riqueza, así como los impuestos sobre el patrimonio, han tenido escasa relevancia en los países de la región. De acuerdo con la Cepal, en los últimos años, la recaudación del impuesto sobre la renta personal en promedio fue 1,6% del PIB, y en el caso de los impuestos al patrimonio apenas llega al 0,5% del PIB[1], razón por la cual existe una gran concentración de la riqueza (el 10 por ciento más rico de América Latina y el Caribe posee el 71 por ciento de la riqueza[2]). En países desarrollados ha llegado a recaudar aproximadamente 1% del PBI en casos como Suiza, y menos en otros países. Algunos mantienen esos impuestos, otros lo tuvieron varios años, pero fueron eliminados.
Impuesto a la riqueza y no a los ingresos
El premio Nobel Joseph Stiglitz, sostiene que los impuestos a los ricos y súper ricos, tienen el efecto menos adverso sobre la demanda agregada, que los impuestos sobre las personas de bajos ingresos. Por lo tanto, aumentar la progresividad del sistema tributario no solo mejora la distribución del ingreso y reduce la desigualdad; sino además estimula la economía. Responde así a quienes plantean que es contraproducente, puede generar fuga de capitales y recesar aun más la actividad económica.
En esa misma línea, señala que los que deben de pagar más impuestos son quienes concentran mayores riquezas (1% top), y estima que en el caso estadounidense el incremento en 5 por ciento en la tasa impositiva del 1 % de los que ganan más, recaudaría entre 1 y 1.5 billones de dólares en 10 años.[3] Por otro lado, señala que la tasa impositiva que pagan los ricos está muy por debajo de tarifas “oficiales”, debido a su capacidad para aprovechar las preferencias fiscales y los vacíos fiscales existentes.
Este punto de vista es también compartido por el economista Thomas Piketty, quien pidió que se aplique un impuesto a la riqueza graduado del 5% para aquellos que tienen 2 millones de euros o más y hasta un 90% para aquellos que poseen más de 2.000 millones de euros[4]. De acuerdo con Piketty, los impuestos excepcionales sobre la riqueza se han dado en situaciones extremas como es el caso de la era keynesiana de la posguerra, tanto Estados Unidos y el Reino Unido aplicaron tasas impositivas de hasta el 98 por ciento, el crecimiento económico fue mayor y la desigualdad de ingresos más baja. Otro ejemplo que señala el autor es que la Segunda Guerra Mundial en Alemania y Japón, con el fin de reducir la deuda pública de la época, se impuso impuestos progresivos de hasta 90% a la riqueza permitiendo a estos dos países reducir muy rápidamente su deuda pública, y luego invertir en infraestructura pública y educación en los años 50 y 60.[5] Nos parecería errado plantear tasas confiscatorias como las que propone Piketty, pese a la gravedad de la emergencia.
La crisis del COVID-19, ha hecho que diversos autores señalen que estemos en una “economía de Guerra”[6], (Como lo mencionamos en el artículo http://alanfairliereinoso.pe/?p=6339) En ese sentido, diversos países de la región vienen analizando la posibilidad de aplicar impuestos a las grandes riquezas o impuesto a la renta individual en una mayor proporción. Cabe precisar que, de acuerdo con el Centro Iberoamericano de Administraciones Tributaria, se considera patrimonio neto privado al valor de los activos financieros y no financieros (bienes muebles, inmuebles y otros bienes de valor) que una persona adulta posea, menos el valor de sus respectivas deudas u obligaciones financieras, excluyendo el ahorro previsional público[7].
Debate en el país
El Ejecutivo ha solicitado facultades en materia tributaria al Congreso, a fin de implementar algunas medidas que estarían orientadas a la creación de un impuesto solidario. Sin embargo, no hay una definición clara de la amplitud de este y se especula sobre la posibilidad de que dicho impuesto sería aplicado solo a trabajadores en planilla con salarios mayores a S/10,000 y que permitiría una recaudación de entre S/200 millones y S/300 millones. Pero ¿es este un impuesto efectivamente solidario que contribuiría a minimizar los impactos negativos de la crisis sanitaria?, ¿realmente serán los que más tienen los que pagarán más? Este vendría a ser un nuevo impuesto a los ingresos de las personas, cuya contribución resulta inferior a la que se obtendría si los impuestos y el peso de esta pandemia lo asumen de forma solidaria los ricos y superricos del país.
Este sería un nuevo impuesto que no existe en el país. En cambio, todos han pagado sus impuestos o lo harán, en función de los ingresos obtenidos el año anterior. Incluir sectores medios no resolverá el problema, salvo que el umbral se amplíe sustancialmente. Pero, cualitativamente son diferentes, un impuesto al ingreso (flujo), comparado con otro que busca gravar la riqueza (stock).
Organismos internacionales (inclusive el FMI[8]), y diferentes académicos, concuerdan que la imposición sobre la riqueza neta permite de forma real movilizar recursos fiscales. Existen diversas metodologías para la aplicación de este impuesto que van desde cargas fijas o tasas graduables.
Impuesto a la riqueza por una vez y nuevo pacto fiscal
El CIAT (2018) realizó un estudio empírico para determinar el potencial de recaudación del impuesto a la riqueza partiendo de la siguiente ecuación y 5 modelos:
Modelo 0: el impuesto abarca únicamente al 1% con mayor nivel de patrimonio y lo grava a una tarifa de 0.9%[9]
Modelo 1: prevé un aumento en la tasa vigente en medio punto porcentual (0.5%) manteniendo constante todas las otras variables del modelo.
Modelo 2: mantiene constante todas las variables del modelo 0 y únicamente cambia el mínimo no imponible de tal forma que alcance al 10% más rico de la población.
Modelo 3: es una combinación del modelo 1 y 2. Es decir, aumenta la tasa o las tasas en 0.5% y abarca al 10% de la población más rica, de acuerdo con la distribución del ingreso utilizada.
Modelo 4: agrega progresividad mediante la introducción de tasas marginales progresivas al modelo. Utiliza las marcas de clase de los percentiles para generar las franjas del impuesto y los dividimos en gravamen a los percentiles 90-94 a una primera escala, a los percentiles 95-97, y por último a los percentiles 98-100.
Para la aplicación de los modelos el CIAT estimó con datos del 2016, diferentes escenarios. A continuación presentamos el cuadro con los resultados para Perú:
Cuadro N.° 1: Resumen de simulaciones sobre impuesto sobre el patrimonio Perú (2016)
Fuente: CIAT
Como se puede ver en el modelo 0, en donde se incluye solo al 1% más rico, se logra recaudar 0.24% del PBI., En el modelo 2, cuando se amplía al 10% la recaudación se incrementa al 0.89% del PBI. Y, cuando se incluye el diseño de franjas progresivas, el monto recaudado casi se duplica y llega al 1.54% del PBI
Se puede discutir la metodología, pero con alguna variable proxy se podría hacer el ejercicio, para proceder a cobrarlo por una sola vez. No pensamos deba ser permanente, tampoco en tasas extremas como las que plantea Piketty, sino en el rango de lo sugerido por el estudio del CIAT
La crisis sanitaria que enfrenta el país, obliga a tomar medidas excepcionales no solo con un criterio recaudador, sino, principalmente, de solidaridad. Es hora de que quienes han concentrado la mayor riqueza en el país y a los cuales el Estado les ha otorgado diversos incentivos tributarios, pongan el hombro a favor de los más vulnerables.
En términos estructurales, se requiere fortalecer nuestro sistema tributario, en donde prime el principio de equidad, a fin de que sea más eficiente y equitativo y responda a la capacidad contributiva de los individuos, permitiendo que exista una mayor redistribución de los ingresos desde los que más tienen a los que más lo necesitan. Esto supone combatir la elusión y evasión tributaria, los paraísos fiscales. Y, definir un nuevo pacto fiscal, para financiar una estrategia de desarrollo alternativa post-pandemia.
[1] Cepal (2019) Panorama fiscal de América Latina y el Caribe 2019
[2] Cepal (2016) Tributación para un Crecimiento Inclusivo
[3] Stiglitz, JE (2014). Reforma de los impuestos para promover el crecimiento y la equidad.
[6] Véasé: http://alanfairliereinoso.pe/?p=6339
[7] CIAT (2018) Impuestos a la Riqueza o al Patrimonio de las Personas Físicas con especial mención a América
Latina y El Caribe
[8] FMI(2019) , Serie especial sobre políticas fiscales en respuesta al COVID-19. Disponible en https://www.imf.org/~/media/Files/Publications/covid19-special-notes/Spanish/sp-special-series-on-covid-19-fiscal-policy-responses-to-the-sharp-decline-in-oil-prices.ashx
[9] Parte del impuesto temporal a la riqueza aplicado por ecuador en 2016. Ecuador se aplicó temporalmente un impuesto para aquellos patrimonios superiores a USD 1 millón para sufragar los gastos de reconstrucción del país luego del terremoto
Foto:Enfoque derecho.com