Luis Alberto Latinez Carpio
El Congreso de la República acaba de aprobar un Proyecto de Ley que impediría que los que hagan publicidad de sus ventas de bienes o servicios on line, estén obligados a publicar su número de RUC.
Como sabemos SUNAT estableció, con los cambios efectuados en el RUC, que a partir del 1-1-2024 los que realizan ventas de bienes o servicios, vía internet, publiquen su número de RUC.
Se estableció esta medida porque la mayoría de las personas naturales o personas jurídicas que venden bienes y servicios, via internet, son informales, es decir no tributan.
Al no ser obligatorio, la publicación de su RUC, se está propiciando la informalidad, contribuyendo de esta manera a incrementar la Evasión Tributaria
La Evasión Tributaria en nuestro país, es la más alta de Indoamerica (América Latina), que representa el 50 % de lo que recauda SUNAT.