El Dr. Julián Palacín redacto los principios jurídicos que inspiraron la modificación del anexo 17 del Convenio de Chicago
El Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Aeronáutico, del Espacio y de la Aviación Comercial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima CAL, Dr. Julián Palacín Fernández quien preside además el Instituto Peruano de Derecho Aéreo (IPDA) y la Comisión Interamericana de Derecho Aéreo y Espacial (CIJEDAE); Ex Presidente de Corpac, fue el jurista quién redactó los Principios Jurídicos que sirvieron de inspiración para la modificación del anexo 17 del Convenio de Chicago, en salvaguarda y protección de miles de personas
El modificado anexo 17 promovió a partir de la fecha, el uso de cabinas magnéticas las cuales se activan durante el vuelo no permitiendo a nadie la entrada en ella.
La piratería aérea puede definirse en relación a la navegación aérea por el derecho aeronáutico como la acción de violencia que pretende desplazar del mando de la aeronave a su legítimo comandante, obligarle a modificar el rumbo o a aterrizar en lugar diferente de su destino, bien sea con el fin de obtener contraprestaciones por la liberación de la aeronave o del pasaje o bien apoderarse de la misma o de su carga.
El acto de piratería aérea por antonomasia es el secuestro aéreo, aunque pueden ser considerados como tales otros actos de violencia como el sabotaje o el ataque a aeronaves, su retención en tierra o la apropiación de las mismas.
El Dr. Julían Palacín es actualmente Candidato al Decanato del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, para el ejercicio 2014-2016.