Por Raymundo Hurtado Martínez
(Aeronoticias) El Presidente del Instituto Peruano de Derecho Aéreo (IPDA), Julián Palacin Fernández, pidió a INDECOPI que no se preste a la denuncia maliciosa de Aeropuertos Andinos del Perú (Grupo de Kuntur Wasi – Aeropuerto de Chinchero), contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) por eliminación de supuestas barreras burocráticas, denuncia que es el ropaje legal que tiene esta empresa multinacional para tratar de incumplir con el Estado peruano, las exigencias de brindar atención médica y/o primeros auxilios concesionados a favor de de los pasajeros de la distintas líneas aéreas que pagan millones de dólares en tasas aeroportuarias a AAP y otros concesionarios, para que precisamente estos concesionarios en aeropuertos presten los servicios aeroportuarios a que están obligados por el Contrato de Concesión.
Julián Palacin destacó, que como ex Presidente de CORPAC, tenemos que recordar que nuestros aeropuertos a cargo del Estado peruano siempre cumplían con estas normas de atención médica, pero parece ser que los concesionarios no entienden que cobran un TUA aeroportuario y que como contraprestación a lo que cobran tienen que dar servicios y cumplir con las normas aeronáuticas del Perú, inclusive las dictadas por la DGAC de conformidad al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y sus anexos técnicos y esto ocurre en todos los países del mundo y estos concesionarios vienen de países en dónde si cumplen.
Para AAP – Kuntur Wasi, según su denuncia a INDECOPI contra el MTC, “es carente de razonabilidad que AAP tenga derecho a cobrar el TUA Aeroportuario y no prestar estos servicios médicos en contrapartida dentro del el Aeropuerto Alfredo Rodríguez Ballón de Arequipa”. Ningún concesionario pueden incumplir con la Norma Técnica Complementaria 005-2013 de la DGAC, es decir esta empresa que ha sido sancionada con justicia por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú, DGAC del MTC a través de la Resolución Directoral N° 792-2017-MTC/12 por la muerte del pasajero Willy Donato Cota Encinas el 23 de abril del 2017 en el Aeropuerto Alfredo Rodríguez Ballón de Arequipa, en un caso de ripley y en el que demuestra cómo el concesionario violaba normas de orden público en el Perú como forma de presionar al Ministerio de Transportes, lo ha denunciado ilegalmente a INDECOPI.
El Instituto Peruano de Derecho Aéreo (IPDA), dijo su Presidente Julián Palacin Fernández, organizará una conferencia sobre este caso, ya que el Perú y no las empresas concesionadas ejercen soberanía sobre el espacio aéreo peruano y el Art. 9, 10 y 11 de la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establecen claramente la competencia, las facultades de control, fiscalización y sanción de la DGAC y sus facultades de supervisión e inspección, en consecuencia INDECOPI bajo responsabilidad debió declarar improcedente esta denuncia absurda que pone en peligro principios fundamentales que obligan al Estado peruano en los instrumentos internacionales de aviación que obligan al Perú.
INDECOPI debe aplicando las normas vigentes, imponer una sanción ejemplar a Aeropuertos Andinos del Perú por esta denuncia maliciosa contra el Ministerio de Transportes, en razón a que las empresas multinacionales tienen que entender que están obligadas a respetar, cumplir y acatar las Leyes del Perú y las decisiones de sus autoridades gubernamentales de Aeronáutica Civil.
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