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domingo, 24 mayo, 2026
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Pasaportes
ActualidadPortada

Pasaportes sin sellado, puerta abierta al crimen

Por Editor 14 de abril de 2025

Herbert Mujica Rojas

El sellado de pasaportes en el control migratorio de Perú se eliminó el 29 de mayo de 2023. Esta medida se aplicó en todos los aeropuertos del país. Entonces ya ejercía el cargo de Superintendente Nacional de Migraciones, el controvertido funcionario Armando García Chunga.

¿Qué argumentó Migraciones en favor de su medida, la eliminación del sellado?:

-Para agilizar el proceso de control migratorio
-Para mejorar la experiencia de viaje de los pasajeros
-Para optimizar el creciente flujo de pasajeros en los terminales aéreos

Los pasaportes fabricados por el actual y monopólico proveedor de Migraciones, IN Groups Imprenta Nacional de Francia, desde fines del 2015, contienen una lámina holográfica, la que es fácilmente retirada por manos expertas y falsificada en sus contenidos para usos ilícitos.

En el mundo contemporáneo de la confección de pasaportes se usa la lámina de policarbonato en lugar de la holográfica por su imposible falsificación.

Como aquí la Imprenta Nacional de Francia es proveedora incuestionable y no trabaja con el policarbonato, entonces se continúa con el uso de la lámina holográfica, facilitando el trabajo de los delincuentes.

Dicho sea de paso, el Superintendente Nacional de Migraciones, Armando García Chunga es un funcionario que tiene tras de sí numerosas investigaciones administrativas y judiciales, no obstante de lo cual, sigue en su puesto. Imposible olvidar que tiene amistades muy poderosas hoy, desde cuando trabajaba en la Reniec.

Pistas delictivas

Más aún, sendos reportajes televisivos, de meses recientes, han dado detallada cuenta de organizaciones que venden, comercializan pasaportes y este proceso delictivo comienza con la falsificación de la lámina holográfica, lo cual permite que hampones multinacionales se paseen con impecables documentos “legítimos”.

En buen castellano, la comodidad fabricante del proveedor IN Groups de Francia, facilita que las pandillas transnacionales modifiquen, adulteren, negocien y hagan lo que les dé la gana en la industria de pasaportes falsificados.

Algunas medidas contra este flagelo:

  1. Modernizar el tipo de pasaporte:

-Migraciones debe escalar de inmediato al pasaporte de policarbonato, el cual es usado por muchos países que exigen altos estándares de seguridad.
-Este tipo de pasaporte tiene una página de datos sólida, imposible de despegar sin dañarla, y resiste mejor la manipulación.
-Si el proveedor actual no cuenta con esta tecnología, debe abrirse una nueva licitación internacional que garantice la transición tecnológica.

  1. Reinstaurar el sello migratorio como mecanismo de control:
    -Volver a sellar los pasaportes tanto al ingreso como a la salida del país, con tinta o elementos digitales que sean validados antes del embarque.
    -Este sello debe ser obligatorio para abordar vuelos internacionales, y el personal de aerolíneas debe verificarlo.
  2. Cruce obligatorio de datos en puntos clave:

-Establecer un sistema de cruce de información en tiempo real entre Migraciones y aerolíneas, donde se valide electrónicamente que la persona que sube al avión es la misma que pasó por el control migratorio.
-Usar tecnología biométrica (huella, reconocimiento facial) para fortalecer este punto.

  1. Supervisión y auditoría independiente:

-Formar una comisión investigadora independiente para auditar por qué se eligió un proveedor sin capacidad tecnológica adecuada, y si hubo intereses ocultos en la toma de decisiones.
-Incluir representantes de la Defensoría del Pueblo, del Congreso, Poder Judicial y organismos internacionales de seguridad.

  1. Campaña pública de educación y alerta:

-Informar a la población de los riesgos de falsificación, y abrir canales de denuncia anónima si se detectan irregularidades.
-Involucrar también a las embajadas y consulados en el exterior en el control de identidad y verificación de pasaportes emitidos.

  1. Cooperación internacional:

-Establecer convenios con Interpol, OACI y países vecinos para crear alertas tempranas de uso de pasaportes falsos o suplantaciones.
-Entrenar al personal de Migraciones y Policía en detección avanzada de documentos fraudulentos.

Este no es un problema técnico solamente. Es un problema político y de voluntad. Si se deja pasar, Perú corre el riesgo de convertirse en un punto vulnerable para redes de trata, narcotráfico y fuga de prófugos.

14.04.4025

hcmujica@gmail.com

 

Archivo adjunto

2025-04-14-Diario-UNO.pdf

14 de abril de 2025 1 comentario
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2 en moto
Actualidad

Prohiben circulación  de dos personas en una moto 

Por Editor 14 de abril de 2025

El Ejecutivo ha dispuesto prohibir que dos personas viajen en una moto lineal, norma aprobada tras años de debate en el Congreso sin llegar nunca a aprobarse por parte del Legislativo.

Dicha prohibición se ha establecido con  Decreto Supremo 046-2025-PCM, publicado el domingo 13 de abril de 2025 en una edición extraordinaria de El Peruano, establece medidas restrictivas para motocicletas y vehículos menores en Lima Metropolitana y el Callao.

Además, el Ejecutivo ha prorrogado l estado de emergencia por 30 días, a partir del 17 de abril de 2025.

Texto del decreto:

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao

DECRETO SUPREMO

N° 046-2025-PCM

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, el artículo 137 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales, se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los numerales 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el numeral 24, apartado f) del mismo artículo; disponiendo que en ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie; asimismo, establece que el plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días y que su prórroga requiere nuevo decreto, así como que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República;

Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú dispone que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como, prevenir, investigar y combatir la delincuencia;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que este ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y, ejerce competencia compartida, en materia de seguridad ciudadana;

Que, conforme al artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú ejerce competencia funcional y exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y competencia compartida en materia de seguridad ciudadana. En el marco de las mismas, presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes, la seguridad del patrimonio público y privado; previene, investiga y combate la delincuencia común y organizada y el crimen organizado; vigila y controla las fronteras;

Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2025-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de marzo de 2025, se declara por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao; disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas;

Que, con el Oficio N° 281-2025-CG PNP/SEC, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú recomienda que se prorrogue, por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, sustentando dicho pedido en el Informe N° 087-2025 COMOPPOL-PNP/DIRNOS-SEC-UNIPLEDU (Reservado) de la Unidad de Planeamiento y Educación de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad, el Informe N° 069-2025-REGION POLICIAL/UNIPLEDU-OFIPLO (Reservado) de la Región Policial Lima y el Informe N° 029-2025-DIRNOS-REGPOL-CALL/SEC-UNIPLEDU-OFIPLOPE de la Región Policial Callao, a través de los cuales se informa sobre la perturbación al orden interno por el incremento del accionar criminal y la inseguridad ciudadana, derivados del aumento de la comisión de delitos de homicidio, sicariato, extorsión, robos, entre otros, en las circunscripciones antes mencionadas. Asimismo, se informa sobre el alto índice de homicidios (sicariato) y robos cometidos mediante el uso de vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, así como la presencia de organizaciones y bandas criminales que operan a través del uso de dichos vehículos, sustentando la necesidad de establecer una medida excepcional y temporal vinculada con una restricción para la circulación de vehículos menores de las citadas categorías vehiculares; adjuntándose para dicho efecto, el Dictamen N° 1801-2025-SECEJE PNP/DIRASJUR-DIVDJPN de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, que justifica la tramitación de la propuesta normativa pertinente;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, se regula el uso de la fuerza en el ejercicio de la función policial, los niveles del uso de la fuerza y las circunstancias y reglas de conducta en el uso de la fuerza;

Que, por Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, se establece el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional; en cuyo Título II se establecen las normas del uso de la fuerza en otras situaciones de violencia, en zonas declaradas en Estado de Emergencia con el control del orden interno a cargo de la Policía Nacional del Perú, disponiendo en el artículo 15, que habiéndose declarado el Estado de Emergencia, las Fuerzas Armadas realizan acciones militares en apoyo a la Policía Nacional para el control del orden interno, pudiendo hacer uso de la fuerza ante otras situaciones de violencia, de conformidad con los artículos 16 y 18 del referido Decreto Legislativo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2023-MIMP se aprueba el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, que establece las disposiciones para la articulación y coordinación entre los servicios que prestan las entidades competentes del Estado en contextos de situaciones de intervención, detención y retención a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad a nivel policial;

De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del artículo 118 y el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; y los literales b) y d) del numeral 2) del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Artículo 1.- Prórroga de Estado de Emergencia

Prorrogar por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 17 de abril de 2025, el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera dicho apoyo.

Artículo 2.- Restricción o suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales

Durante la prórroga del Estado de Emergencia a que se refiere el artículo precedente y en las circunscripciones señaladas, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Artículo 3.- De la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Título II del Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente; así como, en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2023-MIMP.

Artículo 4.- Restricción para la circulación de vehículos menores

Durante la vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 035-2025-PCM en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, y la prórroga dispuesta por el presente Decreto Supremo se restringe el acceso a las vías a los vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, los cuales solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante.

Los conductores de dichos vehículos no deben usar elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad del rostro del conductor.

La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, ejercen las acciones de control verificando el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en caso se adviertan indicios de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las dependencias policiales para realizar las investigaciones que correspondan conforme al marco normativo administrativo y penal correspondiente.

Se exceptúa del cumplimiento de la restricción y las obligaciones dispuestas en el primer y segundo párrafo del presente artículo al personal de la Policía Nacional de Perú, de las Fuerzas Armadas, del serenazgo municipal y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en ejercicio de sus funciones.

Artículo 5.- Articulación con entidades públicas

El Ministerio del Interior articula y gestiona, a favor de la Policía Nacional del Perú, las medidas que sean requeridas por el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), el Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos locales de la circunscripción departamental para que, en el marco de sus respectivas competencias, coadyuven para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Asimismo, el Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos locales de la circunscripción departamental brindan las facilidades a la Policía Nacional del Perú, para acceder y usar sus Centrales de Monitoreo y Vigilancia, con el objeto de que puedan contar con la tecnología necesaria para el desarrollo de sus funciones.

Artículo 6.- Presentación de informe

Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia prorrogado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, la Policía Nacional del Perú debe presentar al Titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante la declaratoria del régimen de excepción y los resultados obtenidos.

Artículo 7.- Financiamiento

La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 8.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

JULIO DIAZ ZULUETA

Ministro del Interior

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

RAUL PEREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Consumidor

Ciberdelincuentes aprovechan la incertidumbre económica para lanzar estafas, alerta Kaspersky

Por Editor 14 de abril de 2025

De acuerdo con Fabio Assolini, director del Equipo Global de Investigación y Análisis (GReAT) para América Latina en Kaspersky, durante periodos de incertidumbre económica —ya sea provocada por aranceles, eventos geopolíticos u otras disrupciones del mercado—, el riesgo de fraude suele aumentar, como es común en cualquier entorno financiero volátil. Los actores maliciosos pueden buscar maneras de aprovecharse de la situación en diversas áreas clave.

En primer lugar, es probable que aumente el fraude en las compras en línea, ya que los estafadores se aprovechan de la mayor demanda de productos que se espera se encarezcan. Pueden crear sitios web falsos muy convincentes o enviar correos electrónicos fraudulentos promocionando supuestos “descuentos antes del arancel”. Los consumidores que buscan asegurar precios bajos podrían, sin saberlo, proporcionar información financiera a operadores fraudulentos, lo que puede derivar en pérdidas económicas o robo de identidad.

En segundo lugar, las interrupciones en la cadena de suministro pueden obligar a empresas y consumidores a buscar proveedores alternativos rápidamente, muchas veces sin aplicar procesos rigurosos de verificación. Esto crea oportunidades para que productos falsificados ingresen al mercado, incluyendo casos en los que los ciberdelincuentes incorporan malware en dispositivos falsos. Esta preocupación fue destacada recientemente por el descubrimiento de Kaspersky de una variante avanzada del troyano Triada, preinstalado en teléfonos inteligentes Android falsificados y vendidos por distribuidores no autorizados. Al operar a nivel de firmware, este malware otorga a los atacantes control total del dispositivo, permitiéndoles robar criptomonedas, secuestrar cuentas de redes sociales y redirigir llamadas sin autorización, lo que subraya los graves riesgos que representan las cadenas de suministro comprometidas.

En tercer lugar, la volatilidad del mercado abre la puerta a estafas de inversión. Los estafadores pueden hacerse pasar por instituciones financieras legítimas, prometer altos rendimientos “garantizados” basados en supuesta información privilegiada relacionada con aranceles, o lanzar campañas de phishing y sitios web falsos para robar información confidencial. Por ejemplo, una publicación no verificada en redes sociales sobre una posible suspensión de aranceles provocó recientemente un aumento temporal de varios billones de dólares en el mercado antes de ser desmentida, lo que demuestra la rapidez con la que la desinformación puede propagarse y alimentar posibles esquemas de manipulación bursátil. Otro tema asociado a temas financieros es que, en contextos de incertidumbre, las criptomonedas como Bitcoin suelen experimentar fuertes alzas, y  como consecuencia, las estafas relacionadas con ellas tienden a aumentar.

Para mitigar estos riesgos, los consumidores deben verificar la legitimidad de los vendedores antes de realizar compras, utilizar métodos de pago que ofrezcan protección contra fraudes y mantenerse alerta ante ofertas que parezcan demasiado buenas para ser verdad. Los inversionistas, por su parte, deben realizar una debida diligencia exhaustiva, recurrir a fuentes de información confiables y desconfiar de ofertas no solicitadas que prometen rendimientos excesivos. A medida que el panorama económico sigue cambiando, será esencial mantener un alto nivel de vigilancia. Comprender estas amenazas puede ayudar tanto a consumidores como a inversionistas a mantenerse mejor protegidos.

Para reducir aún más la exposición a fraudes y sitios web maliciosos, se recomienda utilizar soluciones de ciberseguridad confiables como Kaspersky Premium. Además de detectar intentos de phishing y bloquear descargas sospechosas, esta herramienta ofrece protección en tiempo real para compras en línea y transacciones financieras, ayudando a los usuarios a identificar sitios web falsificados antes de ingresar información sensible. Al combinar herramientas de seguridad proactivas con un enfoque informado y precavido, consumidores e inversionistas pueden navegar con mayor confianza en periodos de volatilidad económica y mantenerse resilientes frente a amenazas emergentes.

 

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ActualidadPortada

Fallece Mario Vargas Llosa a los 89 años en Lima

Por Editor 14 de abril de 2025

El escritor Mario Vargas Llosa falleció a los 89 años de edad en Lima, según informó su hijo Álvaro Vargas Llosa en un comunicado difundido en redes sociales.

Sobre el óbito, acacido este domingo 13 de abril, su hijo escribió: “Su partida entristecerá a sus parientes, a sus amigos y a sus lectores alrededor del mundo, pero esperamos que encuentren consuelo, como nosotros, en el hecho de que gozó de una vida larga, múltiple y fructífera.

El velatorio y entierro se realizarán de forma privada. “Procederemos en las próximas horas y días de acuerdo con sus instrucciones. No tendrá lugar ninguna ceremonia pública. Nuestra madre, nuestros hijos y nosotros mismos confiamos en tener el espacio y la privacidad para despedirlo en familia y en compañía de amigos cercanos”, indicó Álvaro Vargas Llosa.

En cuanto a la forma del entierro, precisó que los restos serán incinerados, como su padre los había preferido. “Sus restos, como era su voluntad, serán incinerados”, dice el comunicado.

El escritor nació en Arequipa el 28 de marzo de 1936. Escribió diversos libros para la literatura latinoamericana, como La ciudad y los perros, Conversación en La Catedral, ‘La Guerra del Fin del Mundo, La casa verde, La fiesta del Chivo.

Le otorgaron el Premio Nobel de Literatura en el año 2010 por su “cartografía de las estructuras del poder y aceradas imágenes de la resistencia, la rebelión y la derrota del individuo”.

Otra distinción importante recibió de la Academia de la Lengua de Francia, a la que ingresó, siendo el primer autor latinoamericano en ser admitido en febrero de 2023.

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MundoPortada

Ecuador: González rechaza resultados del balotaje y denuncia fraude

Por Editor 14 de abril de 2025

Al 90% de actas procesadas, el actual presidente de Ecuador Daniel Noboa obtiene el 55,87 % de los votos, mientras que la candidata izquierdista Luisa González recibe el 44,13 %, según los resultados oficiales del Consejo Nacional Electoral de Ecuador (CNE), cifras rechazadas por González, quien denuncia fraude.

En medio del recuento, González dijo que no reconoce los resultados del balotaje. “Está haciendo fraude, el más grotesco fraude y lo denuncio públicamente”, advirtió.

Ante las denuncias de Gonzáles, el mandatario ecuatoriano dijo que es “penoso” que su rival electoral Luisa González no reconozca los resultados del balotaje. “Me parece penoso que con 11 o 12 puntos de diferencia trate de alguna forma cuestionar la voluntad de los ecuatorianos”, sañaló.

En tanto, presidentes de diversos países de América Latina felicitaron a Noboa por los resultados, como los de Costa Rica, Perú, Argentina, Paraguay, Guatemala.

Noboa difundió un mensaje a su país agradeciendo por participar en las elecciones. “En esta campaña quiero agradecer a todos los que fueron parte de esta fuerte campaña llena de conflictos y peleas, que siempre buscaba justicia para todos los ecuatorianos”, manifestó.

Noboa Azín se presentó a estas elecciones con María José Pinto para la vicepresidencia.

Al denunciar el fraude, González mencionó que hubo “abuso de poder” y se refirió a unas denuncias que ya habían hecho algunas organizaciones política la mañana del domingo sobre acciones del CNE y del Gobierno de Noboa que “desestabilizan la democracia y estas elecciones”, consumando el fraude.

Tras su denuncia, González aseguró que pedirán a las autoridades electorales del país suramericano “el reconteo y que se abran las urnas”.

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Miscelánea

Anillo vial: El éxito de un proyecto de infraestructura empieza por la adecuada elección del patrocinador

Por Editor 13 de abril de 2025

Anillo vial: El éxito de un proyecto de infraestructura empieza por la adecuada elección del patrocinador

 PPP Américas, evento organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el más relevante de la región en materia de Asociaciones Público-Privadas (APP), reunió a líderes del sector infraestructura y finanzas para debatir sobre los desafíos, oportunidades y sinergias entre el sector privado e instituciones de desarrollo en América Latina y el Caribe. En ese marco, Sociedad Concesionaria Anillo Vial participó compartiendo su experiencia en gestión de grandes proyectos de inversión extranjera en el Perú.

Jaime Lamela, director de la Sociedad Concesionaria Anillo Vial, subrayó la importancia estratégica de contar con un sponsor adecuado para asegurar el éxito de megaproyectos como el Anillo Vial. “En nuestro caso, los tres accionistas (Ferrovial, Sacyr y Acciona), empresas multinacionales con probada experiencia, cuentan con divisiones de construcción que aportan una ventaja competitiva única para gestionar eficientemente el riesgo de construcción”, afirmó.

El alto ejecutivo destacó, además, que la capacidad de resolver conflictos entre concesionaria y constructora sin afectar los plazos ni los derechos de los inversionistas es un factor clave para generar confianza en las instituciones financieras, y un aspecto que debería ser valorado por las administraciones públicas al momento de adjudicar proyectos.

“Si bien no se puede garantizar siempre la ejecución oportuna, existen patrones de comportamiento comunes en los proyectos exitosos: apertura al diálogo, comprensión del impacto del tiempo desde el sector público y una conciencia compartida del costo de oportunidad de los retrasos”, añadió.

 Es importante mencionar que, más allá del cambio de gestores, muchas veces se requieren reformas estructurales, ya que la rigidez administrativa limita la correcta asignación de recursos y la eficiencia en la ejecución de tareas clave.

Finalmente, Lamela puso en valor el impacto social positivo que genera el Anillo Vial, especialmente en zonas vulnerables, así como los beneficios ambientales del futuro Parque Lineal, que brindará espacios verdes cuidados y seguros para el disfrute de los ciudadanos.

 

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Nuestro Idioma

“emana agua”

Por Editor 13 de abril de 2025

En el diario español El Mundo del 9 de abril de este año, con el título “El destino perfecto a menos de 1 hora de Barcelona para desconectar en Pascua: balnearios naturales y un rico patrimonio histórico”, se lee:

Caldes de Montbui es un pintoresco municipio famoso por sus fuentes de agua termal que brotan a altas temperaturas. La más emblemática, la Font del Lleó, emana agua a 74 grados centígrados y es una de las más calientes de Europa. Este entorno termal convierte a Caldes en un lugar perfecto para desconectar y revitalizarse durante las vacaciones de Pascua en Cataluña.

Comentario

1)  Las emanaciones son de gases, no de líquidos como el agua.

2) Falta el pronombre se en “desconectar y revitalizarse”.

3) Es preferible no emplear el tiempo para referirse a distancias usando frases como “a una hora de”, “a cinco minutos de”, etc. Esos usos no son adecuados en un lenguaje moderno, ¿será a una hora a pie, en bicleta, en auto?, y si es en auto, ¿a qué velocidad? Aunque en este artículo después hablan que se trata de 30 km, es mejor siempre referirse a las distancias en medidas de longitud.

Podemos decir:

El destino perfecto a 30 km de Barcelona para desconectar en Pascua: balnearios naturales y un rico patrimonio histórico

Caldes de Montbui es un pintoresco municipio famoso por sus fuentes de agua termal que brotan a altas temperaturas. La más emblemática, la Font del Lleó, mana agua a 74 grados centígrados y es una de las más calientes de Europa. Este entorno termal convierte a Caldes en un lugar perfecto para desconectarse y revitalizarse durante las vacaciones de Pascua en Cataluña.

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Ciencia y Salud

Relacionan consumo de agua tratada potable fluorada con a un aumento de 500% de riesgo de autismo

Por Editor 13 de abril de 2025

Reduciendo las caries con flúor pero dañando el cerebro

 

Un estudio realizado en el Instituto de Enfermedades Crónicas Inc., una organización sin fines de lucro de investigación médica en Maryland, indica que los niños que viven en hogares con agua tratada con flúor parecen tener un riesgo mucho mayor de autismo.

Los investigadores descubrieron un asombroso aumento de seis veces en los diagnósticos de trastorno del espectro autista (TEA) entre los niños que crecieron con exposición completa al flúor, en comparación con aquellos que no consumieron agua tratada con esa sustancia.

Los investigadores analicaron las historias médicas de 1990 a 2012, estudiando a más de 73,000 niños en Florida durante sus primeros 10 años de vida. Los resultados revelaron un sorprendente aumento del 526% en el riesgo de TEA entre los niños con acceso completo a agua fluorada, en comparación con los que no la tenían.

También se descubrió un aumento del riesgo de discapacidades intelectuales (102%) y retrasos en el desarrollo (24%) en los condados de Florida que reciben flúor en el agua potable.

El Secretario de Salud de EE. UU., Robert F. Kennedy Jr., ha criticado la política nacional sobre el flúor y reveló esta semana que planea solicitar oficialmente a los CDC que dejen de recomendar la adición de flúor a los sistemas de agua de todo el país.

El flúor se añadió al agua pública en los EE. UU. desde la década de 1940. Ha sido aclamado como uno de los mayores logros médicos del siglo XX, ya que redujo drásticamente las tasas de caries, especialmente en niños. Actualmente unos dos tercios de la población total de EE. UU. consume agua fluorada.

El mineral presente en la tierra, las rocas y el agua aumenta la resistencia de los dientes a los ácidos, previene la erosión bacteriana y reemplaza los minerales del esmalte dental que pueden perderse con el tiempo.

Una revisión gubernamental realizada el año pasado reveló que beber agua con niveles más altos de flúor se asociaba con una disminución del coeficiente intelectual de hasta cinco puntos, pero ese estudio no estableció ninguna relación con el autismo.

La nueva investigación, publicada en BMC Pediatrics, analizó cómo el flúor presente en el agua potable afecta el desarrollo dental y cerebral de los niños.

El Dr. Mark Geier, investigador de los Institutos Nacionales de Salud durante 10 años, se centró en 73.254 niños a los que se les hizo seguimiento desde su nacimiento hasta los 10 años.

Estos niños vivían en uno de los 67 condados de Florida durante el estudio y consultaron con un médico al menos 10 veces. Se verificó qué condados incorporaban flúor al agua y qué proporción de la población la consumía anualmente.

Separaron a dos grupos distintos de niños dentro del estudio: aquellos que siempre bebían agua fluorada (25.662) y aquellos que nunca lo hacían (2.509). Entre los niños que nunca vivieron en zonas con agua fluorada, solo se diagnosticaron cinco casos de autismo.

Entre aquellos con “exposición total” al flúor, es decir, que vivieron en zonas donde más del 95% de los residentes habían consumido agua fluorada durante esos 10 años, 320 niños presentaron autismo.

Si bien el grupo que siempre bebió agua fluorada vio reducido su riesgo de caries en más de un 70 %, los Geier también descubrieron la inquietante conexión con el TEA y otras discapacidades.

Además de un riesgo mucho mayor de autismo, el equipo detectó un preocupante aumento del riesgo de discapacidades intelectuales (102 %) y retrasos en el desarrollo (24 %) entre los niños con acceso completo al flúor en el agua durante la infancia.

El nuevo estudio publicado en BMC Pediatrics no atribuye directamente la adición de flúor al aumento de las probabilidades de ser diagnosticado con autismo, pero los resultados muestran una clara correlación entre las cifras.

El trastorno del espectro autista es una afección que afecta la forma en que una persona se comunica, interactúa y experimenta el mundo, y suele manifestarse en la primera infancia. Los síntomas pueden variar ampliamente en tipo y gravedad.

Los signos incluyen dificultad para interactuar socialmente con otros, dificultades con el habla y el desarrollo de diversas sensibilidades sensoriales, como sentirse abrumado por ruidos fuertes o texturas.

Según los CDC, aproximadamente uno de cada 36 niños recibió un diagnóstico de trastorno del espectro autista en 2020.

Esa tasa ha aumentado a un ritmo alarmante en los últimos 25 años, según las autoridades sanitarias. En el año 2000, los CDC afirmaron que solo uno de cada 150 niños estadounidenses recibió un diagnóstico de autismo, y solo uno de cada 68 recibió un diagnóstico de TEA en 2010.

Las cifras de losEstados Unidos son mucho má altas que en otros países: el Reino Unido (1 de cada 100 niños), Suecia (1 de cada 110), Alemania (1 de cada 139), Francia (1 de cada 144), Canadá (1 de cada 66) y Australia (1 de cada 70) presentan tasas mucho más bajas.

La mayoría de los países europeos no añaden flúor a su agua potable. Alemania incluso ha prohibido esta práctica.

Ciertas marcas de pasta dental añaden flúor promocionando con ello una acción anticaries, no obstante, no indican cuánto flúor incorporan. Tras este estudio, es posible que los porcentajes autorizados a los fabricantes de dentífricos, considerados como inocuos, es posible que no lo sean. Hay que tener en cuenta que en la boca la capacidad de absorción de sustancias en el área sublingual es alta debido a la delgada membrana y la abundante irrigación de vasos sanguíneos.

El flúor presente en el agua del grifo es, en realidad, un subproducto de la industria de fertilizantes fosfatados. Se llama ácido hidrofluorosilícico antes de diluirse y añadirse al agua potable.

En enero, un análisis de 74 estudios reveló que una mayor exposición al flúor se relacionaba sistemáticamente con puntuaciones más bajas de coeficiente intelectual (CI) en niños. El informe de JAMA Pediatrics reveló que por cada aumento de 1 mg/L en la cantidad de flúor en la orina de un niño, sufría una disminución de 1,63 puntos en su CI.

El estudio también detectó problemas cognitivos en niños con niveles inferiores a 2 mg/L, lo que aumenta aún más la preocupación sobre las directrices sanitarias actuales en EE. UU. para el flúor.

 

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Economía

Buscan posicionar oferta peruana en Paraguay

Por Editor 13 de abril de 2025

Los envíos no tradicionales de Perú a Paraguay sumaron US$ 15 millones 326 mil en el 2024, lo que representó un incremento de 10.7% respecto al 2023 (US$ 13 millones 851 mil). Con el objetivo de posicionar la oferta en ese país, la Asociación de Exportadores (ADEX) y la Embajada del Perú en Paraguay organizaron una Misión Comercial en la ciudad de Asunción.

Del 8 al 10 de abril, empresas exportadoras peruanas presentaron una variada oferta de los sectores alimentos –especialmente granos andinos, cereales, especias, postres instantáneos, frutas y legumbres, productos hidrobiológicos congelados (como las vieiras)–; bebidas como cervezas, mixers, vinos y pisco; salud y nutrición animal; y confecciones como prendas de algodón, incluyendo t-shirts, camisetas y poleras.

Es importante notar que los productos del sector confecciones despertaron un notable interés entre los compradores, al igual que los veterinarios orientados a la ganadería, avicultura y porcicultura, debido a que Paraguay destaca por su industria pecuaria, contando con alrededor de 14 millones de cabezas de ganado.

En la rueda de negocios participaron las empresas peruanas Nomotex, Viña Los Reyes, Candelaria Brands, Peusac (Universal), R & L Andean, Itaben Expoperú, Agrícola del Sur Pisco, Acuacultura y Pesca, FST Group y Montana.

Por el lado paraguayo, estuvieron presentes importadores, distribuidores, representantes de supermercados, mayoristas y minoristas que atienden diversos canales como retail, Horeca, tiendas gourmet y naturales, multitiendas, veterinarias, entre otros.

El director de la ADEX, Doryan Zea Valenzuela, resaltó la estabilidad política y económica de la nación guaraní. “Estamos aquí para construir grandes alianzas comerciales. Es una oportunidad de crecer juntos y abrir nuevos caminos en el mercado regional”, sostuvo.

Añadió que en este contexto cobra mayor relevancia seguir promoviendo espacios de vinculación empresarial, permitiendo generar contactos, identificar nuevas demandas y posicionar la calidad de la oferta exportable peruana en mercados con alto potencial como el paraguayo.

Detalle

De acuerdo con el Sistema de Inteligencia Comercial ADEX Data Trade, la balanza comercial entre ambos países en el 2024 fue negativa para Perú en -US$ 296 millones 646 mil, pues mientras los envíos ascendieron a US$ 15 millones, las importaciones rondaron los US$ 312 millones.

El año pasado, los sectores exportadores con mayor participación en Paraguay fueron el químico con US$ 4 millones 597 mil, varios con US$ 3 millones y confecciones con US$ 2 millones 743 mil.

Destacaron el fosfato dicálcico (US$ 1 millón), rotuladores y marcadores (US$ 1 millón), t-shirts de algodón (US$ 844 mil), prendas teñidas (US$ 790 mil) y tejidos de punto de algodón (US$ 659 mil). Completaron el top ten los libros y folletos, galletas dulces, tapas corona de metal, t-shirts de algodón teñidos y preparaciones antioxidantes.

En las importaciones resaltaron las tortas y residuos de la extracción de aceite de soya, aceite de soya en bruto y habas de soya que reunieron el 86.6% del total. Otros fueron medicamentos para uso humano, arroz, gelatinas, papel y cartón, semillas y frutos oleaginosos, entre otros.

Datos

-Según datos de su último censo, Paraguay tiene una población que supera los 6 millones y una superficie de 406 mil 752 km². En el 2023, su PBI per cápita alcanzó US$ 6 mil 276.

-La Misión Comercial y la ‘Rueda de Negocios Perú – Paraguay’ contó con el apoyo de la Embajada de Perú en Paraguay liderada por la diplomática María Antonia Masana García; así como del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú y la Cámara de Comercio Paraguayo Peruana.

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ActualidadPortada

JNE: 43 partidos políticos inscritos en el ROP para elecciones generales al cumplirse fecha límite

Por Editor 13 de abril de 2025

Un total de 43 partidos políticos se encuentran inscritos ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), al cumplirse la fecha límite (12 de abril de 2025) para que logren esa condición con miras a las Elecciones Generales 2026 (EG 2026).

A los 41 que se encontraban registrados hasta el pasado jueves 10, se sumaron las agrupaciones Un Camino Diferente e Integridad Democrática.

En la mañana de ayer, en audiencia pública, el Pleno del JNE atendió tres expedientes de apelación presentados a poco de vencerse el plazo para que los partidos políticos puedan lograr su inscripción.

Los expedientes correspondieron a apelaciones formuladas ante el pronunciamiento de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) que señaló que no era posible atender la inscripción provisional solicitada por los partidos en vías de inscripción Resurgimiento Unido Nacional – RUNA, UP Unidad Popular y Adelante Pueblo Unido.

Luego de la audiencia, en la que se escucharon los alegatos de los apelantes, los integrantes del Pleno del JNE realizaron una sesión reservada para dilucidar y pronunciarse por cada uno de los expedientes.

Posteriormente, se publicó el sentido de la votación y las resoluciones N.° 159-2025-JNE, N.°160-2025-JNE y N.° 161-2025-JNE, en las cuales se declara infundadas las apelaciones de las citadas agrupaciones políticas, ratificando así el Pleno de la entidad electoral su línea jurisprudencial de que el artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones, que contempla la inscripción provisional de una organización política, está derogado tácitamente.

En aras de la transparencia, todas las audiencias públicas son difundidas en vivo por el canal institucional JNETV y por las cuentas del JNE en redes sociales (Facebook y Youtube).

El Pleno del JNE, presidido por Roberto Burneo Bermejo, se declaró en sesión permanente a través de la Resolución N.°125-2025-JNE, publicada el 21 de marzo último, con el propósito de garantizar la atención célere y oportuna de los expedientes que se tramitarán por los procesos electorales convocados para este y el próximo año.

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