Confirma analista internacional Miguel Rodríguez Mackay. El país vecino tiene que tramitar pedido de refugio sin considerar si ingresó a ese país de manera legal o ilegal, advierte.
El analista internacional Miguel Ángel Rodríguez Mackay dijo al diario UNO que el empresario Martín Belaúnde Lossio quedará en la calidad jurídica de extranjero solicitante de refugio, protegido por el Estado boliviano hasta que se resuelva su solicitud, en un plazo de 120 días. Asegura que si el pedido de refugio fuera rechazado, no será devuelto al Perú pues tiene la opción de elegir otro país para pedir o solicitar protección.
—¿Cómo funciona el refugio político en Bolivia?
—El refugio en el Estado boliviano primero es una prerrogativa no oponible, es decir tienen que resolver el pedido del solicitante que por un temor manifiesto deja su país y cruza la frontera. Para ello no importa si dejó su país de manera legal o ilegal, porque su condición de desplazamiento es sobre el temor del valor de su vida o de persecución por su credo, raza, nacionalidad, pertenencia a un grupo social o su opinión política. Una vez que hace la petición para el otorgamiento de la calidad de refugiado, se tiene que resolver mediante una entrevista.
—¿Qué pasa si es aceptado como refugiado por el Estado boliviano?
—Si el Estado boliviano, a la luz de la entrevista de dos, tres horas o más, establece que existen categorías de persecución y desplazamiento como represalia por su opinión u otra causal y su vida está en grave situación, entonces le concede la calidad de refugiado y esa calidad de refugiado no es oponible, pues nada ni nadie y ningún país, ni siquiera el país que lo busca puede efectuar una denuncia internacional contra el Estado que le concede porque es una prerrogativa del país que lo refugia.
—¿Cuánto tiempo podría permanecer en Bolivia en calidad de refugiado?
—El tiempo de permanencia como calidad de refugiado es determinado por el propio Estado y normalmente es un plazo indefinido y el que recibe el beneficio de refugio goza de los mismos derechos de un extranjero en el Estado boliviano, como la adquisición de bienes y acceso a servicios, educación y habitación, etc.
—¿Si el Estado boliviano le deniega el refugio, cuáles serán las consecuencias?
—Si el refugio es denegado, el solicitante, al carecer de prohibición, se vuelve vulnerable y por lo tanto puede recurrir a un tercer Estado para solicitar esa calidad de refugio, porque en ningún caso la denegación de refugio supone la devolución al territorio del país que lo busca.
—¿Por qué Bolivia no puede devolver a Belaúnde Lossio al Perú si le niegan el refugio?
—Porque existe el principio (internacional) de no devolución, el cual garantiza que en ningún caso pueda ser devuelto al Estado peruano.
—¿En qué casos el refugio político podría ser denegado por Bolivia?
—En ningún caso el refugio procede cuando hay de por medio la imputación objetiva de delito que se le haya señalado al perseguido. Si el solicitante tiene denuncias penales no puede ser beneficiado con el refugio y eso ya lo aclaró el canciller boliviano Choquehuanca. Hay que evitar especulaciones y esperar que Bolivia revise el expediente.
—¿Mientras tanto cuál será el papel del Estado peruano frente a esta solicitud de refugio?
—El Estado peruano tiene que proporcionar toda la información de forma y de fondo para que Bolivia cuente con los elementos de juicio completos y sólidos para que pueda considerar o no el otorgamiento facultativo y prerrogativo de darle o no el refugio.
—¿El gobierno peruano debe probar el supuesto delito por lo cual es buscado por la justicia?
—Tiene que contar con todas las pruebas porque en el refugio todo lo que se superpone a la calidad del refugio es el sentido y la naturaleza humanitaria. Si se comprueba que existen evidencias de carácter político o de opinión política del solicitante, estamos frente a una causalidad justificada para darle refugio.
—¿Qué calidad jurídica tiene en Bolivia Martín Belaúnde Lossio?
—En estos momentos tiene una sola calidad jurídica, que es de extranjero solicitante de refugio y no tiene la calidad jurídica de prófugo ni calidad jurídica de delincuente en Bolivia.
Estado boliviano
—¿Ante el pedido de solicitud de refugio está protegido por el Estado boliviano?
—El Estado boliviano, según los acuerdos internacionales y la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951 el Protocolo de 1967 y la regla y práctica latinoamericana que es muy fuerte en el derecho internacional, está en la obligación de proteger la integridad del solicitante durante todo el tiempo que demande el estudio de la determinación final de la calidad de refugiado o no.
Interpol boliviana
—¿Si es negado el refugio, el Perú podría solicitar la extradición?
—Si el refugio le es negado, el Estado peruano reactivaría el aviso internacional a la Interpol para la búsqueda y detención del perseguido.
Javier Solís
Diario UNO, 04.01.2015