Miguel Ángel Rodríguez Mackay
Ha trascendido que llegaría una protesta chilena ante la modificación de la Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú, que según Santiago colisionaría con el triángulo terrestre que erradamente atribuye como parte de su territorio.
Esta ley (2005) es una norma jurídica de derecho interno, por lo que no afecta en nada a la soberanía chilena, pues solo es relevante dentro del territorio peruano; además, no establece ninguna delimitación.
Lo único que hace es precisar los puntos de base en la orilla del mar, a lo largo del litoral, desde donde se proyecta la soberanía del Perú hacia el límite exterior en las 200 millas conforme la Constitución del Perú y el derecho del mar, y nunca en forma adyacente entre Estados.
Por si acaso, el Hito N.o 1 es el punto de demarcación terrestre fijado conjuntamente por ambos países en 1930, luego de la firma del tratado el año anterior y que no tiene nada que ver con los puntos señalados en la orilla del mar, como es el caso del punto de inicio de la delimitación marítima entre ambos países establecido en su fallo por la Corte Internacional de Justicia en la intersección de la proyección del paralelo que pasa por el referido hito y la bajamar, siempre en la orilla del mar. Dicho punto de intersección ha sido, además, ubicado, por ambos países, de manera exitosa. La idea del proyecto es incorporar el nuevo punto de intersección que no existía y que es una consecuencia del fallo, y que ahora será el último de la costa peruana.
Finalmente, el punto Concordia, que era el último (266) en la ley y dejará de serlo, sigue siendo el punto final de delimitación de la frontera terrestre Perú-Chile.
Correo, Lima 22-06-2014
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