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miércoles, 10 junio, 2026
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ActualidadPortada

Promulgan ley que autoriza retiro de hasta el 100% de la CTS

Por Editor 9 de mayo de 2025

Fue publicada hoy la Ley 32322 que autoriza el retiro “por única vez” de hasta el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2025.

La norma, publicada en el diario El Peruano, modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, estableciendo que, sin límite de tiempo, el trabajador podrá realizar retiros del 50% de su saldo.

También sin fecha límite, el trabajador que acredite enfermedad terminal podrá retirar el 100% de su depósito.

El texto de la ley:

LEY N:º 32322

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, A EFECTOS DE FACULTAR EL RETIRO DE HASTA EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL O DIAGNÓSTICO DE CÁNCER, Y CUBRIR NECESIDADES POR

LA CRISIS ECONÓMICA

Artículo único. Modificación del artículo 42 del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios

Se modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, con el siguiente texto:

“Artículo 42.- El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos.

El trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

TRANSITORIA

ÚNICA. Disponibilidad temporal de los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios

Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Adecuación de Texto Único Ordenado y de norma reglamentaria

El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a treinta días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, adecúa el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 004-97-TR.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil veinticinco.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES

Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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Miscelánea

MTPE publica norma para trabajadores que opten por mantener el Seguro de Vida Ley  DL 688 al término de relación laboral

Por Editor 8 de mayo de 2025

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el Decreto Supremo N.° 003-2025-TR, mediante el cual regula las condiciones para que un trabajador opte por mantener el Seguro Vida Ley creado con DL 688 tras cesar su relación laboral, lo cual beneficiará y a la protección de su familia.

La norma establece que en caso el trabajador decida mantener el seguro de Vida Ley al término de la relación laboral, debe solicitarlo por escrito a la empresa de seguros, pudiendo hacerlo a través de medios físicos o virtuales.

El Decreto Supremo N.° 003-2025-TR precisa que las condiciones del seguro de Vida Ley se ciñen a las disposiciones técnicas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y elimina algunas restricciones para el mantenimiento de dicho seguro, tales como la pérdida de este si se adquiere una nueva póliza de seguro con un nuevo empleador.

Esta norma reglamenta la Ley N.° 31149 que modifica los artículos 9 y 18 del Decreto Legislativo 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.

El MTPE precisa que la emisión de esta norma reitera su compromiso con la protección de los derechos laborales del trabajador, que procuren bienestar material para él y su familia.

El texto de la ley:

Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 003-2011-TR, Aprueban Reglamento de la Ley N.° 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley

decreto supremo

Nº 003-2025-TR

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 7 que toda persona tiene derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;

Que, el Convenio N° 156 de la Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, ratificado por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 24508, indica en el numeral 1 de su artículo 3 que, con miras a crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras, cada Miembro deberá incluir entre los objetivos de su política nacional la permisión de que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales;

Que, el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, regula el derecho del trabajador a un seguro de vida a cargo de su empleador, a partir del inicio de la relación laboral;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2011-TR se dictan normas reglamentarias para la aplicación del Decreto Legislativo N° 688 y la Ley N° 29549, en lo referido al seguro de vida y el Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley;

Que, mediante la Ley N° 31149, Ley que modifica los artículos 9 y 18 del Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, a fin de mantener vigente el seguro de vida ley al cese de la relación laboral a cargo del ex trabajador, se modifican los artículos 9 y 18 del Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales;

Que, mediante la Resolución SBS N° 3299-2022 se aprueba el Reglamento de Aspectos Actuariales sobre el Seguro de Vida Ley, el cual es aplicable a las empresas de seguros autorizadas a operar en los ramos de seguros de vida, que tienen obligaciones derivadas del seguro de vida para trabajadores y ex trabajadores, el cual es un seguro obligatorio establecido en el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31149 establece que el Poder Ejecutivo adecúa el Decreto Supremo N° 003-2011-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, de acuerdo con lo establecido en la referida ley;

Que, teniendo en cuenta el marco normativo anteriormente expuesto, resulta necesario modificar el Decreto Supremo N° 003-2011-TR a fin de adecuarlo a las modificaciones efectuadas por la Ley N° 31149 al Decreto Legislativo N° 688;

Que, en virtud al numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del AIR Ex Ante por encontrarse fuera del alcance del numeral 10.1 del artículo 10 del mismo cuerpo normativo;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 003-2011-TR, Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, adecuándolo a las modificaciones efectuadas al Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, por parte de la Ley N° 31149, Ley que modifica los artículos 9 y 18 del Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, a fin de mantener vigente el Seguro de Vida Ley al cese de la relación laboral a cargo del ex trabajador.

Artículo 2.- Modificación del artículo 3 del Decreto Supremo N° 003-2011-TR

Modificar el artículo 3 del Decreto Supremo N° 003-2011-TR, Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3.- De la vigencia del seguro de vida para el caso de ex trabajadores

En caso el trabajador decida mantener el seguro de vida ley al término de la relación laboral, debe solicitarlo por escrito, a través de medios físicos o virtuales, a la empresa de seguros dentro del plazo establecido en el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 688.

Las condiciones del seguro se sujetan a las disposiciones técnicas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el marco de su competencia.”

Artículo 3.- Publicación

Publicar el presente Decreto Supremo en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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compra ropa
Economía

CCL: pymes esperan facturar  S/ 3 360 millones en la campaña del Día de la Madre

Por Editor 8 de mayo de 2025

El presidente del Gremio de la Pequeña Empresa de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Rodolfo Ojeda, estimó que las ventas de las pequeñas y medianas empresas (pymes) durante la campaña del Día de la Madre podrían alcanzar los S/ 3 360 millones, lo que evidenciaría un crecimiento de alrededor del 5 % respecto a la campaña del año anterior (S/ 3 200 millones).

“Este aumento responde a una recuperación moderada del consumo, el uso más extendido del comercio electrónico y las campañas promocionales que ya están en marcha desde abril”, manifestó.

Sostuvo que, para la mayoría de las pequeñas empresas, la campaña del Día de la Madre representa hasta el 30 % de las ventas trimestrales, sobre todo en rubros como moda, calzado, regalos y gastronomía.

Añadió que, desde marzo, las pymes vienen preparándose para esta campaña con el impulso de ferias, catálogos digitales y campañas por redes sociales. Así también, han realizado alianzas con fintechs para facilitar medios de pago y capital de trabajo en favor de los consumidores.

“De esta manera las pymes podrán ser más competitivas, modernas y accesibles para los clientes. Por ello, en esta campaña, es clave que las pymes estén listas con stock, promociones y canales de venta activos”, destacó.

TICKET PROMEDIO

Para esta campaña, Rodolfo Ojeda estimó que el ticket promedio por persona será entre S/ 150 a S/ 300, monto que se mantiene respecto al año pasado.

Además, los productos con mayor demanda en estas celebraciones serán ropa y calzado (especialmente para uso diario), perfumería y cosmética, electrodomésticos pequeños, regalos personalizados, arreglos florales y mayor preferencia por el delivery de comida.

TRABAJO TEMPORAL

Respecto al empleo temporal, Rodolfo Ojeda espera un incremento del 20 %, lo cual podría representar entre 40 000 y 50 000 puestos adicionales a nivel nacional solo por esta campaña.

Entre los perfiles más buscados figuran vendedores en tiendas físicas y online; personal de reparto y motorizados; operarios de producción (principalmente para el sector confección); y personal de atención al cliente y cajeros.

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Actualidad

EE. UU. pide al Perú alianza contra avance chino

Por Editor 8 de mayo de 2025

Herbert Mujica Rojas

En una reacción, considerada tardía por los especialistas, los norteamericanos toman nota que su influencia en Latinoamérica amenguó y que el despertar de China sí constituye una agresiva arremetida tanto comercial como política. Leamos el reciente reporte:

“En una reunión clave en el Pentágono, el secretario de Defensa de EE. UU., Pete Hegseth, subrayó la importancia de que Estados Unidos y Perú trabajen juntos para contrarrestar las amenazas de China en América Latina. Hegseth, acompañado del canciller peruano, Elmer Schialer, habló sobre cómo las crecientes inversiones de Pekín en la región representan un desafío para la seguridad y estabilidad de los países del hemisferio.

La reunión no solo tocó el tema de la influencia china, sino también otros problemas comunes, como el narcotráfico, el crimen organizado y la migración. Hegseth destacó que, para garantizar un futuro más seguro, ambos países deben estar más unidos en la lucha contra estos problemas globales.

Hegseth dejó claro que, para contrarrestar la influencia de China en América Latina, es fundamental una alianza estratégica con Perú. Según Hegseth, Pekín aumentó su presencia económica en la región a través de inversiones masivas, y esta tendencia podría convertirse en una amenaza para los intereses de Estados Unidos.

Hegseth resaltó que “Estados Unidos y Perú comparten muchos de los mismos desafíos y amenazas comunes que requieren una respuesta muy seria”. La alianza no solo incluiría medidas de seguridad, sino también acciones diplomáticas y económicas que aseguren que América Latina siga siendo un espacio de democracia y desarrollo sostenible, libre de influencias externas que pongan en peligro la estabilidad regional.

Ambos países, según Hegseth, pueden contribuir de manera significativa a la seguridad hemisférica. “Poner a Estados Unidos primero también significa poner a las Américas primero”, expresó, destacando que esta relación permitirá enfrentar los retos globales de manera más efectiva.

“Pekín invierte y opera en la región para obtener beneficios económicos injustos, y juntos, para prevenir conflictos, necesitamos frenar con firmeza las posibles amenazas de China en el hemisferio. Por lo tanto, esperamos colaborar con ustedes en ese sentido”, exclamó el secretario Hegseth.

Durante la reunión con Hegseth, el ministro de Defensa peruano, Walter Astudillo, y el canciller Elmer Schialer destacaron la importancia de fortalecer la cooperación bilateral en defensa y seguridad. Perú y EE. UU. comparten varios desafíos comunes, como el narcotráfico, la migración ilegal y la violencia transnacional, y estos problemas requieren una respuesta coordinada.

En ese sentido, Schialer expresó que “Estados Unidos de América es uno de nuestros amigos muy, muy importantes, un muy buen aliado, también un aliado histórico en muchas cosas”.

¡Impresionante! Como EE. UU. reconoce su falta de interés y se ve amenazada, entonces plantean una “alianza”. El intercambio comercial entre nuestros países no ¡es ni el 1% de las importaciones norteamericanas!

La lastimera sentencia sobre si EE. UU. nos perdonará el 10% de aranceles dicha por el canciller Schialer —van a considerarlo con seriedad— evidencia que otros temas con Perú no han merecido ese trato deferencial y amable con que aspira Perú según el ministro de RR. EE.

No ha mucho que el Departamento de Estado “felicitó a Perú” por ayudar a ubicar para ser deportados de Estados Unidos a peruanos indocumentados. O sea, revelaron las ubicaciones de compatriotas en la nación del norte.

La voz singular de cualquier país no parece garantizar equilibrio y trato justo y ¡mucho menos! cuando se trata de comercio, aspectos militares, narcotráfico y otros temas de seguridad.

Esa constante de sonrisa y sumisión con la potencia del norte ¿es conducta habitual en la Cancillería del Perú? ¿No basta con tener en Washington D.C. a un embajador fanático de los tratados de libre comercio como Alfredo Ferrero? El pronorteamericanismo del tándem Schialer-Ferrero es inolcultable.

¿Se pronuncian los clubes electorales, alias partidos políticos, sobre asuntos tan de importancia? Dejar que los sumisos de Torre Tagle acepten con acatamiento y choque de tacos, todo el paquete de alianzas e integraciones que plantea el Departamento de Estado, sí es un asunto riesgoso. ¡Y claudicante!

Torre Tagle ostenta un nutrido registro de derrotas diplomáticas, la última, hace dos días, fue el fracaso al postular a la excanciller Ana María Sánchez para subsecretaria de la OEA que resultó en sonoro fracaso.

Los que cacareaban que el imperialismo como fenómeno económico y político, había desaparecido ¡se equivocaron! Los testimonios de sus principales protagonistas, Estados Unidos y China, así lo demuestran de manera irrefutable.

07.05.2025

 hcmujica@gmail.com

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MundoPortada

El Papa toma el nombre de León XIV y es estadounidense nacionalizado peruano

Por Editor 8 de mayo de 2025

Ha sido elegido el nuevo Papa el cardenal Robert Francis Prevost, quien toma el nombre de León XIV, nacido en los Estados Unidos y nacionalizado peruano.

El nuevo Romano Pontífice es políglota, habla muy bien el idioma español y pertenece a la orden de San Agustín. Fue obispo en el Perú y posteriormente prefecto del Dicasterio para los Obispos.

Nació en Chicago en 1955 en una familia católica de raíces obreras. Tras ingresar a la Orden de San Agustín siguió estudios de filosofía y teología en la Catholic Theological Union y posteriormente en Roma, donde se doctoró en Derecho Canónico.

En el Perú fue misionero en una región pobre del norte del país, en la diócesis de Chulucanas. Su labor pastoral se dedicó a la formación de comunidades y la defensa de los derechos humanos.

Desde 2023 es prefecto del Dicasterio para los Obispos, siendo el principal asesor del pontífice en la designación de obispos en todo el mundo.

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MundoPortada

Fumata blanca, “Habemus Papam”

Por Editor 8 de mayo de 2025

He aquí lo que ocurrió en la Capilla Sixtina en los minutos previos a la fumata y lo que sucedió antes del anuncio hecho por el cardenal protodiácono Mamberti, desde la Logia de las Bendiciones de la Basílica de San Pedro, del nombre del nuevo Obispo de Roma.

La fumata blanca de la chimenea de la Capilla Sixtina a las 18.07 acaba de anunciar a los fieles y al mundo que ha sido elegido un nuevo Obispo de Roma, sucesor de Pedro, cuyo nombre será anunciado en breve.

Según lo establecido y regulado por el Ordo Rituum Conclavis y la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis, un cardenal presente en la Capilla Sixtina ha alcanzado la mayoría requerida, en elección canónica.

El primero de los cardenales por orden y antigüedad —o, si él es el elegido, el segundo—, en nombre de todo el Colegio de Electores, ha preguntado en latín al elegido: «¿Aceptas tu elección canónica como Sumo Pontífice?” Recibido el consentimiento, le ha formulado la pregunta: “¿Con qué nombre deseas ser llamado?”.

Entonces, el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias, actuando como notario y en presencia de dos ceremonieros como testigos, ha redactado un documento que certifica la aceptación del nuevo Pontífice y el nombre que ha elegido.

Conclusión del Cónclave

El Cónclave, según especifica la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis, concluye una vez que el nuevo Papa da su consentimiento a la elección, “a menos que Él disponga otra cosa”. A partir de ese momento, pueden ingresar a la Capilla Sixtina el sustituto de la Secretaría de Estado, el secretario para las Relaciones con los Estados y cualquier otra persona que deba tratar con el Pontífice electo los asuntos necesarios en ese momento.

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Actualidad

ATU pagó más de S/ 13 millones por adelantos a consorcio que presentó cartas fianza falsas

Por Editor 7 de mayo de 2025

La Contraloría evidenció que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) pagó S/ 13 315 631 por conceptos de adelanto directo y adelanto de materiales a un contratista que presentó 5 cartas fianza y 1 de fiel cumplimiento, que resultaron falsas. Esto generaría que la entidad no tenga respaldo financiero para recuperar dicho monto, comprometiendo la seguridad de los recursos públicos.

La ATU contrató a un consorcio para la elaboración del expediente técnico y construcción de las nuevas instalaciones del complejo de adiestramiento canino de la Dirandro – Policía Nacional, que fue reubicado en el distrito de Santa Rosa, porque afectaba la ejecución del patio taller Bocanegra de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao.

En el Informe de Hito de Control N.° 003-2025-OCI/6402-SCC, se señala que la entidad desembolsó al consorcio, por pagos del expediente técnico, adelantos y valorizaciones (trabajos ejecutados), la suma total de S/ 19 500 000, monto que representa el presupuesto total de la obra, cuyo avance físico acumulado es de 39% a febrero de 2025.

El contrato suscrito en noviembre de 2023 contempló un monto de S/ 8 615 021, posteriormente con la adenda N.° 2 (suscrita en marzo de 2024) pasó a S/ 13 601 927 y con la adenda N.° 3 (suscrita en noviembre de 2024) se elevó a S/ 19 500 000.

Cartas fianza falsas
Según documentación solicitada por la comisión de control y remitida por la entidad, se advierte que, en marzo de 2025 la Unidad de Tesorería de la ATU solicitó a la entidad bancaria, que supuestamente respaldaba las cartas fianza, confirmar la autenticidad de las mismas, a lo que el banco informó que no emitió los documentos presentados por el consorcio como garantías financieras por un monto de S/ 14 889 873 (una carta de fiel cumplimiento del contrato por S/ 1 574 242, tres cartas de adelanto directo por S/ 10 017 709 y dos cartas de adelanto de materiales por S/ 3 297 922).

Asimismo, se evidenció que las cartas fianza presentadas por el contratista tenían una dirección de correo electrónico que no pertenecía a la entidad financiera y que simulan validar dichas garantías, así como códigos QR que redirigen a una página web ajena a los canales oficiales del banco, que habría sido diseñada para aparentar autenticidad. “Estos hechos no solo vulneran principios de legalidad y buena fe contractual, sino que podrían enmarcarse en conductas tipificadas penalmente”, indica el informe de control.

Expediente sin conformidad
En noviembre de 2024, la Subdirección de Adquisición de Predios y Liberación de Interferencias – SAPLI de la ATU suscribió con el contratista la adenda N.° 3 por S/ 5 898 072, a pesar de que, su expediente técnico no contaba con la conformidad de la supervisión de la obra debido a observaciones en la parte presupuestal y consideraciones generales. Sin embargo, pese a que la obra presentaba atraso de 61%, según la supervisión, dicha adenda incluyó una cláusula de adelanto directo por S/ 8 265 840 (que forma parte de los pagos ascendente a S/ 13 315 631) y que aunado al pago de las valorizaciones suman S/ 19 500 000, cifra que representa el presupuesto total de la obra.

Asimismo, la comisión de control advirtió que el contratista no cumplió con amortizar S/ 11 167 177, recibidos como parte de los adelantos, pese a que la adenda n.° 3 tuvo como fecha límite de ejecución el 31 de marzo pasado. Ello pone en riesgo la recuperación de los adelantos otorgados al contratista y la culminación del proyecto.

Los resultados del informe de control, cuyo período de evaluación comprendió del 20 de marzo al 9 de abril de 2025, fue notificado al titular de la ATU, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para que se tomen las acciones correctivas correspondientes.

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Estudio revela alta peligrosidad por huaicos en zona urbana de Chaclacayo

Por Editor 7 de mayo de 2025

Vista panorámica del lugar

El 16 de marzo de 2023, los vecinos de Cusipata en Chaclacayo vivieron una madrugada que no olvidarán. Un estruendo se escuchó por la quebrada y, en cuestión de minutos, toneladas de lodo, rocas y agua, afectaron calles y viviendas, asentadas en la desembocadura de la quebrada; además de 15 kilómetros de la Carretera Central, llegando hasta el distrito de Ate.

Ante este suceso, en los meses siguientes, especialistas Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) realizaron una evaluación detallada de la quebrada Cusipata, ubicada en el distrito de Chaclacayo, Lima. Su objetivo: comprender las condiciones que dieron lugar a ese evento y actualizar la cartografía de peligros por flujos(huaicos), que exponen y ponen en riesgo a las poblaciones y viviendas de la zona urbana de Cusipata.

Una geografía proclive al peligro
La quebrada Cusipata se ha emplazado sobre rocas intrusivas (principalmente tonalitas y dioritas) que pertenecen a la Super Unidad Santa Rosa. Estas rocas, aunque resistentes en apariencia, presentan una estructura muy fracturada y una resistencia baja (25 a 50 megapascales), según el estudio de Ingemmet. Dichas características geotécnicas contribuyen a la generación de materiales sueltos, prproclives  a ceder con el paso del agua.

A esto se suman las características del relieve: montañas con pendientes muy fuertes de entre 25° y 45°, y zonas donde esa inclinación se supera ampliamente. Estas laderas están cubiertas por suelos sueltos, acumulaciones de sedimentos llamados “material detrítico”, arrastrados por lluvias intensas de eventos pasados.

Una historia que se repite
La historia del huaico de 2023 no es la primera. En el informe del Ingemmet, se hace un recuento de estos eventos históricos, periódicos y recurrentes de flujos de detritos ocurridos en Cusipata, todos detonados por lluvias extraordinarias, muchas veces relacionadas con el fenómeno El Niño o eventos similares.

Además del entorno natural peligroso, el crecimiento urbano desordenado ha agravado la situación. Muchas viviendas, en un total del 90% del área urbana de Cusipata, se han levantado en el cauce mismo de la quebrada, hacia la parte baja donde estos flujos desembocan, reduciendo su capacidad para canalizar el agua. Esto convierte a Cusipata en una Zona Crítica y de Peligro Alto ante nuevos huaicos.

Personal del Ingemmet inspeccionando la zona sobre una roca

¿Qué se puede hacer?
Ingemmet no solo ha identificado el problema, también ha propuesto soluciones urgentes como construir barreras dinámicas y diques transversales para frenar el material que baja por las laderas; limpiar el cauce de la quebrada con regularidad; y levantar defensas ribereñas que protejan a las zonas habitadas.

Además, se recomienda implementar un Sistema de Alerta Temprana (SAT) con sensores y alarmas que puedan avisar a la población con tiempo ante la posibilidad de un huaico.

Finalmente, se debe manifestar que lo más importante es que las autoridades eviten nuevas construcciones en zonas vulnerables y desarrollen campañas de concientización, preparación y participación de la población, frente a los peligros y riesgos a los que están expuestos y vulnerables. El huaico del 2023, nos advierte de la peligrosidad y fragilidad social en Cusipata.

 

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Miscelánea

Estudio revela alta peligrosidad por huaicos en zona urbana de Chaclacayo

Por Editor 7 de mayo de 2025

Vista panorámica del lugar

El 16 de marzo de 2023, los vecinos de Cusipata en Chaclacayo vivieron una madrugada que no olvidarán. Un estruendo se escuchó por la quebrada y, en cuestión de minutos, toneladas de lodo, rocas y agua, afectaron calles y viviendas, asentadas en la desembocadura de la quebrada; además de 15 kilómetros de la Carretera Central, llegando hasta el distrito de Ate.

Ante este suceso, en los meses siguientes, especialistas Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) realizaron una evaluación detallada de la quebrada Cusipata, ubicada en el distrito de Chaclacayo, Lima. Su objetivo: comprender las condiciones que dieron lugar a ese evento y actualizar la cartografía de peligros por flujos(huaicos), que exponen y ponen en riesgo a las poblaciones y viviendas de la zona urbana de Cusipata.

Una geografía predispuesta al peligro
La quebrada Cusipata se ha emplazado sobre rocas intrusivas (principalmente tonalitas y dioritas) que pertenecen a la Super Unidad Santa Rosa. Estas rocas, aunque resistentes en apariencia, presentan una estructura muy fracturada y una resistencia baja (25 a 50 megapascales), según el estudio de Ingemmet. Dichas características geotécnicas contribuyen a la generación de materiales sueltos, predispuesto a ceder con el paso del agua.

A esto se suman las características del relieve: montañas con pendientes muy fuertes de entre 25° y 45°, y zonas donde esa inclinación se supera ampliamente. Estas laderas están cubiertas por suelos sueltos, acumulaciones de sedimentos llamados “material detrítico”, arrastrados por lluvias intensas de eventos pasados.

Una historia que se repite
La historia del huaico de 2023 no es la primera. En el informe del Ingemmet, se hace un recuento de estos eventos históricos, periódicos y recurrentes de flujos de detritos ocurridos en Cusipata, todos detonados por lluvias extraordinarias, muchas veces relacionadas con el fenómeno El Niño o eventos similares.

Además del entorno natural peligroso, el crecimiento urbano desordenado ha agravado la situación. Muchas viviendas, en un total del 90% del área urbana de Cusipata, se han levantado en el cauce mismo de la quebrada, hacia la parte baja donde estos flujos desembocan, reduciendo su capacidad para canalizar el agua. Esto convierte a Cusipata en una Zona Crítica y de Peligro Alto ante nuevos huaicos.

 

Personal del Ingemmet inspeccionando la zona sobre una roca

¿Qué se puede hacer?
Ingemmet no solo ha identificado el problema, también ha propuesto soluciones urgentes como construir barreras dinámicas y diques transversales para frenar el material que baja por las laderas; limpiar el cauce de la quebrada con regularidad; y levantar defensas ribereñas que protejan a las zonas habitadas.

Además, se recomienda implementar un Sistema de Alerta Temprana (SAT) con sensores y alarmas que puedan avisar a la población con tiempo ante la posibilidad de un huaico.

Finalmente, se debe manifestar que lo más importante es que las autoridades eviten nuevas construcciones en zonas vulnerables y desarrollen campañas de concientización, preparación y participación de la población, frente a los peligros y riesgos a los que están expuestos y vulnerables. El huaico del 2023, nos advierte de la peligrosidad y fragilidad social en Cusipata.

 

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Economía

Exportaciones peruanas despegan con fuerza en 2025 y crecen 27,3% en el primer trimestre

Por Editor 7 de mayo de 2025

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dio a conocer los resultados del Reporte Mensual de Comercio Exterior – marzo 2025, destacando que las exportaciones de bienes del Perú ascendieron a US$ 20 625 millones en el primer trimestre del año, registrando un crecimiento de 27,3% respecto a igual periodo del año anterior. Este resultado confirma la continuidad de la senda positiva del comercio exterior peruano.

Este importante avance se debe al desempeño sobresaliente de sectores clave como la minería, pesca, metalurgia y agroexportación. En particular, el sector minero –que representa más de la mitad de las exportaciones peruanas– creció 29%, impulsado por el alza en los precios internacionales de los minerales. Destacan el oro (+54%) y el cobre (+23%), principales productos de exportación del país. Además, se observaron aumentos relevantes en las exportaciones de concentrados de plata (+68%), molibdeno (+40%) y estaño (+47%).

El sector agroexportador, segundo en importancia dentro de la canasta exportadora nacional, tuvo un desempeño destacado con un crecimiento del 21,2%. Las exportaciones de cacao y derivados se dispararon (+129%), mientras que las de frutas como uvas y mangos crecieron 21%. También aumentaron significativamente las exportaciones de aceite de palma (+68%) y colorantes naturales (+93%). Estas cifras proyectan al agro como uno de los sectores con mayor potencial de alcanzar un nuevo récord anual.

En el sector pesquero, las ventas externas aumentaron 37%, gracias a una mayor oferta y al dinamismo de productos como los derivados de anchoveta (+51,6%) y pota (+42%). Por su parte, la metalurgia también reportó un crecimiento de 29%, con una mayor demanda por productos de cobre (+53%) y lingotes de zinc (+14%).

En conjunto, el comercio exterior de bienes (exportaciones más importaciones) alcanzó los US$ 34 255 millones, lo que representa un crecimiento del 23% en el primer trimestre del año. Las importaciones también crecieron, registrando un incremento del 17%, principalmente por mayores compras de bienes agropecuarios (+26%) y bienes metalmecánicos (+21%). Se destacaron las compras de lácteos (+69%), carnes y despojos (+45%), cereales (+22%), azúcar (+22%), soya y derivados (+13%) y plantones de arándano (+168%).

El crecimiento del comercio se dio en paralelo a una mayor actividad con los principales socios comerciales del país. El intercambio comercial con China y Estados Unidos creció más de 30%, mientras que el comercio con Asia en general aumentó 30,8%, destacando Corea del Sur (+31,1%), India (+25,9%) y Japón (+4%). En Europa, el comercio con la Unión Europea creció 17,3%, favorecido por un alza en las exportaciones de cacao (+134%), uva (+65%) y cobre (+23%).

En lo que respecta al número de empresas exportadoras, este creció 5,6% en el primer trimestre de 2025. El crecimiento fue liderado por las microempresas, que aumentaron 18,9%.

Finalmente, el crecimiento exportador fue más pronunciado en las regiones del interior del país, cuyas ventas al exterior aumentaron 28,6%, superando a Lima y Callao (+20,8%). Fueron 21 regiones que aumentaron sus exportaciones: Huánuco (+277%), SM (+111%), Apurímac (+106%), Ayacucho (+87%) y Loreto (+76%), Junín (+70%), Pasco (+69%), Puno (+65%), Ucayali (+59%), Amazonas (+53%), Tacna (+42%), Moquegua (+32%), Arequipa (+25%), Madre de Dios (+21%), Cajamarca (+20%), Lambayeque (+19%), Áncash (+15%), Piura (+11%), Tumbes (+6%), Ica (+5%) y La Libertad (+5%).

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