El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó la exigencia del candidato presidencial de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, de convocar elecciones parlamentarias, demanda que realiza después de atizar manifestaciones gritando fraude, sin que se haya podido probar fraude alguno.
El INEoficializó el acta que desestima la solicitud de López Aliaga argumentando que la propuesta carece de base legal y podría generar inseguridad jurídica.
La decisión se tomó luego de una extensa sesión de deliberación, donde los magistrados determinaron que la figura de elecciones complementarias “no está contemplada en este tipo de proceso electoral”.
El JNE subrayó que dicha disposición se aplica exclusivamente a los comicios municipales.
La institución indicó que, según la Ley 26864, una anulación de elecciones municipales puede darse únicamente si se comprueban irregularidades serias que comprometan los resultados o si más del 50 % de los votos blancos o nulos superan los dos tercios del total de votos emitidos.
El Pleno subrayó que su actuación ese ciñe estrictamente a lo estipulado en la Constitución Política y la normativa vigente, lo que implica priorizar el respeto a la voluntad popular reflejada en las urnas.
Por lo anterior, el JNE enfatizó que no es jurídicamente viable aplicar, por analogía, la normativa relacionada con procesos municipales a unas Elecciones Generales. Esta acción, puntualizó, implicaría extender indebidamente figuras legales a contextos no previstos por el legislador.
Tolerar este tipo de excepciones, según el tribunal electoral, sería una violación al principio de legalidad y al principio de reserva de ley. Además, afectaría directamente la seguridad jurídica y la previsibilidad del proceso electoral.
