Normas sancionatorias son impracticables. Sanciones de hasta S/. 108 serán confiscatorias en un país donde millones de peruanos ganan menos de S/. 550 al mes.
El congresista Yonhy Lescano, la Ley 29559 que modifica a la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, facultando a establecer sanciones pecuniarias a los peatones, es absurda, pues no tiene sentido penalizar a la parte más débil y vulnerable del mercado de transporte, donde el peatón está obligado a desplazarse en ciudades como Lima Metropolitana llena de huecos, sin señalizaciones, con obras municipales inconclusas, con semáforos malogrados y congestiones vehiculares inmanejables a diario.
Explicó que también se afecta la sostenibilidad económica de las familias peruanas, pues en el Perú el empleo precario es alto, por tanto fijar multas —que se cobrarán desde el 15 de noviembre— de hasta S/. 108.00 para los peatones es contraproducente. Además, si la infracción se repite se cobrará el doble, con lo cual hasta se terminará confiscando los sueldos, que para millones de peruanos son menores a la Remuneración Mínima Vital de S/. 550.
El Decreto Supremo 040-2010-MTC sobre las multas a los peatones incluye la sanción de reportar a estos ante las centrales de riesgo. Sobre esta medida, Lescano señaló enfáticamente que es ilegal pues la Ley 29559, sólo faculta a sancionar con multas a los peatones. Por tanto, la norma reglamentaria no puede exceder este marco, y añadir a la multa otra sanción, que se deja a discreción de la autoridad correspondiente.
Sería un doble castigo que no sólo viola la ley, sino reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional (por ejemplo la Sentencia en el Expediente 0479-2002-AA/TC) que prohíbe sancionar dos veces a una persona por el mismo hecho. El decreto es manifiestamente inconstitucional al violar el derecho al libre tránsito al penalizar a un peatón con multa y reporte a las centrales de riesgo a la vez, pues significa una afectación irrazonable y desproporcionada de este derecho reconocido en el Artículo 2.º inciso 11.º de la Constitución, según el Tribunal en sus Sentencias en los Expedientes 2961-2002-HC/TC y 04386-2009-PHC/TC.

4 comentarios
QUE INCOMPETENTE Y RATERO HA HECHO EL PUESTE PEATONAL EN LA AV. BRASIL FRENTE AL HOSPITAL DEL NIÑO- LAS ESCALERAS SUPER ALTAS PARA NIÑOS ENFERMOS O CARGADOS POR SUSPADRES QUE VAN AL ESTE HOSPITAL. RATEROS INCOMPETENTES DEBEN DE HACER RAMPAS NO ESCALERAS IMPOSIBLES DE SUBIR CON NIÑOS EN BRAZOS O NIÑOS ENFERMOS QUE VAN AL HOSPITAL. NAUSEBUNDOS CONSTRUCTORES.
EXACTAMENTE ANTES DE DAR ESA
LEY CADA DISTRITO TIENEN Q REPARAR EN LO POSIBLE Y DAR UN CAMINO A LOS PEATONES E INFORMAR Y EDUCARA AL MENOS UN MES LOS CAMINOS A SEGUIR YA SENALADOS
CON SIGNOS , PINTURA BLANCA DE LA MANO CON UN INFORMANTE LAS REGLAS A SEGUIR YA Q SE EXPONEN A
UNA MULTA O A SERVICIOS A LA COUNIDAD Q DEBERIA SER ENCARGADO POR UNA PERSONA RESPONSABLE Q SE CUMPLAN COMO RECICLAR 24 HORAS O DAR ERVICIO EN WAWASI O ALGUNCENTRO DEL VASO DELECHE PUDIENDO HACERSE LOS FINES DE SEMANA O DESPUES DEL TRABAJO HASTA CUMPLIR LAS HORAS MANDADAS
SON UNA COCHINADA ESOS PUENTES
DE PEATONES SIN SINGUNA SENSIBILIDAD SOCIAL Q CLASE DE GENTE ESTAN EN LA POLITICA???
LO MISMO TRAER MILES DE AUTOS Q CAUSA MUERTES EN EL PAIS
LA POLICIA NO CUMPLE CON CONTROLAR QUE LOS MICROS AUTOS ETC SE PASAN LA LUZ ROJA A CADA RATO Y EN TODOS LOS DISTRITOS.
Y AHORA QUE VAN HACER CON LOS PEATONES QUE NO PUEDEN TREPAR LAS ESCALERAS DEL PUENTE FRENTE AL HOSPITAL DEL NIÑO EN LA AV BRASIL. TENGAN ENCUENTA QUE LAS ESCALERAS SON SUPER ALTAS Y QUE DEBERAN CRUZARLOS NIÑOS ENFOERMOS Y PADRES CON LOS HIJOS A CUESTAS. Y QUE SANCION TIENEN LOS CONSTRUCTORES NINGUNA .