El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado infundada la demanda interpuesta por Eliane Karp, esposa del expresidente Alejandro Toledo, para anular las resoluciones de prisión preventiva y orden de captura nacional e internacional contra ella por el caso Ecoteva.
La demanda intentaba anular la resolución que emitió el Decimosexto Juzgado Penal de Lima el 17 de abril del 2017. Entonces revocó el mandato de comparecencia contra ella y le impuso prisión preventiva por el plazo de 18 meses.
También buscaba anular la resolución de la Cuarta Sala Penal con Reos Libres de Lima, el 26 de junio del 2017 en la que confirmó la referida decisión judicial y que, en consecuencia, se dejen sin efecto las órdenes de captura emitidas contra Karp en este proceso penal.
La demanda de Karp alegaba que estas resoluciones judiciales vulneran los derechos al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones judiciales y a la libertad personal en perjuicio de su defendida.
El TC determinó que las resoluciones impugnadas por la parte demandante cumplen, de manera suficiente con la exigencia de la debida motivación y en consecuencia, dicha demanda de habeas corpus debe ser desestimada, al no haberse acreditado la vulneración de los derechos alegados, en conexidad con el derecho a la libertad personal de la beneficiaria.
Para Karp el Ministerio Público pidió 16 años y ocho meses de prisión acusándola del presunto delito de lavado de activo a raíz de la adquisición de costosas propiedades en nuestro país, a nombre de su madre Eva Fernenbug, a través de la empresa Ecoteva Consulting Group de Costa Rica.
El 18 de diciembre del 2024, el gobierno peruano aprobó solicitar a Israel la extradición de Karp para que afronte en el Perú este proceso penal por el caso ‘Ecoteva’ por el cual su esposo, el expresidente Alejandro Toledo fue condenado, el último 3 de setiembre, por las Novena Sala Penal Liquidadora de Lima a 13 años y cuatro meses de prisión al ser hallado responsable del delito de lavado de activos en agravio del Estado.
