A solo días de cerrar sus apestosas funciones de cinco años, este Congreso, el peor de todos, a través de la Comisión Permanente, aprobó en segunda votación el dictamen que incorpora delitos de lesa humanidad en el Código Penal beneficiando a los violadores de derechos humanos que perpetraron estos delitos, pues para que sea aplicable una pena el delito de lesa humanidad debe reducirse a la forma y conceptos señalados por esta ley, dejando abierta la puerta a que los perpetradores encuentren una puerta de escape a la condena si su delito se enmarca en los conceptos y tipificaciones.
Con el pretexto de ser un avance en la lucha contra estos delitos, la norma, promovida por el fujimorismo, permitirá revisar sentencias de caso graves que fueron dictadas según la Constitución y el derecho internacional. También será aplicable en casos con solicitud de revisión.
Es solo una más, y una grave, de la serie de leyes procrimen evacuadas por este Congreso, las mismas que deberán ser derogadas por el nuevo Congreso si desea tener legitimidad y distanciarse de este escabroso predecesor parlamento que en lugar de legislar para beneficio de los peruanos y el desarrollo del Perú, acumula un prontuario nefasto de normas en favor del crimen.
El dictamen se aprobó en segunda votación, con 14 votos a favor. Corresponde al Proyecto de Ley 14337/2025-CR que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incorporar el delito de lesa humanidad.
Se incorpora un nuevo capítulo al Título XIV-A del Código Penal y establece que serán considerados delitos de lesa humanidad aquellos actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, con conocimiento e intención por parte del autor. Entre los delitos comprendidos se encuentran el homicidio calificado, la trata de personas, el secuestro, la violación sexual, la desaparición forzada y la tortura.
El texto precisa los elementos constitutivos del delito, definiendo los conceptos de ataque generalizado o sistemático, población civil y el conocimiento del agente, estableciendo sanciones que van desde 30 años de pena privativa de libertad hasta cadena perpetua, según corresponda.
Durante la sustentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Arturo Alegría (bancada FP), explicó que la iniciativa responde a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano tras la ratificación del Estatuto de Roma y atiende la exhortación formulada por el Tribunal Constitucional para incorporar este tipo penal en la legislación nacional.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), citada por La República, advirtió que la ley es un grave retroceso para el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, pues al restringir su aplicación en casos de desaparición forzada, tortura y secuestro, la norma vulnera obligaciones internacionales del Estado peruano y favorece la impunidad frente a crímenes que son imprescriptibles por naturaleza. La organización instó al presidente José Balcázar a observar la ley y a rechazar cualquier disposición que favorezca la impunidad.
Carlos Rivera Paz, del Instituto de Defensa Legal, calificó la aprobación como un caso de impunidad. Advirtió que la norma “solo servirá a los perpetradores” de los crímenes que busca regular. La consideró inconstitucional y pidió al Poder Judicial que ejerza control sobre ella, informa el mismo diario.
El presidente José María Balcázar debería observar esta norma antes de culminar su mandato interino.

1 comentario
Era de esperarse porque se encabeiro Rospigliosi afirmando que si Bancazar no firmaba el el tendría el honor de firmar ese insulto contra la vida y la Justicia
Balcazar debe hacer un pronunciamiento a.la.nacjon sobre la trascendencia de evitar que esa ley se llegue a promulgar para evitar grandes desgracias en nuestro país!