El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores laborar durante los feriados de Semana Santa 2026 (2 y 3 de abril), correspondientes a Jueves y Viernes Santo, tienen derecho a recibir una triple remuneración si no se les otorga un descanso sustitutorio posterior.
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, explicó que, según el Decreto Legislativo 713, este pago se compone de la remuneración ordinaria por el feriado, el pago por el trabajo efectivamente realizado y una sobretasa del 100 %, sumando un total equivalente a tres veces el valor diario.
“Por ejemplo, un trabajador con remuneración mensual de S/1500 que labore ambos días sin descanso sustitutorio percibirá S/150 por cada día feriado”, precisó.
El especialista recordó que existen casos especiales: (i) si el feriado coincide con el descanso semanal, solo se paga este último; y (ii) si se otorga un descanso sustitutorio, no se aplica la sobretasa adicional.
RECOMENDACIONES A LAS EMPRESAS
Asimismo, destacó la importancia de que las empresas identifiquen a los trabajadores que laborarán los días 2 y 3 de abril, registren correctamente los días laborados en la planilla, dejen constancia si se otorga descanso sustitutorio y comuniquen de manera clara a los trabajadores sobre las reglas de pago a fin de evitar controversias.
Finalmente, el representante de la CCL enfatizó que el cumplimiento de estas disposiciones garantiza la correcta aplicación de la ley y protege los derechos de los trabajadores del sector privado durante las festividades de Semana Santa.
