Las leyes señalan que los ciudadanos peruanos habilitados deben asistir a votar de forma obligatoria en las Elecciones Generales del Perú, por lo cual no votar se sanciona con una multa que varía de S/ 27.50 a S/ 110.
- En distritos considerados no pobres, la multa asciende a S/110, equivalente al 2% de la UIT.
- En distritos clasificados como pobres no extremos, el pago será de S/55, es decir, el 1% de la UIT.
- En distritos clasificados como pobres extremos, la sanción se reduce a S/27,50, correspondiente al 0.5% de la UIT.
El cálculo se realiza de forma automática contando con la información oficial del INEI y del domicilio consignado en el DNI del elector.
Multas son mayores para miembros de mesa
Las sanciones son mayores para quienes resultaron designados miembros de mesa y no cumplan con su responsabilidad, lo cual es aplicable a titulares y suplentes que no asistan el día de los comicios. Deberán pagar S/275, equivalente al 5% de la UIT.
Si el miembro de mesa no vota deberá asumir también la multa por no votar según sea su lugar de residencia.
Incentivos para miembros de mesa
Para los miembros de mesa, la ONPE considera un pago único de S/165 por jornada electoral, monto que será el mismo en una segunda vuelta.
Adicionalmente, los miembros de mesa que cumplan con su obligación gozarán de un día de descanso remunerado el lunes posterior a los comicios, tanto en el sector público como en el privado.
El cobro deberá gestionarse a través de la plataforma digital que habilite la ONPE, donde se podrá elegir entre depósito bancario, billeteras electrónicas o retiro presencial.
El incumplimiento de votar y ejercer la función de miembro de mesa, si el ciudadano no paga la o las multas, significará obstáculos para realizar gestiones ante el Estado. Los omisos no podrán efectuar varios trámites si mantiene una multa electoral impaga. Esto incluye procedimientos administrativos en entidades públicas, solicitudes de documentos oficiales o gestiones ante instituciones del sistema estatal.
Al cumplir con el pago de la o las multas el ciudadano recupera la plenitud de sus derechos al realizar gestiones ante el Estado.
La restricción se mantiene hasta que la persona regulariza su situación. Para ello debe pagar la multa correspondiente o presentar una dispensa si cuenta con un motivo válido que explique su ausencia en la jornada electoral.
Justificaciones
Existen causales para justificar la inasistencia. Entre ellas figuran problemas de salud, viajes al extranjero, desastres naturales u otras circunstancias que impidan acudir a votar. En estos casos, el ciudadano puede solicitar la dispensa ante el JNE dentro de los plazos establecidos.
