Norma entró en vigencia hace cuatro semanas, pero se advierte colapso en sistemas de recojo de denuncias en Comisarías y en Juzgados Mixtos y de Familia
La desprotección de las mujeres víctimas de violencia por los problemas en la aplicación de la Ley N.
° 30364, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, promulgada hace apenas cuatro semanas, advierte el Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer – CLADEM, capítulo Perú.
Si bien la norma pretende agilizar el acceso a la justicia para las víctimas, debido a que ahora la denuncia pasa en solo 24 horas desde la Comisaría al Juzgado de Familia o Mixto (antes debía cumplir el trayecto Comisaría-Fiscalía-Juzgado que duraba un año), y se precisa que el juez debe resolver la medida de protección a la víctima en un plazo record de 72 horas (incluso la medida cautelar por alimentos, tenencia, bienes, etc); en la PNP no hay consenso sobre las características de atestado que deben elaborar y remitir al Poder Judicial, mientras que en algunas comisarías a nivel nacional no reciben, ni tramitan las nuevas denuncias. No obstante, al no haberse previsto un proceso planificado de implementación, semejante al del Código Procesal Penal, respaldado por un presupuesto específico y sumado a un proceso general de capacitación, existen importante problemas.
“Existe el riesgo de que la ley no se aplique adecuadamente porque se ha generado una incertidumbre en los operadores de justicia sobre la implementación, como no hay capacitación de la norma, tenemos un Poder Judicial colapsado, una policía no sensibilizada, las denuncias de las víctimas podrían rebotar y salir del proceso. Asimismo, los juzgados mixtos y de familia competentes no están en la capacidad de atender los casos en la forma prevista en la norma, considerando su carga procesal, horario de trabajo y el escaso personal con el que cuentan”, afirma Jeannette Llaja, abogada de CLADEM.
La Corte Superior de Arequipa ha alertado sobre un posible colapso del sistema si no se crean nuevos juzgados especializados, lo que se requiere a nivel nacional.Además, el Instituto de Medicina Legal no ha implementado la Guía de Valoración del Daño Psíquico, que es una herramienta central frente a la violencia psicológica.
Otro punto clave es que los Centros Emergencia Mujer y servicios de defensa de víctimas del MINJUS a nivel nacional, carecen de lineamientos para acompañar estos casos.
“Ante esta situación, las mujeres víctimas de violencia que están acudiendo a las autoridades se encontrarán desprotegidas y en mayor riesgo, porque las instituciones que integran la ruta de atención, se han encontrado con un nuevo proceso de la noche a la mañana. Esta falta de claridad, sumada a los prejuicios machistas que persisten en muchos operadores, puede provocar que no se atiendan los casos por considerar que no son graves y que no merecen atención prioritaria. Por ello, es indispensable el fortalecer el servicio de defensa y acompañamiento de las víctimas”, señala Cynthia Silva, abogada de CLADEM.
Organizaciones y profesionales que integran el CLADEM Perú, esperan que la Comisión encargada de la formulación del Plan de adecuación del Sistema de Justicia, presidida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, adopte MEDIDAS URGENTES, en un escenario cercano a las Fiestas de Fin de año, debido a que los índices de violencia aumentan (enero y setiembre son los meses de mayor violencia según los CEMs – 2014).
Ante esta situación demandamos:
1. Disposición presupuestaria adicional para la implementación de la Ley en las instituciones claves de la ruta de atención y acompañamiento de las denuncias.
2. Instrucción al personal policial a nivel nacional para asegurar que todas las comisarías tramiten las denuncias en 24 horas, valorando el riesgo.
3. Creación de nuevos juzgados especializados en familia a nivel nacional, con turnos permanentes para garantizar el dictado de medidas de protección y cautelares dentro del plazo establecido por la Ley, de 72 horas desde realizada la denuncia.
4. Establecimiento de lineamientos de actuación interinstitucional para la atención de casos de violencia de pareja de alto riesgo, maltrato infantil, tentativa de feminicidio y delitos contra la libertad sexual, priorizando los casos en los que se detecte una situación de vulnerabilidad de quienes denuncian y la ejecución efectiva de las medidas de protección.
5. Capacitación estandarizada para la Policía, el Poder Judicial, el Ministerio Público y el personal de los servicios de atención para la adecuada aplicación de la Ley.
