Trabajadores deben organizarse para hacer respetar sus derechos
Por Rocío Ferrel
A cerca de siete meses de haberse promulgado el Decreto Legislativo 1057 (DL 1057), que regula la contratación de personal que había estado laborando bajo la modalidad de Servicios No Personales, continúa la discriminación a este sector de trabajadores, que ahora, por ejemplo, constatan que no les corresponde la bonificación por escolaridad, uniformes, guardias, productividad, etc.
El DL 1057 había dado lugar a beneficios parciales a los trabajadores (ver: DL 1057 modifica régimen de Servicios No Personales). No obstante, esta norma no llega a otorgarles la condición de trabajadores públicos con plenos derechos. Es deplorable, por ejemplo, que pese a que parte de ellos han trabajado 10 ó 15 años, todo ese tiempo de esfuerzo y dedicación, sin siquiera gozar de vacaciones y beneficios sociales, no constituya ningún mérito para ascender en la carrera pública, pues el contrato que los obligan a firmar les concede un estatus de “contrato administrativo de servicios”, que les da algo más de derechos con los que cuenta por ejemplo un gasfitero o pintor eventual, pero los discrimina en relación con los trabajadores nombrados de las instituciones públicas.
Eso lo estipula el DL 1057, que indica que laborarán en instituciones sujetas a la Ley 276, pero que, sin embargo, y contradictoriamente, la ley 276 no les alcanza para regular sus derechos como personas y como trabajadores.
Para seguir con su juego de palabras, que busca eludir obligaciones, por ejemplo, el reglamento, publicado el 25 de noviembre de 2008 con DS N.° 075-2008-PCM, evita mencionar la palabra “concurso” y sólo denomina “convocatoria”, “selección” o “preparatoria” al proceso de ingreso de estos trabajadores en la administración pública, evitando así los derechos que otorga el artículo 44 de la Ley 728, que establece que los trabajadores que ingresan por concurso (pudiendo ser de hecho un concurso) están exonerados del periodo de prueba y pasan a ser trabajadores a plazo indeterminado.
Por lógica, si les niegan ser trabajadores públicos según el DL 276, entonces son trabajadores del régimen privado, y deberían ser aplicables las normas respectivas, pero aún les niegan los derechos que tienen los trabajadores del régimen privado.
Proselitismo partidario y abuso
En diversos medios se ha denunciado que durante el gobierno aprista en muchas instituciones se puso fin a los contratos bajo la modalidad de Servicios No Personales con vigencia anterior a junio del 2008 (fecha de promulgación del DL 1057) con la finalidad de negarles los derechos que les corresponde, sin tener consideración de los años de servicio, para pasar a colocar en su lugar a militantes apristas.
¿Dónde están los defensores de los trabajadores?
Diversos trabajadores que laboraban bajo la modalidad de Servicios No Personales nos escriben preguntando lo que pueden hacer.
Como parte de las ONG de derechos humanos trabajan sólo cuando les pagan sus patrocinadores, es decir, son mercenarias, no se han dedicado a defender a estos trabajadores cuyos derechos humanos están siendo violados.
Pero los trabajadores contratados en virtud al DL 1057 no tienen categoría de trabajadores públicos y por tanto se viola uno de sus principales derechos, que es el de sindicalizarse para vigilar el cumplimiento de la ley, de modo que cada gobierno de turno pasa por las instituciones públicas pisoteándolos desde la época del primer gobierno aprista, donde se promovió con fuerza esta modalidad de explotación.
Para agravar su situación, todos los sindicatos de las instituciones públicas dieron la espalda a estos trabajadores, nunca reclamaron por sus derechos, pese a que de hecho son trabajadores que debían ser considerados como tales.
¿Qué se puede hacer?
No obstante, todos los trabajadores contratados al amparo del DL 1057, pueden recurrir a la Confederación de Trabajadores Estatales (CTE), quienes podrían ayudarlos a canalizar sus justas demandas.
Cuanto más trabajadores se agrupen en forma organizada, tanto más fuerza tendrán sus demandas de forma conjunta. Lo ideal sería que planteen el reconocimiento de todos sus años de servicio, aún de aquellos que han sido despedidos para colocar en su lugar a simpatizantes apristas. Estamos seguros que ganarán una demanda contra el Estado. De hecho, la CTE ya ha ganado varios juicios de trabajadores de Servicios No Personales.
La sugerencia es que en cada institución pública los trabajadores contratados en virtud al DL 1057 constituyan un grupo nombrando a un delegado o a una comisión que convoque inclusive a los despedidos, de modo que este delegado o la comisión canalice sus demandas hacia la CTE. Deberían enjuiciar al Estado por sus beneficios dejados de percibir en todos los años de trabajo y deberían conseguir su incorporación a la administración pública con plenos derechos y con la capacidad de competir por los cargos públicos, como señala el DL 276.
Quien está a cargo de la CTE es el señor César Janto, a quien pueden contactar en el teléfono 998436588 y le pueden escribir al correo cte.peru@gmail.com. Señores trabajadores, hagan respetar sus derechos, la ley les da la razón, unidos tendrán más fuerza que actuando aisladamente.
El DL 1057 es una aberración jurídica que no reconoce al trabajador público como tal. Los trabajadores de la modalidad de Servicios No Personales son los que más han trabjado y trabajan, muchas veces dejando de lado su desarrollo personal y familiar. Con el DL 1057 la esclavitud continúa, aunque ahora tenga otro nombre, no ha sido abolida del todo.

34 comentarios
En mi ministerio botaron a varios de serv no personales sin importar que todos esos años trabajaron sacrificadamente sin vacaciones.
Dijeron que era por reduccion de presupuesto.
Pero la gran mentira es que despues contrataron bufalos apristas.
Si creo que debemos enjuiciar al Estado por esta explotacion.
Soy trabajadora reicorporada por mandato judicial en la modalidad de SNP hace 06 años y ahora me quieren hacer un contratado de CAS teniendo ya un contratado indeterminado pero con la modalidad SNP q puedo hacer porq se q el D.L 1057 me perjudica mis derechos
QUE LASTIMA DA EL PERU
ESA LEY DEBE SER TAMBIEN PARA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA LOS CONGRESISTAS MINISTROS Y TODOS NO DICEN IGUALDAD SOLO QUIEREN QUE LOS MAS POBRES SE MUERAN DE HAMBRE Y LOS MAS RICOS EN VEZ DE BAJARSE EL SUELDO SE LO SUBEN Y CON MUCHOS MAS BENEFICIOS Y A NOSOTRROS NOS QUITAN TODOS LOS BENEFICIOS NUNCA CAMBIARA EL PERU
mas corrupcion y hambre
hola les habla un personal de salud que actualmente tiene 8 años de servicio, en el minsa bajo primero de la modalidad de SNP y actualmente con esta burla de CAS, que lo unico es tratar de enmascarar y mentir a los trabajadores , queremos nuestra lucha pero como si la gente esta letargica y sin animos de querer decir fuera gobierno corrupto y explotador, por el miedo y temor a que les despidan gracias
que podemos hacer necesitamos toda la informacion necesaria para empapar a los trabajadores sobre una realidad que se vive pero la gente no hace nada;y los seudodirigentes son una tira de lacras egocentricos sin vocacion , solo estan para beneficio propio y los demas que pise un tren. gracia.
necesito toda la informacion sobre los derechos del trabajador, CAS.
puta madre
Hola Soy Trabjadora Administrativa de Educación, Quiero comentarle que la FENTASE federación al cual pertenezco en la ultima AND acordo solicitar la inscostitucionalidad de los D.L 1023,1024,1025,1026,1057 antilaborales que aprobaron y eso ya está en proceso, invito a los cc. de todo el sector publico a exigir este gob. nefasto vende patria a respetar el derecho a la estabilidad laboral y aun empleo digno.l
Estoy de acuerdo con el comentario, está Ley es para los entenados de la patria, discriina de la igualdad de derechos
Trabajo 15 años
Trabajo hace 15 años, no percibiendo ningun beneficio hasta el 2008, a partir del 2009 goza de ESSALUD, 15 dias vacaciones y nada más, que locura.
:woohoo: :side: :kiss: 😆 :dry: :angry: :0 😉 :s ❗ ❓ 💡 :huh: 🙁 :pinch: 👿 😀 :kiss: 😆 :dry: :confused: :0 esto se merece el gobiero aprista
hacer respetar nuestros derechos de años
buenos dias amigos, si ps es una burla a nuestros derechos, nos quieren hacer firmar contratos d.l. 1057 y no es justo, reclamenos, unamosnos, ayudenos, a otos compañeros ya han despedido como dice ud.Este gob. hace lo q le conviene. ayudenos, atte luis
Fredy
Es indignante lo que estan haciendo con los trabajadores , mi caso es que yo vengo laborando trece años en el PRONAA como SNP ahora CAS
TRABAJADOR DEL CAS D.LEG 1057 SOLICITA BENEFICIO S
Walter : deseO saber en mi condicion de trabajador en el area de presupuesto y contabilidad de una municipalidad percibo 800.00 soles del sueldo basico bruto estoy sujeta en el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1057 APARTIR DESDE ENERO HASTA JULIO 2009. POR LO TANTO DESEO SABER SI ME CORRESPONDE MI CTS DE ACUERDO A LA LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.
CONSULTA SOBRE EL DESCANSO FISICO
QUISIERA SABER SI EL DESCANSO FISICO LO DETERMINA EL EMPLEADOR, UNILATERALMENTE, O EN COORDINACION CON EL TRABAJADOR PUES EN LA INSTITUCION DONDE TRABAJO NOS HAN PROGRAMADO LAS VACACIONES DEL 16 DE DICIEMBRE AL 03 DE ENERO, PERO LA ENTIDAD EN ESA FECHA ESTA CERRADA POR FIESTAS DE FIN DE AÑO.
FAVOR INSTRUIRME. GRACIAS.
sacador de vuelta 1057
se sabe los qe tiene hasta 28 de Junio del 2008, un año mas un dia, ya tienen estabilidad laboral…….pero los que no cumplieron un año hasta esa fecha ahi si hay problemas, ademas los q tienen tresa años en el mismo cargo pueden igresar a la 276, por ultimo pregunten al correo osiasw@hot.
:kiss: 🙂 :s ❗ :X
La verdad lo Sindicatos deberian desaparecer , trabajdores vagos enquistados y atornillados,,queriendo cumplir su horario andando por los pasillos de las instituciones. si queremos que las instituciones funcionen empezemos por ellos.
consulta
estuve trabajando en una entidad del estado 10 meses de snp y luego pase a cas tengo posiblidades de demandar al estado y se puede lograr pase a planilla
DEJEN DE QUEJARSE SRS CAS
Srs CAS dejen de quejarse trabajan menos que muchos empleados de carrera y ganan mas, dejen de lapidar los recursos del estado, exijan a la contraloria y sus organos de control interno cumplir con la Ley ayuden a mejorar el estado la Ley 1057 Art 4. la norma establece como condición sinequanom la necesidad de servicio y de la disponibilidad presupuestaria, entendiendose como la carencia de un servicio diferente a los establecidos en el MOF en concordancia con su Cuadro de Asignación de Personal de la Entidad CAP. QUE SE CUMPLA LA LEY SI .
existen trabajadores que se les ofrece el nombramiento y no quieren porque no les conviene ganarian igual que un empleado publico,realmente que es lo que quieren.
CAS.
🙁 HOLA LE SALUDA JUANA DE TUMBES: CENTRO DE LABORES DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO TUMBES., TENGO 16 AÑOS TRABAJANDO BAJO LA MODALIDAD SE SNP, DESDE EL 2009 PASE A CAS, PUEDO INTERPONER DENUNCIA ESTANDO LABORANDO, NO CORRERIA EL RIESGO DE QUE ME SAQUEN DE MI TRABAJO, POR FAVOR QUE DEBO HACER, LES HA LLEGADOI UN BONO A LOS TRABAJADORES ESTATATES POR S/. 500 SOLES, PERO COMO SIEMPRE LOS CAS NO MERECEN ESE BENEFICIO, QUE TAL DESCRIMINACION, POR FAVOR JUSTICIA TENGO TRES NIÑOS EN EDAD ESCOLAR, GANANDO S/. 700 SOLES MENSUALES
trabajo digno
BASTA YA A LA ESCLAVITUD Y NO CONTAR CON LOS DERECHOS GANADOS Y TAN SOLO VER QUE OTROS SE BENEFICIAN; DEBERIA HABER EVALUACION A NIVEL NACIONAL TANTO A NOMBRADOS, CONTRATADOS Y CAS ; A FIN DE DEMOSTRAR QUIEN ESTA MAS PREPARADO Y ASI AYUDAR A LA ADMINISTRACION PUBLICA QUE ESTA DE MAL EN PEOR.
GRACIAS
ATENTAMENTE, LEO
QUIEN ESCRIBE ES SEC. NAC. DE ORGANIZACION DE LA CONFEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE TRABAJADORES ESTATALES CTE-PERU, SUGIERO QUE CUALQUIER CONSULTA LA DIRIJAN A CARLOS JIMENEZ, SEC. GENERAL cte.peru@gmail.com, TAMBIEN A gabinovargas@hotmail.com Y/O vicentemq1961@hotmail.com
HASTA PRONTO
YO TAMBIEN LES ESPERO PARA TRATAR DE ABSOLVER CUALQUIER CONSULTA REFERENTE AL CAS Y OTROS DE ORDEN LABORAL
ATENTAMENTE,
SEC. ORGANIZACION
CTE-PERU
SIGUE LA ESCLAVITUD
CREO QUE ANTE ESTA LEY QUE ES CONSIDERADA INCONSTITUCIÓN SE DEBERIA PEDIR LA iNCONSTITUCIONALIDAD POR VIOLAR EL DERECHO CONTITICIONAL AL TRABAJO. GRACIAS
contrato cas
estimado amigo quien le habla es uno mas de estedesleal contrato que el gobierno nos obliga a realizar marginandonos de todos los bemeficios que debean pagarnos igual como alos nombrados yo trabajo en el sector educacion trabajo doce horas mi sueldo es d 600.00 liquido gano 523.00 quisiera por favor que nos ayuden a entablar nuestro reclamos por ser de justicia amigos del CTE no podemos educar a nuestros hijos ese CAS trae miseria extrema de eso se puede jactar el presidente somos como 70.000 trabajadores marginados espero que nos organicemos y reclamemos nuestros derechos al gobierno
abuso en cumplimiento de sentencia
Srs. buenos días, le saluda una trabajadora de la universidad nacional de tumbes, la cual habiendo laborado 07 años, 08 meses, no se le renovo contrato, demande a la universidad y con sentencia firme y consentida en amparo en la ley 24041, logre mi reincoporación, pero hasta la fecha la universidad no cumple con reincorporarme hace 07 meses q no realizo cobro alguno porque ellos a traves de varios documentos y en forma verbal quieren obligarme a firmar contrato CAS, tan es asi q me ponen tarjeta de control de cas y me obligan a salir en hoarios cas, si yo tengo una sentencia en ejecución y el Juez y el Ministerio Público no resuelven mi situación q debo hacer.
Yo he presentado la denuncia penal por desobediencia y resistencia a la autoridad en contra del rector, he ido a la defensoria del pueblo, quienes despues de casi 01 mes de constantes citas me dicen q ellos ya no pueden hacer nada sobre mi caso, y que si no le hacen caso al juez ellos q pueden hacer, ademas conmigo son tres las personas q hemos ingresado por mandato judicial, de las cuales dos de ellas ya se encuentran en planilla por contrato indeterminado gozando de todos su beneficios y a mi me quieren reincorporar por cas y no me cancelan por mi trabajo que realizo.
Si el fallo fue declarada fundada y la universidad no apelo dentro del plazo q determina la ley ahora argumenta mediante escritos de apelación ante la sala superior para qitarme el regimen laboral.
Desde el mes de octubre se le viene notificando a la universidad para q me reincorporen pero esta hace caso omiso y la denuncia que hice ante el ministerio publico por primera vez por incumplimiento de sentencia me dice q ya lo han archivado porque el procurador no ha realizado sustentación sobre mi caso, ahora he realizado la denuncia penal y no se si se ma hara justicia porque constantemente recibo memorandos para firma de adendas por CAS y no encuentro justicia en mi caso.
Ademas no cuento con los medios economicos para mi sustento y eso lo considero un delito por aproiarse de mi dinero cuando estoy realizando el trabajo cumpliendo un horario de trabajo, ademas ahora me obligan a quedarme una hora mas porq dicen q soy cas pese a q no he firmado contrato aguno desde marzo a la fecha.
Ahora si dicen q soy cas porq han realizado una evaluacion cuando yo no he solicitado participacion alguna y la plaza q habia para mi se la han dado a la otra persona q ya se habia reincorporado por mandato judicial en la plaza de auxiliiar, ahora con el concurso q ellos hicieron a su modo ella ya no es auxiliar sino tecnica y la plaza q ella dejo como auxiliar me deberia corresponder sin embargo no fue asi.
Gracias por su atencion y ojala q me puedan orientar y hacerme justicia y no pensar q solo esta es aplicable a las personas q como yo carecen de medios económicos, ademas qiero saber si ellos pueden seguir presentando recursos de apelación a traves de escrtos, quiero saber si eso es legal, si el código civil asi lo establece, ademas q si yo he trabajado como secretaria al igual q mis compañeras reincorporadas xq el regimen laboral quieren interpretarlo diferente.
Gracias de corazón Lia
COMPLETAMENTE DE ACUERDO CON EL COMENTARIO
:angry:
cas=desgualdad de oportinidades laborales
:side: UNANAMOS NUESTRAS FUERZAS PARA HACER SENTIR AL GOBIERNO QUE ES UNA INJUSTICIA LABORAL EN ESTOS TIEMPOS ,
SALUDOS AMIGOS , CASTINOS.
BYE.
AYUDA
Soy un trabador de la Municipalidad POR 10 AÑOS, acabo de ganar un juicio de reposición después de seis años de lucha, pero me dicen que debo firmar contrato de CAS,pero luego de enterarme de esta Ley no sé que hacer, Señores de la CTE necesito su ayuda y mayor información
senores y yo como ago para tener una buena contratacuion de personal
EL MALDITO ALAN GARCIA
Ese maldito alan garcia ratero desgraciado bipolar, nos mato de hambre alos funcionaris publicos con sueldos de 600 soles, pero algunos ALGUNOS se enrriquesieron conla plata del pueblo, por fin ese se va PÓR FAVOR JOVENES SEPAN QUE ESE QUE SE VA ES UN RATERO BIPOLAR PROMISCUO INMORAL , destructor de hogares tene juicio por haber quitado la mujer de su amigo, IMAGINENSE SIEMPRE LA TUVO CACHUDA A LA POBRE PILAR LA POBRECITA SUFRIO EN CILENCIO PERO IMAGINENSE A A EDAD EN LA QUE MAS NESESTA LA MUJER DEL APOYO DE SU ESPOSO EL MALDITO LA ABANDONA , Y TIENE CARA DE DECIR QUE AHORA NO TIENE PAREJA ¡ABRA ALGUNA SIN ESTOMAGO QUE SE FIJE EN ESE SICOPATA? POR FAVOR JOVENES EL 2016 NO VOTEN POR ESE PRIMERO INDAGUEN QUE ES
Por eso ahora Ollanta ejemplo de familia portate bien y por favor deroga la 1057
que muera el abuso
la verdad estoy bien decepcionado de todos los partidos politicos q solo entran hacer dinero y no se preucupan por los trabajadores del estado q nos maltratan cuando se les dee en ganas…espero que alguien pues alguien vea la realidad de los maltratos y abusos que sucede en el peru..paremos de esta descriminacion..porque desde que entran al poder ps tienen tienen todos los beneficios y los que les eligieron quedan al olvido
abraham
tengo 1 año planilla por service, 4 años como snp y 3 años como cas todos trabajando para la municipalidada de miraflores puedo presentar mi demanda pidiendo mi estabilid?
gracias por su rpta.
bneficios sociales
desde el 2001 al 2008 trabaje en una municipalidad como snp ( servicios no profesionale)en el 2008 pase a CAS el 15 de octubre de 2011 presente mi renucnia, puedo pedir que me paguen mis benaqficos sociales del 2001 al 2008 y del 2008 al 2011