La Comisión de Fiscalización y Contraloría, presidida por el congresista Juan Bartolomé Burgos Oliveros (PP), aprobó por mayoría el informe final sobre el caso de cirugías y presunto abandono de funciones de la presidente Dina Boluarte, que recomienda evalular si los hechos ameritan vacancia por incapacidad moral permanente
El documento fue aprobado con nueve votos a favor, cero en contra y tres abstenciones. Plantea conclusiones y recomendaciones orientadas a fortalecer la labor de fiscalización del Congreso y establecer supuestas responsabilidades políticas, constitucionales y penales.
El informe concluye que, tras la intervención quirúrgica de carácter estético y funcional a la que se sometió Dina Boluarte Zegarra, que tuvo una duración de 2 horas y 25 minutos, “se permite afirmar que la mandataria experimentó un período de incapacidad temporal médica”.
Agrega que “en este contexto, se ha visto comprometida la continuidad del mando presidencial, la capacidad de toma de decisiones en tiempo real, la atención de emergencias nacionales y la conducción general de la política del Estado, conforme al artículo 118 de la Constitución Política del Perú”.
Además, el grupo de trabajo recomienda al Pleno del Congreso evaluar el otorgamiento de facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización, a fin de superar los obstáculos enfrentados durante el proceso de indagación. Esta medida, según el informe, permitiría garantizar el acceso oportuno a información relevante y prevenir actos de obstrucción que limiten el ejercicio del control parlamentario.
Asimismo, se plantea la reforma del artículo 88 del Reglamento del Congreso, con el objetivo de dotar permanentemente a la Comisión de Fiscalización de facultades investigadoras sobre asuntos de interés público. La propuesta busca que el control político no dependa de decisiones coyunturales, sino que se ejerza con mayor independencia y eficacia ante situaciones que requieran respuestas inmediatas.
En el plano constitucional, el informe recomienda remitir copias a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a fin de que se evalúe si las intervenciones quirúrgicas a las que se habría sometido la jefa de Estado podrían constituir una infracción a los artículos 113, 114, 115 y 118 de la Constitución Política del Perú.
Del mismo modo, se sugiere dar cuenta de los hechos a la Fiscalía de la Nación, para que considere el inicio de investigaciones preliminares por la presunta comisión de los delitos de omisión de funciones (artículo 377 del Código Penal) y falsedad ideológica (artículo 428 del mismo cuerpo normativo).
Vacancia por incapacidad moral permanente
El informe también plantea que el Congreso evalúe, con objetividad y rigor político-jurídico, si las acciones y omisiones atribuidas a la presidenta podrían configurar una causal de incapacidad moral permanente, en los términos del artículo 113, inciso 2), de la Constitución. Según se argumenta, esta figura no se limita a condiciones de salud mental, sino que abarca también comportamientos incompatibles con los principios éticos y democráticos que deben guiar el ejercicio de la más alta función pública.
Finalmente, la comisión recomienda que el presidente del grupo de trabajo, congresista Juan Burgos Oliveros, rinda cuenta de los hallazgos ante el Pleno del Congreso en la próxima legislatura. Dicha presentación contribuiría al principio de transparencia, fortalecería el rol de fiscalización del Parlamento y permitiría informar a la ciudadanía sobre los resultados de una investigación de alta relevancia constitucional.
