En 2014 envíos sumaron US$ 295.5 millones
La exportación acuícola peruana en el 2014 sumó US$ 295.5 millones, lo que representó una leve contracción de -0.05% respecto al 2014, debido, en gran parte, a la falta de un marco promotor, sin embargo, esta situación podría ser superada en un corto plazo, si es que se aprueba la Ley de Promoción Acuícola, que está en manos del Congreso de la República, informó la Asociación de Exportadores (ADEX).
Ese marco legal puede ser enriquecido con los aporte de la Mesa de Trabajo creada por el Vice Ministerio de Pesquería del Produce y debe sacarse adelante prontamente en vista que venció el 31 de diciembre del 2013 (Ley de Promoción Acuícola). La ADEX está representada en ese espacio por su presidente del Comité de Pesca y Acuicultura, Humberto Speziani.
Speziani refirió que el sector acuícola está a la espera de su aprobación pues promocionaría esa actividad y ofrecería los mismos beneficios de la Ley Agraria, que permitió el desarrollo de las agroexportaciones. “El desarrollo pesquero del Perú está en la acuicultura”, dijo.
Explicó que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) promueve una interesante iniciativa para que el mundo crezca por el lado de la acuicultura, en vista que la industria extractiva está llegando prácticamente a su límite. “Eso es muy bueno porque no solo es para la exportación sino también para la seguridad alimentaria del país”, añadió.
Esa actividad podría permitir un gran desarrollo no solo de la Costa sino de la Sierra y la Selva. A manera de ejemplo, refirió que Brasil aprovecha su Amazonía y tiene una acuicultura intensiva.
Agregó que la tilapia tiene un mercado establecido y las especies nativas como el paiche y la gamitana tiene potencial. “En la Sierra se debe mejorar el cultivo de las truchas y en la Costa el lenguado, la chita, los choros, abalones, conchas de abanico y los langostinos. “El langostino tiene un mercado mundial enorme”, comentó.
Speziani explicó que el mundo ha cambiado y que hay nuevas especies que son las más vendidas en el mundo, como el salmón, que viene de Noruega y Chile, la Tilapia que es importada de China, Tailandia, Ecuador y Costa Rica y también la Basa (Pangasius) de Vietnam.
“Las posibilidades de la acuicultura son enormes, pero sin una Ley promotora pocos serán los inversionistas que incursionen en ese negocio. Es por eso que esta actividad debe tener incentivos similares a la Ley Agraria, en los aspectos laborales y tributarios”, puntualizó.
En cifras
Los langostinos, las conchas de abanico, la trucha, la tilapia y el paiche son los principales productos acuícolas peruanos que se exportan al mundo. En el 2014 los langostinos sumaron US$ 162.1 millones, lo que significó un incremento de 25% en relación al 2013 (US$ 128.9 millones). EE.UU. fue su principal destino, seguido de España, Francia, Corea del Sur, Rusia y Canadá.
En segundo lugar están las conchas de abanico que sumaron US$ 124.6 millones (-19%). Francia con un 44% del total de los envíos es el principal mercado. Le siguen EE.UU., Bélgica, Canadá e Italia. Otros productos acuícolas importantes son la trucha (US$ 6.1 millones), la tilapia (US$ 1.8 millones) y el paiche (US$ 332 mil 600).

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Compendio
Sugerencias y aportes para el desarrollo de la acuicultura y de la pesca.
¿PORQUE EL PROYECTO DE LEY DE ACUICULTURA NO SE DEBE FRACCIONAR Y DEBE MANTENERSE LA COHERENCIA DEL ESPÍRITU DEL PROYECTO?
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) es la entidad competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, acuicultura, normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados, de acuerdo a lo detallado en el artículo 3° de la Ley de Organización y Funciones (LOF) aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1047, que lo rige.
Asimismo, de acuerdo al acápite a) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, corresponde al Viceministerio de Pesquería “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas en pesquería y acuicultura, bajo su competencia, en coordinación con los otros niveles de gobierno y aquellos sectores que se vinculen, en concordancia con la política ambiental, la normativa sanitaria y alimentaria; y aquellas políticas nacionales en temas económicos y desarrollo sostenible.”
La acuicultura, a nivel mundial, ha ganado importancia en las últimas décadas por su rápido crecimiento llegando a representar cerca de la mitad de los productos hidrobiológicos mundiales. La producción por captura se ha estabilizado implicando que, a nivel agregado, no se encuentra en una etapa expansiva. Por otro lado, la demanda por productos hidrobiológicos continúa en aumento a consecuencia de sus beneficios alimentarios y el crecimiento económico y demográfico mundial. En este contexto, la acuicultura ha absorbido la mayor parte de la demanda por producto hidrobiológicos y está posicionada a satisfacer la gran mayoría de la futura demanda. Además, al ser otra fuente de productos hidrobiológicos, la acuicultura reduce la depredación de los mares, fomentando la sostenibilidad de la actividad pesquera.
En la actualidad la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura ha cumplido su ciclo y se ha detectado algunas distorsiones en su aplicación, por lo que el Proyecto de Ley que se proponga tendrá que corregir y hacer más fácil la formalización y tributo al estado.
Se debe entender que el Proyecto de Ley es un conjunto de acciones que estimula la investigación, la transferencia tecnológica y fomenta la formalización exigiendo como requisito para el acceso a la actividad acuícola que las personas naturales o jurídicas estén inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) creado mediante Decreto Supremo 008-2008-TR.
El proyecto de Ley deberá incluir los avances mostrados y desafíos identificados en la aplicación de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola y la experiencia del Estado como regulador de esta actividad. Asimismo debe tener tiene como objetivo regular y fomentar la acuicultura en sus diversas fases productivas en aguas marinas, aguas continentales o utilizando aguas salobres.
El Proyecto de Ley deberá incluye medidas que fomente la productividad acuícola. En particular, deberá establecen beneficios que reducen la carga fiscal al permitir la depreciación para efecto del Impuesto a la Renta. Además, debe consideran modalidades para acceder a una concesión de un área acuática para la acuicultura y se crea una línea de financiamiento para programas concursales con el fin de mejorar la productividad y diversificar la actividad acuícola.
Bajo este contexto, las propuestas son las siguientes:
1. La depreciación para efecto del Impuesto a la Renta a razón de veinte por ciento (20%) anual.
2. Se garantiza la reserva de recursos destinados al financiamiento de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de la actividad acuícola a través del FIDECOM.
3. Mantiene la aplicación del régimen laboral y de seguridad social establecidos en la Ley N° 27360 “Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario”, por su semejanza.
Asimismo, en el proyecto de Ley se debe incluir que el Estado tenga una Institución que desarrolle todos los temas relacionados de ciencia, tecnología e innovación de alto impacto en acuicultura, altamente calificada, que atienda las prioridades del sector acuícola, contribuyendo con la tecnificación, a mejorar la competitividad, la diversificación y el estableciendo las bases científicas que sustenten el desarrollo de la acuicultura peruana.
En la región se ha visto que países como Chile, Brasil, Ecuador, México y Colombia, han sentado las bases de desarrollo de la acuicultura en instituciones públicas y público-privadas dedicados de manera exclusiva a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en acuicultura, contribuyendo con el fortalecimiento de las cadenas productivas y procurando el desarrollo de nuevos cultivos acuícolas con miras a la diversificación y escalamiento, esto les permite ser importantes países de acuicultura en la región. Por su parte, Brasil para el despegue e impulso de la actividad de acuicultura cuenta desde el año 2009 con un Ministerio de Pesca y Acuicultura y la investigación, desarrollo tecnológico e innovación se basa en los trabajos que realiza el Instituto Nacional de Pesquisas da Amazonia (INPA), el cual realiza investigaciones y desarrollo tecnológico para la acuicultura amazónica. Asimismo, Ecuador para fortalecer la actividad de acuicultura y especialmente la de langostino cuenta con el Centro Nacional de Acuicultura e Investigaciones Marinas – CENAIM, abocado al desarrollo de la acuicultura de langostino (camarón blanco). De igual modo, Colombia cuenta con el Centro de Investigaciones de la Acuicultura de Colombia (CENIACUA), el cual sienta las bases científicas y tecnológicas para el desarrollo de la acuicultura de langostino, tilapia y actualmente de peces marinos, México cuenta con el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INAPESCA) el cual se encarga de la investigación y desarrollo tecnológico de la acuicultura, contando para su labor con centros regionales de investigación. “En el Perú se carece de un Instituto de Investigación e Innovación Tecnológica en Acuicultura”.
En tal sentido, el proyecto de Ley recoge una visión integral de la actividad y está estructurada de manera unitaria que servirá para dar una nueva estructura más orgánica e institucional al desarrollo de la actividad acuícola al país.
Observación sobre los CITE de Pesca y Acuicultura
Con respecto a los CITE de Pesca y Acuicultura son dependencias cuyo objetivo es elevar la competitividad de la producción; para ello realizan un trabajo conjunto con las asociaciones que los agrupan y con las empresas del rubro. Esta se encuentra fuera del alcance del citado proyecto de Ley.
Para conseguir este objetivo los CITE utilizan una serie de instrumentos y herramientas que permiten la innovación y transferencia tecnológica que a su vez se traduce en la mejora de los productos; siendo que en su acción enfatizan la capacitación integral a través de cursos técnicos, mejoramiento de la organización, el conocimiento de técnicas de mercadeo y oferta, así como brindar servicios.
Los CITE posibilitan ampliar y diversificar la oferta de productos artesanales que tienen una demanda efectiva en los distintos mercados. Los CITE actúan como eficaces articuladores de la oferta y la demanda de aspectos de innovación que son inmediatos.
Para un adecuado soporte institucional, sería necesario la creación del Viceministerio de Pesca y Acuicultura, en tanto no se cree el Ministerio de Pesca y de Acuicultura.
Asimismo, es indispensable la creación de Instituto de Investigación e Innovación Tecnológica de la Acuicultura, a fin de dar el soporte científico para la innovación y transferencia tecnológica que requiere a la actividad acuícola. Igualmente los CITE son herramientas por las cuales se puede realizar la transferencia tecnológica.
PROPUESTA DE LA CREACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PARA EL DESARROLLO DE LA ACUICULTURA PERUANA
1. JUSTIFICACIÓN
La acuicultura por definición se orienta al cultivo o producción controlada de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y algas), en áreas continentales o marinas, que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO),
Asimismo, la acuicultura es una actividad productiva orientada a la producción de alimentos de alta calidad que genera empleo e ingresos y en consecuencia contribuye con la seguridad alimentaria de la población. De igual modo un soporte importante para apoyar el crecimiento e innovación productiva en la actividad es el soporte en investigación y desarrollo el cual permite fortalecer las cadenas productivas de especies consolidadas así como la inclusión de nuevas especies con perspectivas de mercado
Se debe señalar que en el Perú el volumen de cosecha de acuicultura se sustenta principalmente en el cultivo de tres especies: la concha de abanico (Argopecten purpuratus), el langostino (Litopenaeus vannamei) y la trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss). En menor medida se encuentra la tilapia (Oreochromis spp.) y peces amazónicos como la gamitana (Colossoma macropomun) y el paco (Piaractus brachipomus) y el paiche (Arapaima gigas). Sin embargo, existen también especies con un gran potencial de cultivo en el ámbito marino y que aún las acciones de investigación y desarrollo son limitadas como en las especies turbot (Scophthalmus maximus), lenguado (Paralichthys adspersus), cabrilla (Paralabrax humeralis), chita (xxxxx( corvina (XXXXX), seriola (xxxxx) y lisa (Mugil cephalus); y entre los moluscos el chanque (Concholepas concholepas), abalón (Haliotis rufescens) Ostra del Pacífico (Crassostrea gigas), erizo (loxechimus albus), macroalgas, entre otros.
La investigación y desarrollo es un pilar importante para el impulso de toda actividad productiva, siendo que en la Región se ha visto que países como Chile, Brasil, Ecuador, México y Colombia, sientan las bases tecnológicas en instituciones públicas y público-privadas dedicados de manera exclusiva a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en acuicultura, contribuyendo con el fortalecimiento de las cadenas productivas y procurando el desarrollo de nuevos cultivos acuícolas con miras a la diversificación, esto les permite ser importantes países de acuicultura en la Región.
En el Perú, para la investigación y desarrollo tecnológico en acuicultura, se cuenta con dos instituciones la primera de éstas es el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), cuya fortaleza se encuentra abocada al estudio de los recursos pesqueros y la dinámica de poblaciones de los mismos, además cuenta con una Dirección de Investigaciones de Acuicultura aún muy limitada y sus acciones no están contribuyendo con sentar bases científicas para impulsar la acuicultura, de otro lado se cuenta con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), cuya fortaleza se encuentra en el otorgamiento de créditos para la pesca y acuicultura, gestión de desembarcaderos para la pesca artesanal y la capacitación del pescador artesanal, para la acuicultura cuenta con una Dirección de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura y del cual dependen centros de acuicultura en la costa y selva del país; sin embargo por su propia estructura, funciones y fortalezas institucionales, la bases tecnológicas desarrolladas para contribuir con la acuicultura peruana es escasa, ello debido a que no existe una integralidad ni articulación entre la investigación realizada por IMARPE y el desarrollo Tecnológico de FONDEPES y en algunos casos al no definir competencias ocurre la duplicidad de acciones de investigación. Cabe indicar que las universidades realizan investigaciones aisladas y que no contribuyen al fortalecimiento de la acuicultura, y también en muchos casos duplicando los esfuerzos de instituciones de investigación.
En tal sentido, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola y en el marco de la prioridades del Programa Nacional de C+DT+i en Acuicultura, se considera importante que para fortalecer la investigación e innovación en acuicultura en el ámbito marino, debe conformarse un centro de investigación específico que conjugue los esfuerzos del sector público y privado, a fin de lograr paquetes tecnológicos que contribuyan al desarrollo de la actividad acuícola en nuestro país y brinde el soporte tecnológico al sector privado apoyando la diversificación de la maricultura.
El Centro de Acuicultura de la Arena de FONDEPES, construido a fines de los 90s, tuvo como propósito apoyar el desarrollo tecnológico de la acuicultura en el Perú y específicamente la maricultura, enfocado a especies de peces, moluscos y crustáceos, siendo que a la fecha, no ha logrado alcanzar los objetivos iniciales que se propusieron, por lo que se requiere replantear su esquema de funcionamiento y trabajo, orientado además el desarrollo de la acuicultura de especies con interés comercial de acuerdo a las necesidades del sector y el cual debe ser liderado por el Ministerio de la Producción, en el marco de sus funciones y competencias.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Potenciar un centro de investigación y desarrollo tecnológico a fin de superar las dificultades para lograr paquetes tecnológicos que permitan aprovechar nuestras ventajas comparativas para el cultivo de especies marinas.
2.2. Específicos
• Desarrollar investigaciones orientadas a las necesidades de los agentes productivos nacionales
• Prestar a los operadores del sector privado (empresarios y sector artesanal) servicios especializados para la transferencia tecnológica e innovación en acuicultura.
• Establecer un centro de referencia de desarrollo acuícola de alta especialización
• Fortalecer las capacidades tecnológicas de los técnicos e investigadores acuícolas.
3. PRINCIPALES COMPONENTES
El centro orientará sus esfuerzos en componentes temáticos para el desarrollo de paquetes tecnológicos y su posterior transferencia, además de servicios que prestará como soporte al sector empresarial
Componente 1. Desarrollo de ciencias básicas
Componente 2. Domesticación, reproducción, crecimiento y engorde de especies marinas.
Componente 3. Manejo Integral de los alimentos (alimento vivo y balaceado)
Componente 4. Tecnologías de producción e innovación de los cultivos
Componente 5. Genética y Biotecnología
Componente 6. Patobiología acuática
4. INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE
Como infraestructura de soporte, el Centro debe contar con lo siguiente:
– Laboratorio de Patobiología acuática; para investigar la etiología, patología y epidemiología de las enfermedades que afectan a los animales acuáticos, tanto en el ambiente natural como en las unidades de cultivo.
– Laboratorio de Microbiología acuática; dedicada a la investigación y vigilancia de bacterias y hongos patógenos o de importancia epidemiológica y ecológica en el ambiente acuático, con énfasis en las áreas acuícolas.
– Laboratorio de Nutrición y alimento vivo; dedicada a la investigación y formulación de piensos balanceados y cultivos primarios para la alimentación de especies acuáticas.
– Laboratorio de microalgas; fundamental para mantener las cepas de microalgas que sostienen un hatchery, y para la producción de microalgas en todos sus niveles.
– Laboratorio de Genética, biología molecular y PCR; es importante para mejorar la productividad y las características de las especies en producción, así como, para el diagnóstico de patógenos bacterianos y virales mediante la detección de ADN, método de alta sensibilidad.
– Laboratorio de Biotecnología; ejecución de bioprospecciones y estudios para identificar principios bioactivos en recursos acuáticos, para proponer su aprovechamiento industrial.
– Laboratorio de Ecotoxicología acuática; evaluación de calidad de agua, riesgo ambiental de plaguicidas, metales pesados, efluentes domésticos e industriales sobre organismos acuáticos.
– Áreas de hatchery & nursery, que comprende los espacios necesarios para realizar experiencias de reproducción, desarrollo larval y nursery bajo condiciones controladas.
– Áreas de cultivo piloto; en la cual se mantendrían los individuos juveniles y adultos e diferentes sistemas de cultivo.
5. PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Cepas para alimento vivo
Se pondrá a disposición cepas de microorganismos acuáticos
– Cepas microalgales
– Cepas de rotíferos
– Cepas de artemias
– Cultivos mixtos a base de rotiferos y copepodos
Monitoreo microbiológico en áreas acuícolas
– Análisis de la calidad microbiológica de fuentes del centro de producción
– Vigilancia ambiental para la detección de agentes patógenos en zonas de maricultura
– Asesoramiento en la prevención de la contaminación microbiológica de las áreas acuícolas.
Evaluaciones de riesgo ambiental
– Evaluación de calidad de agua, pruebas de toxicidad de plaguicidas, metales pesados y compuestos químicos presentes en efluentes vertidos a cauces para cultivos acuícolas
– Determinación de los principales parámetros abióticos de la calidad del agua para uso acuícola
Semilla de peces, moluscos bivalvos y algas
– Oferta de semillas de peces, moluscos y macroalgas
– Acondicionamiento de reproductores de peces y moluscos marinos a condiciones de cautividad
– Asesoramiento en el cultivo larval y obtención de semilla (alevines, postlarvas, plántulas) de peces, bivalvos marinos y macroalgas.
Pruebas de ADN
– Detección de virus y otros patógenos
– Prueba de filiación
– Determinación de sub poblaciones
– Identificación de especies
Transferencia tecnológica
– Asistencia en la aplicación de tecnologías generadas para los cultivos acuícolas
ORGANIZACIÓN
1. Órgano de Gobierno
Directorio (PRODUCE – IMARPE – FONDEPES- ITP-CONCYTEC-UNIVERIDADES-EMPRESA PRIVADA)
2. Órgano ejecutivo
Director técnico (PRODUCE)
3. Órganos de Apoyo
Oficina General de Administración
Oficina de cooperación técnica
4. Órganos de Línea:
Oficina técnica científica
• Programa de investigación en especies peces marinos y, crustáceos y algas.
• Programa de investigación para aclimatación y domesticación, reproducción, alevinaje y engorde de peces marinos.
• Programa de investigación en Manejo Integral de los alimentos para todo el ciclo de vida las especies en investigación (alimento vivo y balaceado)
• Programa de investigación en tecnologías e innovación de los cultivos.
• Programa de Investigación de cultivos de especies altamente rentables
• Programa de investigación de cultivos de especias herbívoras y omnívoras
• Programa de capacitación evaluación y seguimiento a acuicultores
• Programa de intercambio de expertos.
• Programa de investigación de infraestructura acuática para el cultivo
PROPUESTA DE RESTRUCTURACIÓN DEL VICEMINISTERIO DE PESQUERÍA
Hasta que se dé la creación del Ministerio de Pesca y de Acuicultura
Pongo a su consideración una estructura más acorde al desarrollo del Sector Pesca y de Acuicultura y desarrollo las funciones de la Direccion General de Acuicultura.
Con Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa del caso a los profesionales que la formularon, resulta inoperante, nada funcional, técnicamente mal concebido, sin visión al futuro, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, crea cuellos de botella causando demoras y por ende un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, por lo es necesario su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú.
Uno de sus graves defectos fue suprimir la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesquería, la Direccion General de Acuicultura, la creación de la Direccion General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Oficina General de Recursos Humanos y otras perlas.
Con respecto al viceministerio de Pesquería este debería pasar a ser Viceministerio de Pesca y de Acuicultura, asimismo se propone lo siguiente cambios en las Direcciones Generales y de Línea:
VICEMINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA
OFICINA DE POLÍTICAS Y DESARROLLO PESQUERO Y ACUÍCOLA (conformada por asesores con una trayectoria y experiencias comprobada). Vería temas puntuales y de interés del Sector.
DIRECCION GENERAL DE EXTRACCIÓN
• Direccion de Pesca Artesanal
• Direccion de Pesca a Mediana escala
• Direccion de Pesca a Mayor escala
DIRECCION GENERAL DE TRANSFORMACIÓN
• Direccion de Procesamiento Artesanal
• Direccion de Procesamiento de Mediana escala
• Direccion de Procesamiento a Mayor escala
DIRECCION GENERAL DE ACUICULTURA
• Direccion de Ordenamiento de la Acuicultura
• Direccion de Desarrollo de la Acuicultura
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES Y SOSTENIBILIDAD PESQUERA
• Direccion de Asuntos Ambientales Pesquera y Acuícola
• Direccion de Coordinación del Cambio Climático
• Direccion de Información Ambiental Pesquera
Las Direcciones Generales no mencionadas quedarían igualmente conformadas o pasarían a ser una Superintendencia que sería lo más recomendable.
Funciones de la estructura de la DIRECCION GENERAL DE ACUICULTURA:
De la Dirección General de Acuicultura
La Dirección General de Acuicultura, es el órgano de línea del Ministerio de la Producción, con autoridad técnica, normativa y promotora a nivel nacional, encargado de formular, proponer, ejecutar, supervisar y evaluar los Objetivos, Políticas y Estrategias Nacionales y Sectoriales en materia de acuicultura, así como dictar normas y establecer los procedimientos relacionados a su competencia, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos y la protección del ambiente.
Depende directamente del Despacho Viceministerial de Pesca y de Acuicultura.
Sus funciones son:
a) Proponer, dirigir y supervisar los objetivos, políticas y estrategias nacionales y sectoriales en materia de acuicultura en el ámbito nacional y macro regional, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
b) Proponer planes, programas y proyectos de alcance nacional, relativos a la acuicultura, en coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto, los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, los Organismos Públicos del Sector y los Gobiernos Regionales, según corresponda;
c) Evaluar los Objetivos, Políticas, Estrategias, planes, programas y proyectos a nivel nacional vinculados a la acuicultura;
d) Proponer la normatividad de alcance nacional para el ordenamiento y desarrollo de la acuicultura, así como efectuar la supervisión y evaluación de su cumplimiento, orientada al aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático;
e) Proponer e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al ordenamiento y desarrollo de la acuicultura;
f) Proponer, coordinar y supervisar, en coordinación con Organismos Públicos del Sector y Gobiernos Regionales y Locales, los programas de capacitación y extensión para el desarrollo de las actividades de acuicultura a nivel nacional, dirigidas a los agentes vinculados a la misma;
g) Proponer, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el ordenamiento y desarrollo de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
h) Diseñar propuestas, supervisar y promover, en coordinación con los organismos competentes la implementación del Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en acuicultura;
i) Otorgar derechos administrativos, para el desarrollo de la acuicultura a mayor escala y concesiones especiales para actividades de acuicultura en áreas naturales protegidas no declaradas intangibles; así como declarar el término de los mismos; y la resolución de los recursos impugnativos interpuestos, en el marco de su competencia;
j) Otorgar permisos de exportación o importación y certificado de reexportación en el marco de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de especies hidrobiológicos, productos o subproductos provenientes de la acuicultura;
k) Otorgar los derechos de concesión y autorización para el desarrollo de la acuicultura de menor escala y de subsistencia; de autorizaciones de poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua; de autorizaciones para efectuar investigación en acuicultura en áreas acuáticas públicas; el cambio de titular y la renovación de los mismos, en los casos mencionados; (temporal)
l) Expedir certificados para la importación o introducción de especies en sus diferentes estadios, con fines de acuicultura; y, para la exportación de especies vivas en sus diferentes estadios, provenientes de la acuicultura (excepto peces ornamentales); (temporal)
m) Expedir certificaciones correspondientes a los servicios que brinda el Ministerio; (temporal)
n) Expedir resoluciones directorales en asuntos de su competencia, autenticar las copias que se soliciten, y administrar el registro, numeración y distribución de las mismas;
o) Verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en las Resoluciones autoritativas para el desarrollo de la actividad de acuicultura;
p) Dirigir el Catastro Acuícola Nacional y la Red Nacional de Información Acuícola;
q) Coordinar con las instituciones correspondientes la habilitación de áreas marinas y continentales destinadas al desarrollo de actividades de acuicultura; y,
r) Actuar como Secretaría Técnica e Interactuar en el marco de sus atribuciones con la Comisión Nacional de Acuicultura – CNA;
s) Procurar fondos a nivel nacional e internacional para el desarrollo de la acuicultura y apoyar el desarrollo de nuevos mercados y nuevos productos acuícolas;
t) Representar al Sector en eventos nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con la actividad de acuicultura
u) Expedir, las constancias y certificaciones correspondientes a los servicios establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, a solicitud de los usuarios de las actividades de acuicultura;
v) Expedir resoluciones directorales en asuntos de su competencia, autenticar las copias que se soliciten y administrar el registro, numeración, distribución y custodia de las mismas;
w) Dirigir, supervisar y controlar las actividades a cargo de las unidades orgánicas a su cargo; y,
x) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Pesca y de Acuicultura o aquellas que le sean dadas por normatividad expresa.
De las Unidades Orgánicas de la Dirección General de Acuicultura
La Dirección General de Acuicultura contará con las siguientes unidades orgánicas:
• Dirección de Ordenamiento y Administración de la Acuicultura,
• Dirección de Fomento y Desarrollo de la Acuicultura.
•
De la Dirección de Ordenamiento de la Acuicultura
Sus funciones serían:
a) Supervisar el cumplimiento de las políticas y normas aplicables al desarrollo de las actividades de la acuicultura en el ámbito nacional y macroregional, así como las políticas y normas de alcance nacional aplicables a los derechos otorgados a nivel de mayor escala, menor escala, subsistencia y repoblamiento;
b) Proponer y elaborar los Objetivos, Políticas y estrategias Nacionales y Sectoriales aplicables al ordenamiento de la acuicultura, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
c) Proponer y elaborar la normatividad de alcance nacional para el ordenamiento de la acuicultura, así como efectuar la supervisión y evaluación de su cumplimiento, orientada al aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático;
d) Evaluar los objetivos, políticas y planes a nivel nacional vinculados al ordenamiento de la acuicultura;
e) Proponer, elaborar e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento y perfeccionamiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al ordenamiento de la acuicultura;
f) Proponer, elaborar, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el ordenamiento de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
g) Evaluar y proyectar el otorgamiento de derechos administrativos, para el desarrollo de la acuicultura; así como la declaración del término de los mismos; y la resolución de los recursos impugnativos interpuestos, en el marco de su competencia;
h) Evaluar y proyectar el otorgamiento de permisos de exportación o importación y certificado de reexportación en el marco de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de especies hidrobiológicos, productos o subproductos provenientes de la acuicultura;
i) Evaluar y proyectar el otorgamiento de derechos de concesión y autorización para el desarrollo de la acuicultura de menor escala y de subsistencia, de autorizaciones de poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua, de autorizaciones para efectuar investigación en acuicultura en áreas acuáticas públicas, el cambio del titular y la renovación de los mismos, en los casos mencionados; (temporal)
j) Evaluar y proyectar la expedición de certificados para la importación o introducción de especies en sus diferentes estadios, con fines de acuicultura; y para la exportación de especies vivas en sus diferentes estadios, provenientes de la acuicultura (excepto peces ornamentales); (temporal)
k) Evaluar y proyectar la expedición de certificaciones correspondientes a los servicios que brinda el Ministerio; (temporal)
l) Proponer la expedición de resoluciones directorales en asuntos de su competencia;
m) Evaluar la óptima utilización de las concesiones y autorizaciones así como el cumplimiento de los compromisos establecidos en las Resoluciones autoritativas para el desarrollo de la actividad de acuicultura;
n) Administrar y actualizar el Catastro Acuícola Nacional, recabar los informes semestrales de las empresas acuícolas, reportes regionales y sistematizar la información a nivel nacional
o) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de acuicultura;
p) Efectuar las coordinaciones interinstitucionales correspondientes para la habilitación de áreas marinas y continentales destinadas al desarrollo de actividades de acuicultura; y,
q) Las demás funciones que le asigne el Director General de Políticas, Regulación y Desarrollo de la Acuicultura.
r) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de la acuicultura;
s) Cumplir con las demás funciones que le asigne la Dirección General de Acuicultura.
De la Dirección de Fomento y Desarrollo de la Acuicultura
Sus funciones serían:
a) Proponer y elaborar los Objetivos, Políticas y Estrategias Nacionales y Sectoriales aplicables al desarrollo de la acuicultura, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
b) Proponer, elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos de alcance nacional relativos al desarrollo de la acuicultura, en coordinación con la Oficina General de Planificación, Presupuesto e Inversiones, los órganos y unidades orgánicas del Ministerio, los Organismos Públicos del Sector y los Gobiernos Regionales, según corresponda;
c) Evaluar los objetivos, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos a nivel nacional vinculados al desarrollo de la acuicultura;
d) Proponer, elaborar e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al desarrollo de la acuicultura;
e) Proponer, coordinar, ejecutar y evaluar los programas de fortalecimiento de capacidades empresariales para el desarrollo de las actividades de acuicultura a nivel nacional, dirigidas a los agentes vinculados a la misma;
f) Proponer, elaborar, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el desarrollo de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
g) Formular, gestionar, ejecutar y evaluar conjuntamente con la Dirección General de Acuicultura, planes, programas y proyectos para promover el desarrollo de las actividades de acuicultura en el ámbito nacional y macroregional, optimizando el uso, conservación de los recursos hidrobiológicos y el aprovechamiento responsable del medio acuático;
h) Elaborar propuestas, supervisar y promover, en coordinación con los organismos competentes la implementación del Programa Nacional de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación en acuicultura;
i) Administrar y actualizar la Red Nacional de Información Acuícola;
j) Apoyar la generación y gestión de información sobre desarrollo de mercados y productos de la acuicultura, en coordinación de la Oficina General de Planificación, Presupuesto e Inversiones;
k) Organizar, coordinar y apoyar actividades de concertación de alcance nacional con los sectores y entidades involucradas con el desarrollo de la acuicultura.
l) Promover, coordinar y gestionar la formulación y ejecución de programas de investigación y transferencia tecnológica a nivel nacional, macroregional o internacional para el desarrollo de las actividades de acuicultura;
m) Proponer, gestionar, apoyar, coordinar y supervisar, en coordinación con los organismos competentes, la ejecución de programas y acciones de capacitación y perfeccionamiento profesional y técnico en el ámbito nacional y macroregional para el desarrollo de las actividades de acuicultura dirigidas a los agentes del sector público y privado;
n) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de acuicultura;
o) Proponer las resoluciones directorales en asuntos de su competencia; y,
p) Las demás funciones que le asignen el Director General de Acuicultura.
CAMBIOS PARA MEJORAR LAS ESTRUCTURAS POLÍTICAS E INSTITUCIONAL EN LA INDUSTRIA, LA PESCA Y LA ACUICULTURA EN EL PERÚ.
SÍNTESIS
Recogiendo el pensamiento y sentir de las múltiples conversaciones sostenidas con colegas y usuarios del servicio de PRODUCE, (acorde a lo dispuesto por el gobierno que ha declarado el año 2014 “Año de la Promoción de la Industria y Responsable y del Compromiso Climático”), en tal sentido, este documento tiene la finalidad de expresar sus inquietudes y recomendaciones, asimismo, establecer una corriente de opinión a favor de la creación del MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA y del MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
El Ministerio de la Producción fue creado por Ley 27779 del 10 de julio de 2002 (hace ya 11 años) y tiene como finalidad diseñar, establecer, ejecutar y supervisar, en armonía con la política general y los planes de gobierno, políticas nacionales y sectoriales aplicables a los sectores de pesquería y de MYPE e industria, asumiendo rectoría respecto de ellas. Dicta normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del Sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva.
Hoy en día la situación ha cambiado y evolucionado y por la importancia que ha tomado el Sector industria, motor del desarrollo de un país moderno; esta situación viene afectando al Sector Pesquero, que ha venido siendo marginado por lo que actualmente es poco viable dicho Ministerio, para los retos de hoy y la incertidumbre del mañana.
El sector Producción comprende actualmente dos viceministerios el de Industria y el de Pesquería (que debió llamarse Viceministerio de Pesca y de Acuicultura) y los Organismos Públicos adscritos, Proyectos y Comisiones bajo su jurisdicción. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores pesquería y de micro y pequeña empresa (MYPE) e industria.
Mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa del caso a los profesionales que la formularon, resulta inoperante, nada funcional, técnicamente mal concebido, sin visión al futuro, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, se podría fomentar la corrupción institucional interna, causando demoras y por ende un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, asimismo se le resta importancia a los asuntos ambientales y acuícolas desapareciendo las citadas Direcciones Generales, y creando otras que se han convertido en verdaderos cuellos de botella, por lo que es recomendable su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú, (SOLO BASTA VER EL REPORTE DE DOCUMENTOS INGRESADOS Y ATENDIDOS EN EL SISTEMA DE TRAMITE DOCUMENTARIO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION) debido mayormente por la frondosa burocracia creada).
LA INDUSTRIA se define como un conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados o semielaborados. Además de materias primas, para su desarrollo, la industria necesita maquinaria y recursos humanos organizados habitualmente en empresas. Existen diferentes tipos de industrias, según sean los productos que fabrican. Por ejemplo, la industria alimenticia se dedica a la elaboración de productos destinados a la alimentación, como el queso, los embutidos, las conservas, etc., por lo que se requiere de un MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA con dos (2) VICEMINISTERIOS UNO DE INDUSTRIA Y OTRO DE MYPES E INNOVACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA CON TRASFERENCIAS TECNOLÓGICA, a fin de que se dé el impulso que se requiere para el crecimiento de la manufactura e industria y en la calidad de los mismos en el país.
De otro lado el SECTOR PESCA actualmente se encuentra muy debilitado, por la falta de una política adecuada y de confianza, en donde se ha perdido el liderazgo que requiere este Sector tan importante, la pesca extractiva de consumo humano directo e indirecto ya llego a su máxima capacidad de explotación, y el cambio Climático amenaza en convertirnos en un par de décadas en un mar pobre, con las características del mar caribeño, es así que el SECTOR ACUÍCOLA se presenta como alternativa real, y de gran importancia para la economía y seguridad y soberanía alimentaria. (Los demás países lo han comprendido y lo ven como una alternativa viable). Pero en el Perú no se le ha dado la importancia requerida y más bien la han minimizado y debilitado por la falta de una política con visión y gestión ante los retos que se presentará a corto plazo. Siendo la acuicultura la actividad que abastecerá y suplirá la creciente demanda de proteínas animal y garantizar la soberanía y seguridad alimentaria del país y crea riqueza, y puede ser es un factor de inclusión para los pescadores artesanales en general, por lo que es indispensable la creación del MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA, con dos (2) VICEMINISTERIOS EL DE PESCA Y EL DE ACUICULTURA, con visión empresarial pesquera y acuícola generadora de desarrollo que haga propio los problemas y retos que pasa el Sector, creando la confianza necesaria a nivel de los inversionistas nacionales e internacionales para asegurar su desarrollo y progreso. Asimismo atender de manera adecuada las demandas crecientes de los pescadores artesanales en sus reivindicaciones justas.
Viceministerio de Pesca tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Extracción, de Procesamiento, de Pesca Artesanal, de Medio Ambiental, de Supervisión y Fiscalización, y de Sanciones.
Viceministerio de Acuicultura tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Ordenamiento y Administración, de Gestión y Desarrollo, de Medio Ambiente (FAO recomendó las creaciones de estas Direcciones en beneficio del desarrollo de la acuicultura en el Perú).
La ACUICULTURA por definición se orienta al cultivo de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y plantas), en áreas continentales o costeras (marinas), que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO), que viene a ser lo antagónico, (pero compatible) a la actividad de la PESCA (industrial, (directo o indirecto para el consumo humano), artesanal y deportiva), que por definición es la captura y extracción de su medio natural de peces u otras especies acuáticas como crustáceos, moluscos e invertebrados. (FAO).
Por lo expuesto, existe actualmente UN ERROR EN MESCLAR O INCLUIR LA PESCA CON LA ACUICULTURA; ya que estas actividades tienen sus técnicas, formas y desarrollos tecnológicos diferenciados. La actividad acuícola permite incluir a las poblaciones rurales a acceder a los mercados, dando la oportunidad de crear riqueza, generar bienestar y apoyar a la soberanía y seguridad alimentaria del país. Sería recomendable ver la página http://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx; y analizaran los presupuestos, gastos y calidad de los mismos, del Sector PRODUCCION y como se ha dejado de desarrollar programas y proyectos presupuestados, consecuencia de una mala reorganización del Sector que no ha tomado en cuenta el factor técnico, carente de una visión a futuro, por lo que resulta de prioridad la separación de los Sectores industria y pesquería, a fin de desarrollar todo el potencial de cada Sector. Cabe precisar que este es el deseo y esperanza del Capítulo de Ing. Pesqueros de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú.
Se recomienda leer el documento completo y sugiero crear una corriente de pensamiento que genere progreso para todos los peruanos.
EL ROL DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION: LA INDUSTRIA, LA PESCA Y LA ACUICULTURA,
MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA
El Ministerio de la Producción fue creado por Ley 27779 del 10 de julio de 2002. Tiene como finalidad diseñar, establecer, ejecutar y supervisar, en armonía con la política general y los planes de gobierno, política nacionales y sectoriales aplicables a los sectores de pesquería y de MYPE e industria, asumiendo rectoría respecto de ellas. Dicta normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del Sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva.
Inicialmente se consideró que progresivamente se irían incorporando los Ministerios de Agricultura, y el de Energía y Minas, el cual no progreso porque se dieron cuenta que cada Sector debería ser representado por un ministro que asumiera su responsabilidad y se diera el impulso requerido y a tiempo exclusivo del Sector encomendado.
Cabe señalar que la industria se define como un conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados o semielaborados. Además de materias primas, para su desarrollo, la industria necesita maquinaria y recursos humanos organizados habitualmente en empresas. Existen diferentes tipos de industrias, según sean los productos que fabrican. Por ejemplo, la industria alimenticia se dedica a la elaboración de productos destinados a la alimentación, como el queso, los embutidos, las conservas, etc.
Desde el origen del ser humano, este ha tenido la necesidad de transformar los elementos de la naturaleza para poder aprovecharse de ellos, en sentido estricto ya existía la industria, pero es hacia finales del siglo XVIII, y durante el siglo XIX, cuando el proceso de transformación de los Recursos de la naturaleza sufre un cambio radical, que se conoce como revolución industrial.
Este cambio se basa, básicamente, en la disminución del tiempo de trabajo necesario para transformar un recurso en un producto útil, gracias a la utilización de en modo de producción capitalista, que pretende la consecución de un beneficio aumentando los ingresos y disminuyendo los gastos. Con la revolución industrial el capitalismo adquiere una nueva dimensión, y la transformación de la naturaleza alcanza límites insospechados hasta entonces.
Gracias a la revolución industrial las regiones se pueden especializar, sobre todo, debido a la creación de medios de transporte eficaces, en un mercado nacional y otro mercado internacional, lo más libre posible de trabas arancelarias y burocráticas. Algunas regiones se van a especializar en la producción industrial, conformando lo que conoceremos como regiones industriales.
Una nueva estructura económica, y la destrucción de la sociedad tradicional, garantizaron la disponibilidad de suficiente fuerza de trabajo asalariada y voluntaria.
La industria fue el sector motor de la economía desde el siglo XIX y, hasta la Segunda Guerra Mundial, la industria era el sector económico que más aportaba al Producto Interior Bruto (PIB), y el que más mano de obra ocupaba. Desde entonces, y con el aumento de la productividad por la mejora de las máquinas y el desarrollo de los servicios, ha pasado a un segundo término. Sin embargo, continúa siendo esencial, puesto que no puede haber servicios sin desarrollo industrial.
El capital de inversión en Europa procede de la acumulación de riqueza en la agricultura. El capital agrícola se invertirá en la industria y en los medios de transporte necesarios para poner en el mercado los productos elaborados.
En principio los productos industriales aumentan la productividad de la tierra, con lo que se disminuye fuerza de trabajo para la industria y se obtienen productos agrícolas excedentarios para alimentar a una creciente población urbana, que no vive del campo. La agricultura, pues, proporciona a la industria capitales, fuerza de trabajo y mercancías.
Todo ello es una condición necesaria para el desarrollo de la revolución industrial. En los países del Tercer Mundo, y en algunos países de industrialización tardía, el capital lo proporciona la inversión extranjera, que monta las infraestructuras necesarias para extraer la riqueza y las plusvalías que genera la fuerza de trabajo; sin liberar de las tareas agrícolas a la mano de obra necesaria, sino sólo a la imprescindible. En un principio hubo de recurrirse a la esclavitud para garantizar la mano de obra. Pero el cambio de la estructura económica, y la destrucción de la sociedad tradicional, garantizaron la disponibilidad de suficientes capitales.
En tal sentido la creación del Ministerio de la Produccion resultó ser un experimento piloto, que con el trascurso del tiempo resulta inoperante, la situación ha cambiado, y por la importancia que ha tomado el Sector industria y al ser el Sector motor del desarrollo de un país y el actual gobierno ha puesto todo su empeño en que haya un desarrollo sostenido del mismo, (esta situación viene afectando al Sector Pesquero), por lo que actualmente es poco viable dicho Ministerio para los retos de hoy y la incertidumbre del mañana.
Cabe señalar, que actualmente se viene perjudicando el desarrollo de la actividad de la pesca y en especial la acuicultura por la falta de decisión política, causando un retroceso en estas actividades tan importantes para la seguridad y soberanía alimentaria y generadora de empleo.
En tal sentido, considero que cada sector debe ir por cuerdas separadas, y es hora de que cada Sector tenga su propio Ministerio:
MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA.
Estructura del Sector Produccion
El sector Producción comprende al Ministerio de la Producción, a los Organismos Públicos Descentralizados, Proyectos y Comisiones bajo su jurisdicción. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores pesquería y de micro y pequeña empresa (MYPE) e industria.
La creación de los CITES está contemplada en la Ley N° 27267 que promueve la creación de nuevos CITES, públicos y privados, que brinden servicios tecnológicos a las empresas con capacidad técnica acreditada.
El Ministerio de la Producción de acuerdo a la Artículo N° 8 de la Ley 27267, en concordancia con el artículo 33° de su Reglamento aprobado mediante del Decreto Supremo N° 027-2000-ITINCI y de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCE, a través del Viceministro de Industria tendrá a su cargo el rol de autoridad competente para la coordinación y concertación de las acciones de las diferentes entidades públicas y privadas en innovación y transferencia de tecnología para:
• Diseñar la política de apoyo tecnológico para promover la innovación en el
Sector productivo.
• Proponer y opinar respecto de la creación de CITES de derecho público.
• Registrar y supervisar el funcionamiento de CITES.
• Promover la consolidación de una Red de Centros de Innovación
Tecnológica.
• Las demás que se establezcan
Mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa de los profesionales que la formularon resulta inoperativa y nada funcional, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, y podría fomentar la corrección institucional, causando un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, por lo que sería recomendable su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú, con participación de los sectores y colegios profesionales. [La reorganización del Ministerio de la Producción es un fracaso en lo organizacionalmente y administrativamente se refiere, hoy día los documentos que solicitan los recurrentes del sector pesca demoran el triple en dar respuesta que antes de la famosa restructuración (SOLO BASTA VER REPORTE DE DOCUMENTOS IMNGRESADOS Y ATENDIDOS EN EL SISTEMA DE TRAMITE DOCUMENTAL DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION) y se mas fácil la presencia de la corrección, por lo frondoso de la burocracia creada.], Asimismo en el sector pesca desaparece la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, y crean la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (lo cual no es coherente, a un Sector si y al otro no) , Igualmente desaparece la Dirección General de Acuicultura, y la convierte en una Dirección de Línea, de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano, perdiéndose la importancia de este sub sector (Acuicultura) en la frondosa burocracia creada, en perjuicio de una actividad que en un futuro cercano será la que sustente la soberanía y seguridad alimentaria y generadora de empleo sostenible del país, desconociendo totalmente la tendencia mundial a fortalecer esta actividad acuícola como factor de progreso, de otro lado le dan mayor importancia a los órganos de apoyo convirtiéndolas en Direcciones Generales en perjuicio de las Direcciones Técnicas, que son el sustento del Sector, (MEJOR DICHO LAS COSAS ESTÁN AL REVÉS).
Actualmente se viene dando bastantes funciones al viceministerio de Industria y PYME, lo que ha ocasionado que el viceministerio de Pesquería pase a un segundo plano, en la jerarquía de decisiones, perjudicando la visión del Sector Pesca; el crecimiento de responsabilidades otorgadas al sector industria resulta insostenible y poco práctico para que sea ejecutado a través de un solo viceministerio y hoy que las circunstancias obligan a fortalecer y crear riqueza y empleo a través de la industria, hay que dar un paso adelante, audaz con miras al futuro, por lo que se requiere de dos (2) viceministerios uno de industria y otro de Mypes e innovación e implementación de la con trasferencias tecnológica, a fin de que se dé el impulso que se requiere para el crecimiento de la manufactura e industria en el país, en tal sentido se necesita un ministerio que se dedique a tiempo completo con visión empresarial e industrial con capacidad de gestión, que haga propio los problemas que pasa el Sector Industrial para fortalecerlo, crecer y que asuma la responsabilidad de llevar adelante el gran cambio de pequeñas industrias, dando las condiciones adecuadas y confianza que le permita crecer con calidad y prosperar para pasar a un nivel mayor, así como a la grandes industrias o conglomerados industriales.
De otro lado el Sector Pesca actualmente se encuentra muy disminuido y debilitado, por la falta de una política adecuada y de confianza, en donde se ha perdido el liderazgo que requiere este Sector tan importante, la pesca extractiva de consumo humano directo e indirecto ya llego a su máxima capacidad de explotación, y el cambio Climático amenaza en convertirnos en un par de décadas en un mar pobre, con las características del mar caribeño y asimismo una baja del recurso hídrico, por lo que requiere un cuidado especial, con un trabajo técnico muy fino y especializado para preservar y regular la pesca extractiva para el consumo humano directo e indirecto, es así que el Sector Acuícola se presenta como alternativa real y sustentable en el tiempo; los demás países lo ven como una alternativa viable, y de gran importancia para su economía y seguridad y soberanía alimentaria. Pero en el Perú no se le ha dado la importancia requerida y más bien se ha debilitado por la falta de una política con visión y gestión ante los retos que se presentará a corto plazo. Siendo la acuicultura la actividad que abastecerá y suplirá la creciente demanda de proteínas animal y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria del país creando riqueza y empleo, incorporando a los pescadores artesanales a una nueva actividad, en tal sentido considerado un deber de la sociedad y en especial de la clase política crear y frotarle el MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA, con dos (2) viceministerios el de Pesca y el de Acuicultura.
En ese sentido, se necesita un ministerio con visión empresarial pesquera y acuícola que haga propio los problemas que pasa el Sector dedicado a tiempo completo en fortalecerlo y gestionar su crecimiento, creando la confianza necesaria en a nivel de inversionistas nacionales y extranjeros para asegurar su desarrollo, asimismo atendiendo las demandas justas y crecientes de los pescadores artesanales (Actualmente tal responsabilidad no debería recaer en un Ministerio de la Producción en que sus funciones son tan diversas, distintas y dispersas, lo que viene causando una distorsión en las actividades propias de los sectores antes indicados); (como dice un antiguo refrán el que mucho abarca, poco aprieta).
Por lo expuesto, dejo a los Colegios Profesionales y a los entendidos y conocedores de la realidad e importancia de un MINISTERIO DE INDUSTRIA Y DE MYPES E INNOVACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA, para que den sus aporte y opiniones para enriarse esta propuesta y su difusión, a fin de crear una opinión colectiva para las modificaciones a la Ley 27779.
MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA
El Viceministerio de Pesca tendrá un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Extracción, de Procesamiento, de Pesca Artesanal, de Medio Ambientales, de Supervisión y Fiscalización, y de Sanciones.
Actualmente el subsector pesca presenta grandes limitaciones entre ellas: la falta de una cadena de frio (aspecto básico en la pesca), modernización de la flota pesquera artesanal e industrial (directa e indirecta), mejoramiento e incremento de muelles adecuados y tecnificados, dotar de patrullaje en las zonas de pesca, tecnificación en los aparejos de pesca, mejoramiento y modernización del sistema de comercialización, apoyo financiero a los pescadores artesanales y capacitación a los pescadores etc….
El Viceministerio de Acuicultura tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Ordenamiento y Administración, de Gestión y Desarrollo, de Medio Ambiente.
La actividad acuícola es la actividad que sustentara en el futuro cercano la soberanía y seguridad alimentaria, y generara empleos sustentables especialmente en las zonas rurales, absorber la mano de obra que deje la pesca extractiva.
La ACUICULTURA por definición se orienta al cultivo de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y plantas), en áreas continentales o costeras (marinas), que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO), que viene a ser lo antagónico, (pero compatible) a la actividad de la PESCA (industrial, artesanal y deportiva) que por definición es la captura y extracción de su medio natural de peces u otras especies acuáticas como crustáceos, moluscos e invertebrados. (FAO).
En tal sentido, es un error mesclar o incluir la pesca con la acuicultura; se puede sostener que estas actividades tienen sus técnicas, formas y desarrollos tecnológicos diferenciados, toda vez que la ACUICULTURA se orienta al cultivo (crianza) de recursos hidrobiológicos pudiendo generar su semilla sin afectar el medio ambiente, a diferencia de la PESCA extractiva que está basada en la captura directamente del medio acuático. De otro lado, la acuicultura implica la propiedad individual o colectiva del stock cultivado favoreciendo su protección, a diferencia de la actividad extractiva la cual si no es debidamente regulada influye negativamente sobre las poblaciones naturales.
La actividad acuícola permite incluir a las poblaciones rurales y absorber la mano de obra que deje la pesca extractiva a acceder a los mercados, tenga la oportunidad de crear riqueza, generar bienestar y apoyar a la seguridad y soberanía alimentaria del país. (Nuestro vecino país, Chile viene invirtiendo millones de dólares en la investigación acuícola para su trasferencia al Sector privado y al Sector Artesanal y así mantener la supremacía en el subsector acuícola a nivel latinoamericano y mundial).
Hay que descentralizar el poder político, por lo que es nesesario ir a 2 Ministerio, para fortalecer la economía nacional y cumplir con el rol que le corresponde al estado.
Ver gasto presupuestal por sector, por unidad ejecutora y proyectos y analizar la calidad del gasto efectuado.
En ese sentido, se requiere que el estado asuma su responsabilidad con respecto a estos 2 sectores y se tome la decisión política que se requiere para el bien del país, que necesita de una industria sólida y fortalecida con políticas adecuadas y amigable para la inversión y una pesquería acorde a los tiempos actuales con miras al futuro y al cambio climático.
1.1. ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SUB SECTOR ACUICOLA.
La Dirección General de Acuicultura con visión futurista y entendedora de los cambios climáticos que se avecinaba (hoy Dirección de Acuicultura de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano) viene gestando desde el año 2009 a la luz de los lineamientos de política pública, consideró que se requiere contar con una norma actualizada que regule la actividad acuícola, a fin de facilitar la administración de la actividad y la transparencia de la gestión pública a cargo del Ministerio, Gobiernos Regionales y Locales; asimismo, contribuir con el flujo de inversiones nacionales y extranjeras en la citada actividad y dar sostenibilidad al crecimiento económico del país, ha venido revisando, actualizando y reformulando un proyecto de Ley , dando un enfoque de preservación del ambiente, la conservación de la biodiversidad y una alternativa de desarrollo productivo con inclusión social, acorde al Plan Nacional de Desarrollo Acuícola (2010-2021) aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010 PRODUCE.
Cabe indicar que luego de la dación de la Ley N° 27460 – Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura del 21.05.2001, vigente a la fecha, se han presentado cambios sustanciales en la estructura del Estado, asimismo en el ámbito funcional y en el orden jurídico; aspectos que han sido considerados en la propuesta alcanzada a la Alta Dirección del Ministerio de la Producción y debido a los cambios sucesivos de los funcionarios, falta de conocimiento de la actividad, una política errante sobre el aspecto acuícola y falta de decisión política, hasta la fecha no se ha podido cristalizar dicho proyecto de Ley.
Asimismo, la Ley N° 28326 en su artículo 2° suspendió el pago por derecho de acuicultura establecido en el artículo 19° de la Ley N° 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, hasta el 31 de diciembre del año 2010.
Mediante el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, Decreto Supremo que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, se establecen, entre otras, las Políticas Nacionales en relación al aumento de capacidades sociales: seguridad alimentaria y en materia de empleo y MYPE la generación de empleo digno.
Por otro lado, en el marco de la ordenación, estableció la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Acuícola, el Catastro Acuícola Nacional, la Red de Información Acuícola y el Fondo de Investigación Acuícola.
En diciembre del año 2008 se emite el Decreto Legislativo N° 1032 en el que se declaró de interés nacional a la inversión y facilitación administrativa de la actividad acuícola, con la finalidad de promover la participación en dicha actividad, como fuente de alimentación, empleo e ingresos. Asimismo precisa entre otros aspectos, que el uso del agua para actividades acuícolas, al no ser consuntiva, no estará afecta al pago de tarifas y tendrá prioridad frente al uso del agua por otras actividades productivas y regula la actividad.
En enero del 2010 se emite el Decreto Supremo N° 001-2010-PRODUCE con el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola 2010 – 2021, señalando entre sus objetivos estratégicos el incremento de la inversión privada en acuicultura, apoyar la diversificación e impulso de las especies acuícolas consolidadas, contribuir al crecimiento de la economía nacional, generando empleo e ingresos, mejorando la seguridad alimentaria de segmentos vulnerables de la población y promoviendo un desarrollo regional equilibrado; además tiene como principales metas al año 2015, incrementar el volumen de exportaciones y la comercialización de productos acuícolas a nivel interno, incrementar los derechos otorgados, aumentando las áreas disponibles para la acuicultura y alcanzar una producción de 110 mil TM.
La Ley N° 27360 – Ley que Aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario, cuyos beneficios tributarios fueron ampliados hasta el 31 de diciembre del 2021 mediante la Ley N° 28810.
El Decreto Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, en su numeral 3.2 del artículo 3 dispone que no será de aplicación a los pr
Dejar un comentario[quote=Introduzca su nombre*]Compendio
Sugerencias y aportes para el desarrollo de la acuicultura y de la pesca.
¿PORQUE EL PROYECTO DE LEY DE ACUICULTURA NO SE DEBE FRACCIONAR Y DEBE MANTENERSE LA COHERENCIA DEL ESPÍRITU DEL PROYECTO?
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) es la entidad competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, acuicultura, normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados, de acuerdo a lo detallado en el artículo 3° de la Ley de Organización y Funciones (LOF) aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1047, que lo rige.
Asimismo, de acuerdo al acápite a) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, corresponde al Viceministerio de Pesquería “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas en pesquería y acuicultura, bajo su competencia, en coordinación con los otros niveles de gobierno y aquellos sectores que se vinculen, en concordancia con la política ambiental, la normativa sanitaria y alimentaria; y aquellas políticas nacionales en temas económicos y desarrollo sostenible.”
La acuicultura, a nivel mundial, ha ganado importancia en las últimas décadas por su rápido crecimiento llegando a representar cerca de la mitad de los productos hidrobiológicos mundiales. La producción por captura se ha estabilizado implicando que, a nivel agregado, no se encuentra en una etapa expansiva. Por otro lado, la demanda por productos hidrobiológicos continúa en aumento a consecuencia de sus beneficios alimentarios y el crecimiento económico y demográfico mundial. En este contexto, la acuicultura ha absorbido la mayor parte de la demanda por producto hidrobiológicos y está posicionada a satisfacer la gran mayoría de la futura demanda. Además, al ser otra fuente de productos hidrobiológicos, la acuicultura reduce la depredación de los mares, fomentando la sostenibilidad de la actividad pesquera.
En la actualidad la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura ha cumplido su ciclo y se ha detectado algunas distorsiones en su aplicación, por lo que el Proyecto de Ley que se proponga tendrá que corregir y hacer más fácil la formalización y tributo al estado.
Se debe entender que el Proyecto de Ley es un conjunto de acciones que estimula la investigación, la transferencia tecnológica y fomenta la formalización exigiendo como requisito para el acceso a la actividad acuícola que las personas naturales o jurídicas estén inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) creado mediante Decreto Supremo 008-2008-TR.
El proyecto de Ley deberá incluir los avances mostrados y desafíos identificados en la aplicación de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola y la experiencia del Estado como regulador de esta actividad. Asimismo debe tener tiene como objetivo regular y fomentar la acuicultura en sus diversas fases productivas en aguas marinas, aguas continentales o utilizando aguas salobres.
El Proyecto de Ley deberá incluye medidas que fomente la productividad acuícola. En particular, deberá establecen beneficios que reducen la carga fiscal al permitir la depreciación para efecto del Impuesto a la Renta. Además, debe consideran modalidades para acceder a una concesión de un área acuática para la acuicultura y se crea una línea de financiamiento para programas concursales con el fin de mejorar la productividad y diversificar la actividad acuícola.
Bajo este contexto, las propuestas son las siguientes:
1. La depreciación para efecto del Impuesto a la Renta a razón de veinte por ciento (20%) anual.
2. Se garantiza la reserva de recursos destinados al financiamiento de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de la actividad acuícola a través del FIDECOM.
3. Mantiene la aplicación del régimen laboral y de seguridad social establecidos en la Ley N° 27360 “Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario”, por su semejanza.
Asimismo, en el proyecto de Ley se debe incluir que el Estado tenga una Institución que desarrolle todos los temas relacionados de ciencia, tecnología e innovación de alto impacto en acuicultura, altamente calificada, que atienda las prioridades del sector acuícola, contribuyendo con la tecnificación, a mejorar la competitividad, la diversificación y el estableciendo las bases científicas que sustenten el desarrollo de la acuicultura peruana.
En la región se ha visto que países como Chile, Brasil, Ecuador, México y Colombia, han sentado las bases de desarrollo de la acuicultura en instituciones públicas y público-privadas dedicados de manera exclusiva a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en acuicultura, contribuyendo con el fortalecimiento de las cadenas productivas y procurando el desarrollo de nuevos cultivos acuícolas con miras a la diversificación y escalamiento, esto les permite ser importantes países de acuicultura en la región. Por su parte, Brasil para el despegue e impulso de la actividad de acuicultura cuenta desde el año 2009 con un Ministerio de Pesca y Acuicultura y la investigación, desarrollo tecnológico e innovación se basa en los trabajos que realiza el Instituto Nacional de Pesquisas da Amazonia (INPA), el cual realiza investigaciones y desarrollo tecnológico para la acuicultura amazónica. Asimismo, Ecuador para fortalecer la actividad de acuicultura y especialmente la de langostino cuenta con el Centro Nacional de Acuicultura e Investigaciones Marinas – CENAIM, abocado al desarrollo de la acuicultura de langostino (camarón blanco). De igual modo, Colombia cuenta con el Centro de Investigaciones de la Acuicultura de Colombia (CENIACUA), el cual sienta las bases científicas y tecnológicas para el desarrollo de la acuicultura de langostino, tilapia y actualmente de peces marinos, México cuenta con el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INAPESCA) el cual se encarga de la investigación y desarrollo tecnológico de la acuicultura, contando para su labor con centros regionales de investigación. “En el Perú se carece de un Instituto de Investigación e Innovación Tecnológica en Acuicultura”.
En tal sentido, el proyecto de Ley recoge una visión integral de la actividad y está estructurada de manera unitaria que servirá para dar una nueva estructura más orgánica e institucional al desarrollo de la actividad acuícola al país.
Observación sobre los CITE de Pesca y Acuicultura
Con respecto a los CITE de Pesca y Acuicultura son dependencias cuyo objetivo es elevar la competitividad de la producción; para ello realizan un trabajo conjunto con las asociaciones que los agrupan y con las empresas del rubro. Esta se encuentra fuera del alcance del citado proyecto de Ley.
Para conseguir este objetivo los CITE utilizan una serie de instrumentos y herramientas que permiten la innovación y transferencia tecnológica que a su vez se traduce en la mejora de los productos; siendo que en su acción enfatizan la capacitación integral a través de cursos técnicos, mejoramiento de la organización, el conocimiento de técnicas de mercadeo y oferta, así como brindar servicios.
Los CITE posibilitan ampliar y diversificar la oferta de productos artesanales que tienen una demanda efectiva en los distintos mercados. Los CITE actúan como eficaces articuladores de la oferta y la demanda de aspectos de innovación que son inmediatos.
Para un adecuado soporte institucional, sería necesario la creación del Viceministerio de Pesca y Acuicultura, en tanto no se cree el Ministerio de Pesca y de Acuicultura.
Asimismo, es indispensable la creación de Instituto de Investigación e Innovación Tecnológica de la Acuicultura, a fin de dar el soporte científico para la innovación y transferencia tecnológica que requiere a la actividad acuícola. Igualmente los CITE son herramientas por las cuales se puede realizar la transferencia tecnológica.
PROPUESTA DE LA CREACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PARA EL DESARROLLO DE LA ACUICULTURA PERUANA
1. JUSTIFICACIÓN
La acuicultura por definición se orienta al cultivo o producción controlada de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y algas), en áreas continentales o marinas, que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO),
Asimismo, la acuicultura es una actividad productiva orientada a la producción de alimentos de alta calidad que genera empleo e ingresos y en consecuencia contribuye con la seguridad alimentaria de la población. De igual modo un soporte importante para apoyar el crecimiento e innovación productiva en la actividad es el soporte en investigación y desarrollo el cual permite fortalecer las cadenas productivas de especies consolidadas así como la inclusión de nuevas especies con perspectivas de mercado
Se debe señalar que en el Perú el volumen de cosecha de acuicultura se sustenta principalmente en el cultivo de tres especies: la concha de abanico (Argopecten purpuratus), el langostino (Litopenaeus vannamei) y la trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss). En menor medida se encuentra la tilapia (Oreochromis spp.) y peces amazónicos como la gamitana (Colossoma macropomun) y el paco (Piaractus brachipomus) y el paiche (Arapaima gigas). Sin embargo, existen también especies con un gran potencial de cultivo en el ámbito marino y que aún las acciones de investigación y desarrollo son limitadas como en las especies turbot (Scophthalmus maximus), lenguado (Paralichthys adspersus), cabrilla (Paralabrax humeralis), chita (xxxxx( corvina (XXXXX), seriola (xxxxx) y lisa (Mugil cephalus); y entre los moluscos el chanque (Concholepas concholepas), abalón (Haliotis rufescens) Ostra del Pacífico (Crassostrea gigas), erizo (loxechimus albus), macroalgas, entre otros.
La investigación y desarrollo es un pilar importante para el impulso de toda actividad productiva, siendo que en la Región se ha visto que países como Chile, Brasil, Ecuador, México y Colombia, sientan las bases tecnológicas en instituciones públicas y público-privadas dedicados de manera exclusiva a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en acuicultura, contribuyendo con el fortalecimiento de las cadenas productivas y procurando el desarrollo de nuevos cultivos acuícolas con miras a la diversificación, esto les permite ser importantes países de acuicultura en la Región.
En el Perú, para la investigación y desarrollo tecnológico en acuicultura, se cuenta con dos instituciones la primera de éstas es el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), cuya fortaleza se encuentra abocada al estudio de los recursos pesqueros y la dinámica de poblaciones de los mismos, además cuenta con una Dirección de Investigaciones de Acuicultura aún muy limitada y sus acciones no están contribuyendo con sentar bases científicas para impulsar la acuicultura, de otro lado se cuenta con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), cuya fortaleza se encuentra en el otorgamiento de créditos para la pesca y acuicultura, gestión de desembarcaderos para la pesca artesanal y la capacitación del pescador artesanal, para la acuicultura cuenta con una Dirección de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura y del cual dependen centros de acuicultura en la costa y selva del país; sin embargo por su propia estructura, funciones y fortalezas institucionales, la bases tecnológicas desarrolladas para contribuir con la acuicultura peruana es escasa, ello debido a que no existe una integralidad ni articulación entre la investigación realizada por IMARPE y el desarrollo Tecnológico de FONDEPES y en algunos casos al no definir competencias ocurre la duplicidad de acciones de investigación. Cabe indicar que las universidades realizan investigaciones aisladas y que no contribuyen al fortalecimiento de la acuicultura, y también en muchos casos duplicando los esfuerzos de instituciones de investigación.
En tal sentido, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola y en el marco de la prioridades del Programa Nacional de C+DT+i en Acuicultura, se considera importante que para fortalecer la investigación e innovación en acuicultura en el ámbito marino, debe conformarse un centro de investigación específico que conjugue los esfuerzos del sector público y privado, a fin de lograr paquetes tecnológicos que contribuyan al desarrollo de la actividad acuícola en nuestro país y brinde el soporte tecnológico al sector privado apoyando la diversificación de la maricultura.
El Centro de Acuicultura de la Arena de FONDEPES, construido a fines de los 90s, tuvo como propósito apoyar el desarrollo tecnológico de la acuicultura en el Perú y específicamente la maricultura, enfocado a especies de peces, moluscos y crustáceos, siendo que a la fecha, no ha logrado alcanzar los objetivos iniciales que se propusieron, por lo que se requiere replantear su esquema de funcionamiento y trabajo, orientado además el desarrollo de la acuicultura de especies con interés comercial de acuerdo a las necesidades del sector y el cual debe ser liderado por el Ministerio de la Producción, en el marco de sus funciones y competencias.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Potenciar un centro de investigación y desarrollo tecnológico a fin de superar las dificultades para lograr paquetes tecnológicos que permitan aprovechar nuestras ventajas comparativas para el cultivo de especies marinas.
2.2. Específicos
• Desarrollar investigaciones orientadas a las necesidades de los agentes productivos nacionales
• Prestar a los operadores del sector privado (empresarios y sector artesanal) servicios especializados para la transferencia tecnológica e innovación en acuicultura.
• Establecer un centro de referencia de desarrollo acuícola de alta especialización
• Fortalecer las capacidades tecnológicas de los técnicos e investigadores acuícolas.
3. PRINCIPALES COMPONENTES
El centro orientará sus esfuerzos en componentes temáticos para el desarrollo de paquetes tecnológicos y su posterior transferencia, además de servicios que prestará como soporte al sector empresarial
Componente 1. Desarrollo de ciencias básicas
Componente 2. Domesticación, reproducción, crecimiento y engorde de especies marinas.
Componente 3. Manejo Integral de los alimentos (alimento vivo y balaceado)
Componente 4. Tecnologías de producción e innovación de los cultivos
Componente 5. Genética y Biotecnología
Componente 6. Patobiología acuática
4. INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE
Como infraestructura de soporte, el Centro debe contar con lo siguiente:
– Laboratorio de Patobiología acuática; para investigar la etiología, patología y epidemiología de las enfermedades que afectan a los animales acuáticos, tanto en el ambiente natural como en las unidades de cultivo.
– Laboratorio de Microbiología acuática; dedicada a la investigación y vigilancia de bacterias y hongos patógenos o de importancia epidemiológica y ecológica en el ambiente acuático, con énfasis en las áreas acuícolas.
– Laboratorio de Nutrición y alimento vivo; dedicada a la investigación y formulación de piensos balanceados y cultivos primarios para la alimentación de especies acuáticas.
– Laboratorio de microalgas; fundamental para mantener las cepas de microalgas que sostienen un hatchery, y para la producción de microalgas en todos sus niveles.
– Laboratorio de Genética, biología molecular y PCR; es importante para mejorar la productividad y las características de las especies en producción, así como, para el diagnóstico de patógenos bacterianos y virales mediante la detección de ADN, método de alta sensibilidad.
– Laboratorio de Biotecnología; ejecución de bioprospecciones y estudios para identificar principios bioactivos en recursos acuáticos, para proponer su aprovechamiento industrial.
– Laboratorio de Ecotoxicología acuática; evaluación de calidad de agua, riesgo ambiental de plaguicidas, metales pesados, efluentes domésticos e industriales sobre organismos acuáticos.
– Áreas de hatchery & nursery, que comprende los espacios necesarios para realizar experiencias de reproducción, desarrollo larval y nursery bajo condiciones controladas.
– Áreas de cultivo piloto; en la cual se mantendrían los individuos juveniles y adultos e diferentes sistemas de cultivo.
5. PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Cepas para alimento vivo
Se pondrá a disposición cepas de microorganismos acuáticos
– Cepas microalgales
– Cepas de rotíferos
– Cepas de artemias
– Cultivos mixtos a base de rotiferos y copepodos
Monitoreo microbiológico en áreas acuícolas
– Análisis de la calidad microbiológica de fuentes del centro de producción
– Vigilancia ambiental para la detección de agentes patógenos en zonas de maricultura
– Asesoramiento en la prevención de la contaminación microbiológica de las áreas acuícolas.
Evaluaciones de riesgo ambiental
– Evaluación de calidad de agua, pruebas de toxicidad de plaguicidas, metales pesados y compuestos químicos presentes en efluentes vertidos a cauces para cultivos acuícolas
– Determinación de los principales parámetros abióticos de la calidad del agua para uso acuícola
Semilla de peces, moluscos bivalvos y algas
– Oferta de semillas de peces, moluscos y macroalgas
– Acondicionamiento de reproductores de peces y moluscos marinos a condiciones de cautividad
– Asesoramiento en el cultivo larval y obtención de semilla (alevines, postlarvas, plántulas) de peces, bivalvos marinos y macroalgas.
Pruebas de ADN
– Detección de virus y otros patógenos
– Prueba de filiación
– Determinación de sub poblaciones
– Identificación de especies
Transferencia tecnológica
– Asistencia en la aplicación de tecnologías generadas para los cultivos acuícolas
ORGANIZACIÓN
1. Órgano de Gobierno
Directorio (PRODUCE – IMARPE – FONDEPES- ITP-CONCYTEC-UNIVERIDADES-EMPRESA PRIVADA)
2. Órgano ejecutivo
Director técnico (PRODUCE)
3. Órganos de Apoyo
Oficina General de Administración
Oficina de cooperación técnica
4. Órganos de Línea:
Oficina técnica científica
• Programa de investigación en especies peces marinos y, crustáceos y algas.
• Programa de investigación para aclimatación y domesticación, reproducción, alevinaje y engorde de peces marinos.
• Programa de investigación en Manejo Integral de los alimentos para todo el ciclo de vida las especies en investigación (alimento vivo y balaceado)
• Programa de investigación en tecnologías e innovación de los cultivos.
• Programa de Investigación de cultivos de especies altamente rentables
• Programa de investigación de cultivos de especias herbívoras y omnívoras
• Programa de capacitación evaluación y seguimiento a acuicultores
• Programa de intercambio de expertos.
• Programa de investigación de infraestructura acuática para el cultivo
PROPUESTA DE RESTRUCTURACIÓN DEL VICEMINISTERIO DE PESQUERÍA
Hasta que se dé la creación del Ministerio de Pesca y de Acuicultura
Pongo a su consideración una estructura más acorde al desarrollo del Sector Pesca y de Acuicultura y desarrollo las funciones de la Direccion General de Acuicultura.
Con Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa del caso a los profesionales que la formularon, resulta inoperante, nada funcional, técnicamente mal concebido, sin visión al futuro, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, crea cuellos de botella causando demoras y por ende un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, por lo es necesario su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú.
Uno de sus graves defectos fue suprimir la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesquería, la Direccion General de Acuicultura, la creación de la Direccion General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Oficina General de Recursos Humanos y otras perlas.
Con respecto al viceministerio de Pesquería este debería pasar a ser Viceministerio de Pesca y de Acuicultura, asimismo se propone lo siguiente cambios en las Direcciones Generales y de Línea:
VICEMINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA
OFICINA DE POLÍTICAS Y DESARROLLO PESQUERO Y ACUÍCOLA (conformada por asesores con una trayectoria y experiencias comprobada). Vería temas puntuales y de interés del Sector.
DIRECCION GENERAL DE EXTRACCIÓN
• Direccion de Pesca Artesanal
• Direccion de Pesca a Mediana escala
• Direccion de Pesca a Mayor escala
DIRECCION GENERAL DE TRANSFORMACIÓN
• Direccion de Procesamiento Artesanal
• Direccion de Procesamiento de Mediana escala
• Direccion de Procesamiento a Mayor escala
DIRECCION GENERAL DE ACUICULTURA
• Direccion de Ordenamiento de la Acuicultura
• Direccion de Desarrollo de la Acuicultura
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES Y SOSTENIBILIDAD PESQUERA
• Direccion de Asuntos Ambientales Pesquera y Acuícola
• Direccion de Coordinación del Cambio Climático
• Direccion de Información Ambiental Pesquera
Las Direcciones Generales no mencionadas quedarían igualmente conformadas o pasarían a ser una Superintendencia que sería lo más recomendable.
Funciones de la estructura de la DIRECCION GENERAL DE ACUICULTURA:
De la Dirección General de Acuicultura
La Dirección General de Acuicultura, es el órgano de línea del Ministerio de la Producción, con autoridad técnica, normativa y promotora a nivel nacional, encargado de formular, proponer, ejecutar, supervisar y evaluar los Objetivos, Políticas y Estrategias Nacionales y Sectoriales en materia de acuicultura, así como dictar normas y establecer los procedimientos relacionados a su competencia, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos y la protección del ambiente.
Depende directamente del Despacho Viceministerial de Pesca y de Acuicultura.
Sus funciones son:
a) Proponer, dirigir y supervisar los objetivos, políticas y estrategias nacionales y sectoriales en materia de acuicultura en el ámbito nacional y macro regional, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
b) Proponer planes, programas y proyectos de alcance nacional, relativos a la acuicultura, en coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto, los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, los Organismos Públicos del Sector y los Gobiernos Regionales, según corresponda;
c) Evaluar los Objetivos, Políticas, Estrategias, planes, programas y proyectos a nivel nacional vinculados a la acuicultura;
d) Proponer la normatividad de alcance nacional para el ordenamiento y desarrollo de la acuicultura, así como efectuar la supervisión y evaluación de su cumplimiento, orientada al aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático;
e) Proponer e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al ordenamiento y desarrollo de la acuicultura;
f) Proponer, coordinar y supervisar, en coordinación con Organismos Públicos del Sector y Gobiernos Regionales y Locales, los programas de capacitación y extensión para el desarrollo de las actividades de acuicultura a nivel nacional, dirigidas a los agentes vinculados a la misma;
g) Proponer, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el ordenamiento y desarrollo de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
h) Diseñar propuestas, supervisar y promover, en coordinación con los organismos competentes la implementación del Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en acuicultura;
i) Otorgar derechos administrativos, para el desarrollo de la acuicultura a mayor escala y concesiones especiales para actividades de acuicultura en áreas naturales protegidas no declaradas intangibles; así como declarar el término de los mismos; y la resolución de los recursos impugnativos interpuestos, en el marco de su competencia;
j) Otorgar permisos de exportación o importación y certificado de reexportación en el marco de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de especies hidrobiológicos, productos o subproductos provenientes de la acuicultura;
k) Otorgar los derechos de concesión y autorización para el desarrollo de la acuicultura de menor escala y de subsistencia; de autorizaciones de poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua; de autorizaciones para efectuar investigación en acuicultura en áreas acuáticas públicas; el cambio de titular y la renovación de los mismos, en los casos mencionados; (temporal)
l) Expedir certificados para la importación o introducción de especies en sus diferentes estadios, con fines de acuicultura; y, para la exportación de especies vivas en sus diferentes estadios, provenientes de la acuicultura (excepto peces ornamentales); (temporal)
m) Expedir certificaciones correspondientes a los servicios que brinda el Ministerio; (temporal)
n) Expedir resoluciones directorales en asuntos de su competencia, autenticar las copias que se soliciten, y administrar el registro, numeración y distribución de las mismas;
o) Verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en las Resoluciones autoritativas para el desarrollo de la actividad de acuicultura;
p) Dirigir el Catastro Acuícola Nacional y la Red Nacional de Información Acuícola;
q) Coordinar con las instituciones correspondientes la habilitación de áreas marinas y continentales destinadas al desarrollo de actividades de acuicultura; y,
r) Actuar como Secretaría Técnica e Interactuar en el marco de sus atribuciones con la Comisión Nacional de Acuicultura – CNA;
s) Procurar fondos a nivel nacional e internacional para el desarrollo de la acuicultura y apoyar el desarrollo de nuevos mercados y nuevos productos acuícolas;
t) Representar al Sector en eventos nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con la actividad de acuicultura
u) Expedir, las constancias y certificaciones correspondientes a los servicios establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, a solicitud de los usuarios de las actividades de acuicultura;
v) Expedir resoluciones directorales en asuntos de su competencia, autenticar las copias que se soliciten y administrar el registro, numeración, distribución y custodia de las mismas;
w) Dirigir, supervisar y controlar las actividades a cargo de las unidades orgánicas a su cargo; y,
x) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Pesca y de Acuicultura o aquellas que le sean dadas por normatividad expresa.
De las Unidades Orgánicas de la Dirección General de Acuicultura
La Dirección General de Acuicultura contará con las siguientes unidades orgánicas:
• Dirección de Ordenamiento y Administración de la Acuicultura,
• Dirección de Fomento y Desarrollo de la Acuicultura.
•
De la Dirección de Ordenamiento de la Acuicultura
Sus funciones serían:
a) Supervisar el cumplimiento de las políticas y normas aplicables al desarrollo de las actividades de la acuicultura en el ámbito nacional y macroregional, así como las políticas y normas de alcance nacional aplicables a los derechos otorgados a nivel de mayor escala, menor escala, subsistencia y repoblamiento;
b) Proponer y elaborar los Objetivos, Políticas y estrategias Nacionales y Sectoriales aplicables al ordenamiento de la acuicultura, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
c) Proponer y elaborar la normatividad de alcance nacional para el ordenamiento de la acuicultura, así como efectuar la supervisión y evaluación de su cumplimiento, orientada al aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático;
d) Evaluar los objetivos, políticas y planes a nivel nacional vinculados al ordenamiento de la acuicultura;
e) Proponer, elaborar e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento y perfeccionamiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al ordenamiento de la acuicultura;
f) Proponer, elaborar, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el ordenamiento de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
g) Evaluar y proyectar el otorgamiento de derechos administrativos, para el desarrollo de la acuicultura; así como la declaración del término de los mismos; y la resolución de los recursos impugnativos interpuestos, en el marco de su competencia;
h) Evaluar y proyectar el otorgamiento de permisos de exportación o importación y certificado de reexportación en el marco de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de especies hidrobiológicos, productos o subproductos provenientes de la acuicultura;
i) Evaluar y proyectar el otorgamiento de derechos de concesión y autorización para el desarrollo de la acuicultura de menor escala y de subsistencia, de autorizaciones de poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua, de autorizaciones para efectuar investigación en acuicultura en áreas acuáticas públicas, el cambio del titular y la renovación de los mismos, en los casos mencionados; (temporal)
j) Evaluar y proyectar la expedición de certificados para la importación o introducción de especies en sus diferentes estadios, con fines de acuicultura; y para la exportación de especies vivas en sus diferentes estadios, provenientes de la acuicultura (excepto peces ornamentales); (temporal)
k) Evaluar y proyectar la expedición de certificaciones correspondientes a los servicios que brinda el Ministerio; (temporal)
l) Proponer la expedición de resoluciones directorales en asuntos de su competencia;
m) Evaluar la óptima utilización de las concesiones y autorizaciones así como el cumplimiento de los compromisos establecidos en las Resoluciones autoritativas para el desarrollo de la actividad de acuicultura;
n) Administrar y actualizar el Catastro Acuícola Nacional, recabar los informes semestrales de las empresas acuícolas, reportes regionales y sistematizar la información a nivel nacional
o) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de acuicultura;
p) Efectuar las coordinaciones interinstitucionales correspondientes para la habilitación de áreas marinas y continentales destinadas al desarrollo de actividades de acuicultura; y,
q) Las demás funciones que le asigne el Director General de Políticas, Regulación y Desarrollo de la Acuicultura.
r) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de la acuicultura;
s) Cumplir con las demás funciones que le asigne la Dirección General de Acuicultura.
De la Dirección de Fomento y Desarrollo de la Acuicultura
Sus funciones serían:
a) Proponer y elaborar los Objetivos, Políticas y Estrategias Nacionales y Sectoriales aplicables al desarrollo de la acuicultura, en coordinación con los órganos de línea y unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos del Sector y con aquellas entidades vinculadas a la acuicultura;
b) Proponer, elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos de alcance nacional relativos al desarrollo de la acuicultura, en coordinación con la Oficina General de Planificación, Presupuesto e Inversiones, los órganos y unidades orgánicas del Ministerio, los Organismos Públicos del Sector y los Gobiernos Regionales, según corresponda;
c) Evaluar los objetivos, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos a nivel nacional vinculados al desarrollo de la acuicultura;
d) Proponer, elaborar e implementar, en coordinación con la Oficina General de Descentralización, los programas y acciones de fortalecimiento de capacidades y apoyo técnico a los otros niveles de gobierno y entidades vinculadas, orientada al desarrollo de la acuicultura;
e) Proponer, coordinar, ejecutar y evaluar los programas de fortalecimiento de capacidades empresariales para el desarrollo de las actividades de acuicultura a nivel nacional, dirigidas a los agentes vinculados a la misma;
f) Proponer, elaborar, ejecutar, evaluar y supervisar los convenios u otras modalidades de cooperación para el desarrollo de la acuicultura, con organismos nacionales e internacionales, en el marco de la normatividad vigente;
g) Formular, gestionar, ejecutar y evaluar conjuntamente con la Dirección General de Acuicultura, planes, programas y proyectos para promover el desarrollo de las actividades de acuicultura en el ámbito nacional y macroregional, optimizando el uso, conservación de los recursos hidrobiológicos y el aprovechamiento responsable del medio acuático;
h) Elaborar propuestas, supervisar y promover, en coordinación con los organismos competentes la implementación del Programa Nacional de Ciencia, Desarrollo Tecnológico e Innovación en acuicultura;
i) Administrar y actualizar la Red Nacional de Información Acuícola;
j) Apoyar la generación y gestión de información sobre desarrollo de mercados y productos de la acuicultura, en coordinación de la Oficina General de Planificación, Presupuesto e Inversiones;
k) Organizar, coordinar y apoyar actividades de concertación de alcance nacional con los sectores y entidades involucradas con el desarrollo de la acuicultura.
l) Promover, coordinar y gestionar la formulación y ejecución de programas de investigación y transferencia tecnológica a nivel nacional, macroregional o internacional para el desarrollo de las actividades de acuicultura;
m) Proponer, gestionar, apoyar, coordinar y supervisar, en coordinación con los organismos competentes, la ejecución de programas y acciones de capacitación y perfeccionamiento profesional y técnico en el ámbito nacional y macroregional para el desarrollo de las actividades de acuicultura dirigidas a los agentes del sector público y privado;
n) Brindar la información técnica requerida por las personas naturales y jurídicas interesadas en desarrollar actividades de acuicultura;
o) Proponer las resoluciones directorales en asuntos de su competencia; y,
p) Las demás funciones que le asignen el Director General de Acuicultura.
CAMBIOS PARA MEJORAR LAS ESTRUCTURAS POLÍTICAS E INSTITUCIONAL EN LA INDUSTRIA, LA PESCA Y LA ACUICULTURA EN EL PERÚ.
SÍNTESIS
Recogiendo el pensamiento y sentir de las múltiples conversaciones sostenidas con colegas y usuarios del servicio de PRODUCE, (acorde a lo dispuesto por el gobierno que ha declarado el año 2014 “Año de la Promoción de la Industria y Responsable y del Compromiso Climático”), en tal sentido, este documento tiene la finalidad de expresar sus inquietudes y recomendaciones, asimismo, establecer una corriente de opinión a favor de la creación del MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA y del MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
El Ministerio de la Producción fue creado por Ley 27779 del 10 de julio de 2002 (hace ya 11 años) y tiene como finalidad diseñar, establecer, ejecutar y supervisar, en armonía con la política general y los planes de gobierno, políticas nacionales y sectoriales aplicables a los sectores de pesquería y de MYPE e industria, asumiendo rectoría respecto de ellas. Dicta normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del Sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva.
Hoy en día la situación ha cambiado y evolucionado y por la importancia que ha tomado el Sector industria, motor del desarrollo de un país moderno; esta situación viene afectando al Sector Pesquero, que ha venido siendo marginado por lo que actualmente es poco viable dicho Ministerio, para los retos de hoy y la incertidumbre del mañana.
El sector Producción comprende actualmente dos viceministerios el de Industria y el de Pesquería (que debió llamarse Viceministerio de Pesca y de Acuicultura) y los Organismos Públicos adscritos, Proyectos y Comisiones bajo su jurisdicción. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores pesquería y de micro y pequeña empresa (MYPE) e industria.
Mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa del caso a los profesionales que la formularon, resulta inoperante, nada funcional, técnicamente mal concebido, sin visión al futuro, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, se podría fomentar la corrupción institucional interna, causando demoras y por ende un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, asimismo se le resta importancia a los asuntos ambientales y acuícolas desapareciendo las citadas Direcciones Generales, y creando otras que se han convertido en verdaderos cuellos de botella, por lo que es recomendable su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú, (SOLO BASTA VER EL REPORTE DE DOCUMENTOS INGRESADOS Y ATENDIDOS EN EL SISTEMA DE TRAMITE DOCUMENTARIO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION) debido mayormente por la frondosa burocracia creada).
LA INDUSTRIA se define como un conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados o semielaborados. Además de materias primas, para su desarrollo, la industria necesita maquinaria y recursos humanos organizados habitualmente en empresas. Existen diferentes tipos de industrias, según sean los productos que fabrican. Por ejemplo, la industria alimenticia se dedica a la elaboración de productos destinados a la alimentación, como el queso, los embutidos, las conservas, etc., por lo que se requiere de un MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA con dos (2) VICEMINISTERIOS UNO DE INDUSTRIA Y OTRO DE MYPES E INNOVACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA CON TRASFERENCIAS TECNOLÓGICA, a fin de que se dé el impulso que se requiere para el crecimiento de la manufactura e industria y en la calidad de los mismos en el país.
De otro lado el SECTOR PESCA actualmente se encuentra muy debilitado, por la falta de una política adecuada y de confianza, en donde se ha perdido el liderazgo que requiere este Sector tan importante, la pesca extractiva de consumo humano directo e indirecto ya llego a su máxima capacidad de explotación, y el cambio Climático amenaza en convertirnos en un par de décadas en un mar pobre, con las características del mar caribeño, es así que el SECTOR ACUÍCOLA se presenta como alternativa real, y de gran importancia para la economía y seguridad y soberanía alimentaria. (Los demás países lo han comprendido y lo ven como una alternativa viable). Pero en el Perú no se le ha dado la importancia requerida y más bien la han minimizado y debilitado por la falta de una política con visión y gestión ante los retos que se presentará a corto plazo. Siendo la acuicultura la actividad que abastecerá y suplirá la creciente demanda de proteínas animal y garantizar la soberanía y seguridad alimentaria del país y crea riqueza, y puede ser es un factor de inclusión para los pescadores artesanales en general, por lo que es indispensable la creación del MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA, con dos (2) VICEMINISTERIOS EL DE PESCA Y EL DE ACUICULTURA, con visión empresarial pesquera y acuícola generadora de desarrollo que haga propio los problemas y retos que pasa el Sector, creando la confianza necesaria a nivel de los inversionistas nacionales e internacionales para asegurar su desarrollo y progreso. Asimismo atender de manera adecuada las demandas crecientes de los pescadores artesanales en sus reivindicaciones justas.
Viceministerio de Pesca tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Extracción, de Procesamiento, de Pesca Artesanal, de Medio Ambiental, de Supervisión y Fiscalización, y de Sanciones.
Viceministerio de Acuicultura tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Ordenamiento y Administración, de Gestión y Desarrollo, de Medio Ambiente (FAO recomendó las creaciones de estas Direcciones en beneficio del desarrollo de la acuicultura en el Perú).
La ACUICULTURA por definición se orienta al cultivo de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y plantas), en áreas continentales o costeras (marinas), que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO), que viene a ser lo antagónico, (pero compatible) a la actividad de la PESCA (industrial, (directo o indirecto para el consumo humano), artesanal y deportiva), que por definición es la captura y extracción de su medio natural de peces u otras especies acuáticas como crustáceos, moluscos e invertebrados. (FAO).
Por lo expuesto, existe actualmente UN ERROR EN MESCLAR O INCLUIR LA PESCA CON LA ACUICULTURA; ya que estas actividades tienen sus técnicas, formas y desarrollos tecnológicos diferenciados. La actividad acuícola permite incluir a las poblaciones rurales a acceder a los mercados, dando la oportunidad de crear riqueza, generar bienestar y apoyar a la soberanía y seguridad alimentaria del país. Sería recomendable ver la página http://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx; y analizaran los presupuestos, gastos y calidad de los mismos, del Sector PRODUCCION y como se ha dejado de desarrollar programas y proyectos presupuestados, consecuencia de una mala reorganización del Sector que no ha tomado en cuenta el factor técnico, carente de una visión a futuro, por lo que resulta de prioridad la separación de los Sectores industria y pesquería, a fin de desarrollar todo el potencial de cada Sector. Cabe precisar que este es el deseo y esperanza del Capítulo de Ing. Pesqueros de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú.
Se recomienda leer el documento completo y sugiero crear una corriente de pensamiento que genere progreso para todos los peruanos.
EL ROL DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION: LA INDUSTRIA, LA PESCA Y LA ACUICULTURA,
MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA
El Ministerio de la Producción fue creado por Ley 27779 del 10 de julio de 2002. Tiene como finalidad diseñar, establecer, ejecutar y supervisar, en armonía con la política general y los planes de gobierno, política nacionales y sectoriales aplicables a los sectores de pesquería y de MYPE e industria, asumiendo rectoría respecto de ellas. Dicta normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del Sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva.
Inicialmente se consideró que progresivamente se irían incorporando los Ministerios de Agricultura, y el de Energía y Minas, el cual no progreso porque se dieron cuenta que cada Sector debería ser representado por un ministro que asumiera su responsabilidad y se diera el impulso requerido y a tiempo exclusivo del Sector encomendado.
Cabe señalar que la industria se define como un conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados o semielaborados. Además de materias primas, para su desarrollo, la industria necesita maquinaria y recursos humanos organizados habitualmente en empresas. Existen diferentes tipos de industrias, según sean los productos que fabrican. Por ejemplo, la industria alimenticia se dedica a la elaboración de productos destinados a la alimentación, como el queso, los embutidos, las conservas, etc.
Desde el origen del ser humano, este ha tenido la necesidad de transformar los elementos de la naturaleza para poder aprovecharse de ellos, en sentido estricto ya existía la industria, pero es hacia finales del siglo XVIII, y durante el siglo XIX, cuando el proceso de transformación de los Recursos de la naturaleza sufre un cambio radical, que se conoce como revolución industrial.
Este cambio se basa, básicamente, en la disminución del tiempo de trabajo necesario para transformar un recurso en un producto útil, gracias a la utilización de en modo de producción capitalista, que pretende la consecución de un beneficio aumentando los ingresos y disminuyendo los gastos. Con la revolución industrial el capitalismo adquiere una nueva dimensión, y la transformación de la naturaleza alcanza límites insospechados hasta entonces.
Gracias a la revolución industrial las regiones se pueden especializar, sobre todo, debido a la creación de medios de transporte eficaces, en un mercado nacional y otro mercado internacional, lo más libre posible de trabas arancelarias y burocráticas. Algunas regiones se van a especializar en la producción industrial, conformando lo que conoceremos como regiones industriales.
Una nueva estructura económica, y la destrucción de la sociedad tradicional, garantizaron la disponibilidad de suficiente fuerza de trabajo asalariada y voluntaria.
La industria fue el sector motor de la economía desde el siglo XIX y, hasta la Segunda Guerra Mundial, la industria era el sector económico que más aportaba al Producto Interior Bruto (PIB), y el que más mano de obra ocupaba. Desde entonces, y con el aumento de la productividad por la mejora de las máquinas y el desarrollo de los servicios, ha pasado a un segundo término. Sin embargo, continúa siendo esencial, puesto que no puede haber servicios sin desarrollo industrial.
El capital de inversión en Europa procede de la acumulación de riqueza en la agricultura. El capital agrícola se invertirá en la industria y en los medios de transporte necesarios para poner en el mercado los productos elaborados.
En principio los productos industriales aumentan la productividad de la tierra, con lo que se disminuye fuerza de trabajo para la industria y se obtienen productos agrícolas excedentarios para alimentar a una creciente población urbana, que no vive del campo. La agricultura, pues, proporciona a la industria capitales, fuerza de trabajo y mercancías.
Todo ello es una condición necesaria para el desarrollo de la revolución industrial. En los países del Tercer Mundo, y en algunos países de industrialización tardía, el capital lo proporciona la inversión extranjera, que monta las infraestructuras necesarias para extraer la riqueza y las plusvalías que genera la fuerza de trabajo; sin liberar de las tareas agrícolas a la mano de obra necesaria, sino sólo a la imprescindible. En un principio hubo de recurrirse a la esclavitud para garantizar la mano de obra. Pero el cambio de la estructura económica, y la destrucción de la sociedad tradicional, garantizaron la disponibilidad de suficientes capitales.
En tal sentido la creación del Ministerio de la Produccion resultó ser un experimento piloto, que con el trascurso del tiempo resulta inoperante, la situación ha cambiado, y por la importancia que ha tomado el Sector industria y al ser el Sector motor del desarrollo de un país y el actual gobierno ha puesto todo su empeño en que haya un desarrollo sostenido del mismo, (esta situación viene afectando al Sector Pesquero), por lo que actualmente es poco viable dicho Ministerio para los retos de hoy y la incertidumbre del mañana.
Cabe señalar, que actualmente se viene perjudicando el desarrollo de la actividad de la pesca y en especial la acuicultura por la falta de decisión política, causando un retroceso en estas actividades tan importantes para la seguridad y soberanía alimentaria y generadora de empleo.
En tal sentido, considero que cada sector debe ir por cuerdas separadas, y es hora de que cada Sector tenga su propio Ministerio:
MINISTERIO DE INDUSTRIA y DE MYPES E INNOVACION E IMPLEMENTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
MINISTERIO DE PESCA y DE ACUICULTURA.
Estructura del Sector Produccion
El sector Producción comprende al Ministerio de la Producción, a los Organismos Públicos Descentralizados, Proyectos y Comisiones bajo su jurisdicción. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores pesquería y de micro y pequeña empresa (MYPE) e industria.
La creación de los CITES está contemplada en la Ley N° 27267 que promueve la creación de nuevos CITES, públicos y privados, que brinden servicios tecnológicos a las empresas con capacidad técnica acreditada.
El Ministerio de la Producción de acuerdo a la Artículo N° 8 de la Ley 27267, en concordancia con el artículo 33° de su Reglamento aprobado mediante del Decreto Supremo N° 027-2000-ITINCI y de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCE, a través del Viceministro de Industria tendrá a su cargo el rol de autoridad competente para la coordinación y concertación de las acciones de las diferentes entidades públicas y privadas en innovación y transferencia de tecnología para:
• Diseñar la política de apoyo tecnológico para promover la innovación en el
Sector productivo.
• Proponer y opinar respecto de la creación de CITES de derecho público.
• Registrar y supervisar el funcionamiento de CITES.
• Promover la consolidación de una Red de Centros de Innovación
Tecnológica.
• Las demás que se establezcan
Mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y funciones de ROF del Ministerio de la Producción, que con disculpa de los profesionales que la formularon resulta inoperativa y nada funcional, donde se duplica funciones y entorpece la gestión, y podría fomentar la corrección institucional, causando un malestar innecesario al usuario de PRODUCE, por lo que sería recomendable su revisión completa y adaptarla a la realidad del Perú, con participación de los sectores y colegios profesionales. [La reorganización del Ministerio de la Producción es un fracaso en lo organizacionalmente y administrativamente se refiere, hoy día los documentos que solicitan los recurrentes del sector pesca demoran el triple en dar respuesta que antes de la famosa restructuración (SOLO BASTA VER REPORTE DE DOCUMENTOS IMNGRESADOS Y ATENDIDOS EN EL SISTEMA DE TRAMITE DOCUMENTAL DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION) y se mas fácil la presencia de la corrección, por lo frondoso de la burocracia creada.], Asimismo en el sector pesca desaparece la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, y crean la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (lo cual no es coherente, a un Sector si y al otro no) , Igualmente desaparece la Dirección General de Acuicultura, y la convierte en una Dirección de Línea, de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano, perdiéndose la importancia de este sub sector (Acuicultura) en la frondosa burocracia creada, en perjuicio de una actividad que en un futuro cercano será la que sustente la soberanía y seguridad alimentaria y generadora de empleo sostenible del país, desconociendo totalmente la tendencia mundial a fortalecer esta actividad acuícola como factor de progreso, de otro lado le dan mayor importancia a los órganos de apoyo convirtiéndolas en Direcciones Generales en perjuicio de las Direcciones Técnicas, que son el sustento del Sector, (MEJOR DICHO LAS COSAS ESTÁN AL REVÉS).
Actualmente se viene dando bastantes funciones al viceministerio de Industria y PYME, lo que ha ocasionado que el viceministerio de Pesquería pase a un segundo plano, en la jerarquía de decisiones, perjudicando la visión del Sector Pesca; el crecimiento de responsabilidades otorgadas al sector industria resulta insostenible y poco práctico para que sea ejecutado a través de un solo viceministerio y hoy que las circunstancias obligan a fortalecer y crear riqueza y empleo a través de la industria, hay que dar un paso adelante, audaz con miras al futuro, por lo que se requiere de dos (2) viceministerios uno de industria y otro de Mypes e innovación e implementación de la con trasferencias tecnológica, a fin de que se dé el impulso que se requiere para el crecimiento de la manufactura e industria en el país, en tal sentido se necesita un ministerio que se dedique a tiempo completo con visión empresarial e industrial con capacidad de gestión, que haga propio los problemas que pasa el Sector Industrial para fortalecerlo, crecer y que asuma la responsabilidad de llevar adelante el gran cambio de pequeñas industrias, dando las condiciones adecuadas y confianza que le permita crecer con calidad y prosperar para pasar a un nivel mayor, así como a la grandes industrias o conglomerados industriales.
De otro lado el Sector Pesca actualmente se encuentra muy disminuido y debilitado, por la falta de una política adecuada y de confianza, en donde se ha perdido el liderazgo que requiere este Sector tan importante, la pesca extractiva de consumo humano directo e indirecto ya llego a su máxima capacidad de explotación, y el cambio Climático amenaza en convertirnos en un par de décadas en un mar pobre, con las características del mar caribeño y asimismo una baja del recurso hídrico, por lo que requiere un cuidado especial, con un trabajo técnico muy fino y especializado para preservar y regular la pesca extractiva para el consumo humano directo e indirecto, es así que el Sector Acuícola se presenta como alternativa real y sustentable en el tiempo; los demás países lo ven como una alternativa viable, y de gran importancia para su economía y seguridad y soberanía alimentaria. Pero en el Perú no se le ha dado la importancia requerida y más bien se ha debilitado por la falta de una política con visión y gestión ante los retos que se presentará a corto plazo. Siendo la acuicultura la actividad que abastecerá y suplirá la creciente demanda de proteínas animal y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria del país creando riqueza y empleo, incorporando a los pescadores artesanales a una nueva actividad, en tal sentido considerado un deber de la sociedad y en especial de la clase política crear y frotarle el MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA, con dos (2) viceministerios el de Pesca y el de Acuicultura.
En ese sentido, se necesita un ministerio con visión empresarial pesquera y acuícola que haga propio los problemas que pasa el Sector dedicado a tiempo completo en fortalecerlo y gestionar su crecimiento, creando la confianza necesaria en a nivel de inversionistas nacionales y extranjeros para asegurar su desarrollo, asimismo atendiendo las demandas justas y crecientes de los pescadores artesanales (Actualmente tal responsabilidad no debería recaer en un Ministerio de la Producción en que sus funciones son tan diversas, distintas y dispersas, lo que viene causando una distorsión en las actividades propias de los sectores antes indicados); (como dice un antiguo refrán el que mucho abarca, poco aprieta).
Por lo expuesto, dejo a los Colegios Profesionales y a los entendidos y conocedores de la realidad e importancia de un MINISTERIO DE INDUSTRIA Y DE MYPES E INNOVACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA, para que den sus aporte y opiniones para enriarse esta propuesta y su difusión, a fin de crear una opinión colectiva para las modificaciones a la Ley 27779.
MINISTERIO DE PESCA Y DE ACUICULTURA
El Viceministerio de Pesca tendrá un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Extracción, de Procesamiento, de Pesca Artesanal, de Medio Ambientales, de Supervisión y Fiscalización, y de Sanciones.
Actualmente el subsector pesca presenta grandes limitaciones entre ellas: la falta de una cadena de frio (aspecto básico en la pesca), modernización de la flota pesquera artesanal e industrial (directa e indirecta), mejoramiento e incremento de muelles adecuados y tecnificados, dotar de patrullaje en las zonas de pesca, tecnificación en los aparejos de pesca, mejoramiento y modernización del sistema de comercialización, apoyo financiero a los pescadores artesanales y capacitación a los pescadores etc….
El Viceministerio de Acuicultura tendría un organigrama sobre la base de las Direcciones Generales de Ordenamiento y Administración, de Gestión y Desarrollo, de Medio Ambiente.
La actividad acuícola es la actividad que sustentara en el futuro cercano la soberanía y seguridad alimentaria, y generara empleos sustentables especialmente en las zonas rurales, absorber la mano de obra que deje la pesca extractiva.
La ACUICULTURA por definición se orienta al cultivo de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos y plantas), en áreas continentales o costeras (marinas), que implica por un lado la intervención en el proceso de crianza (producción de semilla, alimentación, manejo, engorde y cosecha) para mejorar la producción y por el otro la propiedad individual o empresarial del stock cultivado. (FAO), que viene a ser lo antagónico, (pero compatible) a la actividad de la PESCA (industrial, artesanal y deportiva) que por definición es la captura y extracción de su medio natural de peces u otras especies acuáticas como crustáceos, moluscos e invertebrados. (FAO).
En tal sentido, es un error mesclar o incluir la pesca con la acuicultura; se puede sostener que estas actividades tienen sus técnicas, formas y desarrollos tecnológicos diferenciados, toda vez que la ACUICULTURA se orienta al cultivo (crianza) de recursos hidrobiológicos pudiendo generar su semilla sin afectar el medio ambiente, a diferencia de la PESCA extractiva que está basada en la captura directamente del medio acuático. De otro lado, la acuicultura implica la propiedad individual o colectiva del stock cultivado favoreciendo su protección, a diferencia de la actividad extractiva la cual si no es debidamente regulada influye negativamente sobre las poblaciones naturales.
La actividad acuícola permite incluir a las poblaciones rurales y absorber la mano de obra que deje la pesca extractiva a acceder a los mercados, tenga la oportunidad de crear riqueza, generar bienestar y apoyar a la seguridad y soberanía alimentaria del país. (Nuestro vecino país, Chile viene invirtiendo millones de dólares en la investigación acuícola para su trasferencia al Sector privado y al Sector Artesanal y así mantener la supremacía en el subsector acuícola a nivel latinoamericano y mundial).
Hay que descentralizar el poder político, por lo que es nesesario ir a 2 Ministerio, para fortalecer la economía nacional y cumplir con el rol que le corresponde al estado.
Ver gasto presupuestal por sector, por unidad ejecutora y proyectos y analizar la calidad del gasto efectuado.
En ese sentido, se requiere que el estado asuma su responsabilidad con respecto a estos 2 sectores y se tome la decisión política que se requiere para el bien del país, que necesita de una industria sólida y fortalecida con políticas adecuadas y amigable para la inversión y una pesquería acorde a los tiempos actuales con miras al futuro y al cambio climático.
1.1. ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SUB SECTOR ACUICOLA.
La Dirección General de Acuicultura con visión futurista y entendedora de los cambios climáticos que se avecinaba (hoy Dirección de Acuicultura de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano) viene gestando desde el año 2009 a la luz de los lineamientos de política pública, consideró que se requiere contar con una norma actualizada que regule la actividad acuícola, a fin de facilitar la administración de la actividad y la transparencia de la gestión pública a cargo del Ministerio, Gobiernos Regionales y Locales; asimismo, contribuir con el flujo de inversiones nacionales y extranjeras en la citada actividad y dar sostenibilidad al crecimiento económico del país, ha venido revisando, actualizando y reformulando un proyecto de Ley , dando un enfoque de preservación del ambiente, la conservación de la biodiversidad y una alternativa de desarrollo productivo con inclusión social, acorde al Plan Nacional de Desarrollo Acuícola (2010-2021) aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010 PRODUCE.
Cabe indicar que luego de la dación de la Ley N° 27460 – Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura del 21.05.2001, vigente a la fecha, se han presentado cambios sustanciales en la estructura del Estado, asimismo en el ámbito funcional y en el orden jurídico; aspectos que han sido considerados en la propuesta alcanzada a la Alta Dirección del Ministerio de la Producción y debido a los cambios sucesivos de los funcionarios, falta de conocimiento de la actividad, una política errante sobre el aspecto acuícola y falta de decisión política, hasta la fecha no se ha podido cristalizar dicho proyecto de Ley.
Asimismo, la Ley N° 28326 en su artículo 2° suspendió el pago por derecho de acuicultura establecido en el artículo 19° de la Ley N° 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, hasta el 31 de diciembre del año 2010.
Mediante el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, Decreto Supremo que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, se establecen, entre otras, las Políticas Nacionales en relación al aumento de capacidades sociales: seguridad alimentaria y en materia de empleo y MYPE la generación de empleo digno.
Por otro lado, en el marco de la ordenación, estableció la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Acuícola, el Catastro Acuícola Nacional, la Red de Información Acuícola y el Fondo de Investigación Acuícola.
En diciembre del año 2008 se emite el Decreto Legislativo N° 1032 en el que se declaró de interés nacional a la inversión y facilitación administrativa de la actividad acuícola, con la finalidad de promover la participación en dicha actividad, como fuente de alimentación, empleo e ingresos. Asimismo precisa entre otros aspectos, que el uso del agua para actividades acuícolas, al no ser consuntiva, no estará afecta al pago de tarifas y tendrá prioridad frente al uso del agua por otras actividades productivas y regula la actividad.
En enero del 2010 se emite el Decreto Supremo N° 001-2010-PRODUCE con el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo Acuícola 2010 – 2021, señalando entre sus objetivos estratégicos el incremento de la inversión privada en acuicultura, apoyar la diversificación e impulso de las especies acuícolas consolidadas, contribuir al crecimiento de la economía nacional, generando empleo e ingresos, mejorando la seguridad alimentaria de segmentos vulnerables de la población y promoviendo un desarrollo regional equilibrado; además tiene como principales metas al año 2015, incrementar el volumen de exportaciones y la comercialización de productos acuícolas a nivel interno, incrementar los derechos otorgados, aumentando las áreas disponibles para la acuicultura y alcanzar una producción de 110 mil TM.
La Ley N° 27360 – Ley que Aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario, cuyos beneficios tributarios fueron ampliados hasta el 31 de diciembre del 2021 mediante la Ley N° 28810.
El Decreto Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, en su numeral 3.2 del artícul