Las empresas que no cumplan con el pago total o parcial de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) hasta el 15 de mayo podrán ser multadas por cometer una infracción grave, con montos que pueden alcanzar los S/ 143 660, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, indicó que también las empresas serán sancionadas de no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito. Este documento detalla la forma en que se ha realizado el cálculo de la CTS. En este caso, el monto de la multa puede ascender hasta S/ 84 460 por considerarse una infracción leve.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará dichas sanciones, conforme al D.S. n.° 008-2020-TR, que establece escalas diferenciadas para la micro empresa, la pequeña empresa, y para la mediana y gran empresa (No MYPE).
“Las multas aplicadas están en función de la UIT de 2026, equivalente a S/ 5500 las mismas que varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados”, manifestó Gálvez.
Explicó que las multas para las mypes inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), no pueden superar al 1 % de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior, en un mismo procedimiento sancionador.
A continuación, la CCL presenta el cuadro donde se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según el tamaño de la empresa.

