Según el calendario elaborado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), los plazos de vencimiento para presentar con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta comienzan el 25 de marzo y concluyen el 8 de abril de este año.
Se estima que más de 900 mil contribuyentes presentarán su con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2018 de acuerdo con el último dígito del RUC, siendo el siguiente el cronograma de vencimientos:
CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO IMPUESTO A LA RENTA EJERCICIO 2018
Según el último dígito de su número del RUC
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ULTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROS |
FECHA DE VENCIMIENTO |
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0 |
25 de marzo de 2019 |
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1 |
26 de marzo de 2019 |
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2 |
27 de marzo de 2019 |
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3 |
28 de marzo de 2019 |
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4 |
29 de marzo de 2019 |
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5 |
1 de abril de 2019 |
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6 |
2 de abril de 2019 |
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7 |
3 de abril de 2019 |
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8 |
4 de abril de 2019 |
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9 |
5 de abril de 2019 |
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Buenos Contribuyentes y sujetos que no estén obligados a inscribirse en el RUC |
8 de abril de 2019 |
Base Legal: Resolución de Superintendencia N.° 015-2019/SUNAT, publicado el 23 de enero del 2019. Se aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2018.
Renta de trabajadores independientes, Cuarta Categoría
Las deducciones adicionales de hasta 3 UIT por consumo en hoteles, restaurantes, etc; serán tomadas en cuenta por el trabajador en enero y febrero del 2020, al regularizar el IR 2019.
La deducción fija de es de 7 UIT (S/29.400).
Son agentes de retención las personas naturales y jurídicas (empleadores públicos y privados) que paguen o acrediten rentas de quinta categoría. De no efectuar la retención del IR, los empleadores serán sancionados por la Sunat conforme al Código Tributario (Art. 78 de la LIR).
Trabajadores de planilla
Están gravados con impuesto a la quinta categoría los sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, utilidades, comisiones y en general toda retribución por los servicios subordinados, que deben constar en la planilla y boleta de pago.
No están afectos a este impuesto las indemnizaciones por despido arbitrario, las indemnizaciones por despido unilateral antes del vencimiento de los contratos a plazo fijo, los pagos de compensación por tiempo de servicios, la indemnización por vacaciones y los pagos por cese, por acuerdo individual o con el sindicato, destinadas a constituir empresas que le generen trabajo autónomo al trabajador cesado.
3 UIT adicionales
Las deducciones como el 15% por consumos en hoteles y restaurantes, el 30% por alquileres de viviendas del trabajador, 30% por los servicios pagados a médicos y otros profesionales, y el 100% de las aportaciones al EsSalud por trabajadores del hogar; serán consideradas por el trabajador al presentar su declaración jurada de regularización del IR 2019 que se hará entre enero y febrero del año 2020.
Si el trabajador cambia de empleador, el nuevo empleador deberá de efectuar las retenciones de quinta categoría, considerando la información sobre las remuneraciones y retenciones realizadas por su anterior empleador. Si el trabajador percibe rentas de más de un empleador, la retención de quinta categoría la efectuará el empleador que paga la mayor remuneración.
