ApruebanEl Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reajuste del monto de las pensiones de jubilación e invalidez del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), regulado por el Decreto Ley N.° 19990, para aquellas que actualmente sean inferiores a S/ 1,000.00 (mil y 00/100 soles), cuando todas son inferiores a ese monto, siendo S/ 1,000.00 el tope, importe que es una burla a los jubilados pues el sueldo mínimo es de S/ 1,130.
De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 330-2025-EF, se reajustan los montos de las pensiones comprendidas en el SNP a favor de los pensionistas de jubilación e invalidez que cuenten con derecho a pensión definitiva al 31 de diciembre de 2025.
En el caso de las pensiones de jubilación, el reajuste comprende a aquellas otorgadas con un mínimo de veinte (20) años de aportes. El monto del reajuste será de hasta S/ 100.00 (cien y 00/100 soles).
Si previamente se hubiera otorgado un incremento de pensión en aplicación del literal a) de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N.° 32123, el presente reajuste comprenderá únicamente el diferencial necesario para completar el monto total de S/ 100.00 (cien y 00/100 soles).
Asimismo, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) queda facultada para efectuar el redondeo de las pensiones al entero inmediato superior, en caso de que el monto incluya céntimos.
Finalmente, se establece que la pensión máxima mensual que abonará la ONP.
