La Sala Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial (PJ) dejó sin efecto la suspensión de 24 meses que había sido impuesta a Patricia Benavides, fallo emitida tras aceptar el pedido de la Fiscalía para detener la resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que la apartó del cargo de fiscal de la Nación. Con este fallo, la exfiscal ya no enfrenta ninguna medida judicial vigente en su contra.
Debido a ello, el Ministerio Público debería cumplir la criticada decisión de la JNJ de reincorporar a Benavides Vargas como fiscal suprema, según señaló abogado Jorge del Castillo. Asimismo, se deja sin efecto la suspensión que el PJ impuso el 24 de junio de este año a la extitular de la Fiscalía debido a que “se advierte un grave riesgo de reiteración delictiva si regresa al cargo”.
Los jueces de la Corte Suprema para anular la suspensión se basó en la decisión que tomó la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales de Congreso el último viernes 25 de julio de rechazar la denuncia constitucional que presentó la Fiscalía contra Benavides por los presuntos delitos de cohecho, abuso de autoridad y encubrimiento personal por el caso relacionado a “los cuellos blancos del puerto”.
Ante ello, la Corte Suprema argumenta la Fiscalía no tiene dentro de sus facultades solicitar una medida coercitiva (suspensión) como la suspensión de derechos hasta contar con la autorización del Congreso.
Benavides fue suspendida en virtud de una investigación que se le sigue en su contra por el caso “los cuellos blancos del puerto”. Ella habría usado su cargado para presuntamente interferir en las diligencias en favor del abogado José Castillo Alva y allegados.
Este miércoles la Fiscalía solicitó que la suspensión contra Benavides se extienda de 24 a 36 meses, pedido que fue rechazado debido a que la medida se levantó porque el Congreso la protegió, pese a las graves acusaciones, y no quiso dar trámite a la denuncia constitucional para procesarla.
El PJ indica que Benavides cuenta con una prerrogativa de acusación constitucional debido a que los presuntos delitos que se le imputan fueron dentro de sus funciones como fiscal de la Nación y «el Congreso es la única autoridad que puede levantar tal protección constitucional de los Altos funcionarios Públicos (en este caso de una fiscal suprema que ejercía el cargo de Fiscal de la Nación)».
Es decir, debido a que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) rechazó la denuncia constitucional, no se puede imponer la medida de suspensión contra Benavides.
“Que, en tal virtud, es patente que no está autorizada la promoción de la acción penal contra la investigada Liz Patricia Benavides Vargas y, además, en clave de principio, mientras el Congreso no declare haber lugar a la formación de causa no es posible pedir y otorgar la medida solicitada de suspensión temporal en el ejercicio del cargo”, indica el juzgado, que está atado de manos ante una funcionaria que podría ser una delincuente.
