La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó modificar el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito para fortalecer la seguridad en las operaciones realizadas por los usuarios, mediante la Resolución SBS N.° 03289-2025.
Así, se modifica el artículo 17 del reglamento, aprobado por la Resolución SBS N.° 6523-2013 y sus modificatorias, incorporando obligaciones mínimas para las entidades del sistema financiero. Entre ellas, la implementación de sistemas de monitoreo distintos a los mecanismos de autenticación, capaces de detectar movimientos inusuales que se aparten del comportamiento de consumo habitual de cada cliente.
Se señala que las empresas deberán contar con procedimientos para gestionar las alertas que generen dichos sistemas, precisando su alcance, los patrones de fraude identificados, los supuestos que configuran operaciones atípicas, los límites de monto según tipo de transacción y la aplicación de métodos de autenticación adicionales en casos de alto riesgo.
La resolución también dispone que las entidades identifiquen patrones de fraude mediante el análisis sistemático de información histórica y que establezcan límites y controles en los diferentes canales de atención, a fin de mitigar eventuales pérdidas.
La SBS subrayó que estas medidas forman parte de la gestión integral de riesgos de cada entidad, pero no sustituyen los procesos de autenticación ni determinan, por sí solas, la validez de una operación. La responsabilidad sobre las transacciones continuará regulada conforme al artículo 23 del reglamento vigente.
Con esta modificación se busca precisar el alcance del monitoreo y otorgar a las entidades financieras un marco que les permita adoptar medidas adicionales, como seguros de protección o límites diferenciados, según la naturaleza de cada operación.
