Argentina reglamenta ley que limita la venta de tierras a extranjeros
Argentina, pese a ser un país con inmensas pampas, está limitando la venta de tierras a los extranjeros, medida que debería imitar el Perú, en especial ante la invasión de indeseables y peligrosos chilenos.
Los capitales extranjeros no podrán tener más del 15% del predio que compren en Argentina.
El Gobierno reglamentó ayer la denominada Ley de Tierras, por la cual se limita al 15 por ciento del territorio nacional la venta a extranjeros, en tanto que las provincias deberán informar en los próximos 60 días la totalidad de los predios de titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras.
A través del decreto 274/2012, publicado ayer en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta Cristina Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y los ministros de Agricultura, Norberto Yauhar, y de Justicia, Julio Alak, se aprobó la reglamentación de la ley 26.737, que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
Las provincias
La norma –que reglamenta la ley sancionada por el Congreso el 22 de diciembre pasado– estipula que en el plazo de 60 días, las provincias deberán comunicar fehacientemente a la autoridad de aplicación, que será el Registro Nacional de Tierras Rurales, la superficie total de cada una de ellas, sus departamentos, municipios o divisiones políticas equivalentes, discriminando las correspondientes a tierras rurales y urbanas.
También deberán informar la totalidad de predios rurales de titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras, según surja de los organismos provinciales competentes, o en posesión de extranjeros, ordenados por departamento, municipio o división política equivalente y, en su defecto, remitir el índice completo de titulares de dominio y de poseedores obrantes en sus órganos competentes, en caso de contar con tales registros.
De igual modo, deberán informar la nómina completa de sociedades extranjeras o con participación extranjera inscriptas en su jurisdicción, así como toda información adicional que la autoridad de aplicación requiera.
La norma indica que la situación de posesión será determinada a partir de la información obrante en los registros de poseedores en las provincias en que estos existan, o por aquellas fuentes de información que así considere la autoridad de aplicación.
Investigación lavado de dinero
En los casos en que se verifique la modificación de participaciones societarias que no sean informadas en tiempo y forma, el Registro Nacional de Tierras Rurales pondrá en conocimiento de la situación al organismo de registro societario competente, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y a la Unidad de Información Financiera (UIF), a los efectos de que investiguen si se encuentran cumplidas las obligaciones de registro, impositivas y de prevención de lavado de dinero relativas a las personas y bienes involucrados.
La investigación se extenderá a sus socios, administradores y representantes legales.
La norma puntualiza que a los fines de determinar el límite de titularidad extranjera del 15 por ciento sobre el territorio nacional se tendrá en cuenta la superficie continental americana y que el territorio de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur será considerado en los cómputos a que se refiere la presente ley una vez cumplido el objetivo establecido en la disposición transitoria primera de la Constitución Nacional.
La reglamentación también indica que en las provincias con municipios, ciudad o de ejidos no colindantes, la determinación de la limitación del 15 por ciento atenderá a la superficie total de tierras rurales por departamento o división política equivalente, que será informada por la provincia a la autoridad de aplicación dentro de los 60 días de aprobada la presente reglamentación.
Sanciones
En el caso de incumplimientos a la ley por parte de los otorgantes y/o los profesionales intervinientes en las operaciones comprendidas por la Ley N.o 26.737 o su reglamentación, se prevé tres tipos de sanciones: apercibimiento, multa e inhabilitación.
En ese sentido, se indica que el apercibimiento sólo será aplicado para faltas consideradas leves, siempre que no se verifiquen infracciones antecedentes dentro de los dos años inmediatos anteriores. En cuanto a las multas, serán por un monto equivalente hasta el uno por ciento del valor de la operación o de la valuación fiscal del inmueble, la que resulte mayor, a la que corresponda la infracción.
En tanto, en materia de inhabilitación, se estipula de seis meses a dos años para solicitar la expedición de los certificados de habilitación ante el Registro, aplicable a los profesionales intervinientes, que incumplan las obligaciones legales y reglamentarias, independientemente de la aplicación de otras sanciones.
Fuente: Los Andes
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8 comentarios
Cada pais tiene el mas absoluto derecho para limitar la cantidad de tierras que puedan adquirir extranjeros, así como Argentina, el Perú también. Claro que si en Perú aplican el 15%, los chilenos tendrían cantidades de terrenos que comprar, ya que actualmente han comprado menos del 1%
ES 15% de tierra arables cultivables no del total del pais, quien compra arena o tierra s deserticas? y en Chile si limitan compra , hay que aplicarles ojo por ojo.
A LAS MIERDAS CHILENAS NO HAY QUE DARLES NI UN METRO
FUERA CHILENOS DEL PERU
HAZ PATRIA BOTA A UN CHILENO
cholos
Callense cholos. agradescan que los chilenos dan mejor uso a sus tierras ya que en manos de uds. serian un arenas de orinas y pestilencias.. 😆 😆 😆
Cuanta ignorancia hay en perú, con razón tiene el sistema educacional peor de américa ( similar a haití) . Dicen que chile es pequeño y no tiene recursos. qué diría un japonés de tan equivocada opinión? seguro emitiría una enorme carcajada , luego vería que lo dijo un peruano, y sentiría pena y compasión . Japón tiene menos que la mitad del territorio de chile,y tiene 8 veces más población…y saben qué, peruanos, es el cuarto país más rico del mundo. no se trata de tener un gran país y vivir en la pobreza extrema; los buenos administradores, como los japoneses, trabajan bien y maximizan sus recursos y no viven pensando en las guerras que perdieron por ser una ratas.
Cada uno en su país
Los peruanos tenemos derechoi a las tierras del Perú; los chilenos no tienen acá ningún derecho a la tierra, hay qiue expulsarlos y poner a trabajar a tantos miles de campesinos sin tierra.
En el Perú se pasa necesidad, los alimentos están caros y se tiene que importar maíz, trigo, etc. Eso debe llevarnos a entender que los peruanos debemos tener autosuficiencia en ese aspecto, para lo cual es necesario que NOSOTROS LOS PERUANOS trabajemos bien en la agricultura.
Así, las tierras del Perú son solamente para los peruanos, los extranjeros que vayanh a sus países a hacer agricultura; y de chilenos ni hablar, son un peligro que vienen acá para espiarnos y después aniquilarnos en una guerra. No abramos la puerta a los chilenos que vienen con la intención de apropiarse de tierras agrícolas, para robarnos y asesinarnos.
PERUANOS COMO PUEDEN SER TAN IGNORANTES RESPECTO A LA VENTA DE TIERRAS A EXTRANJEROS.ESOS ARGUMENTOS TAN WEONES Y TONTOS
ELLO NO SIGNIFICA QUE EL EXTRANJERO PONGA SU BANDERA Y PLANTE UNA MINI REPUBLICA DENTRO DE OTRO ESTADO, ESO NO ES ASI. ESAS TIERRAS SIGUEN SIENDO DEL PAIS EN CUESTION, ADEMAS ANTE CUALQUIER CONFLICTO ARMADO EL ESTADO CONFISCA TODO AQUELLO Y PUNTO ¿QUIEN SE PUEDE OPONER?
Por qué cuidar
Acá en el Perú hay centenares de miles de campesinos sin tierras que no tienen oportunidad de trabajar dignamente. Por eso las tierras del Perú deben reservarse solamente para los peruanos.
Nunca el Perú ha sido un país al que le sobraran tierras de cultivo. Los extranjeros deben llegar al Perú como turistas o a hacer negocios, pero no para ser dueños de tierra. Viendo lo que pasó a Bolivia por consentir chilenos en Antofagasta, tenemos la certeza de que lo más seguro es que cada uno esté en su lugar: peruanos en el Perú, chilenos en Chile.
Si se hace reforma agraria es preferible entenderse con peruanos, los extranjeros alegan mucho y piden protección a sus gobiernos, etc. Por eso es preferible evitar problemas: nada de extranjeros en tierras agrarias; y a los que están ahora expulsarlos, pese a la protección que les da su sirviente Ollanta Humala.