Por Guillermo Olivera Díaz; godgod@hotmail.com
Abogado de profesión, con 40 años de ejercicio, 25 años de profesor universitario; post grado en las universidades de Roma y Cambridge; Juez instructor, autor de libros del campo penal; amén de otros cometidos de profesión.
Recuérdese que el 31-05-2012 se dictó la Resolución Administrativa 096-2012-CE-PJ, firmada por San Martín, que ordena trasladar procesos y detenidos de Cusco a Ica y de Cajamarca a Lambayeque, léase Espinar y Conga.
Por esa única norma el alcalde de Espinar, Oscar Mollohuanca Cruz está en Ica, desarraigado de su juez natural. Fue a pedido escrito del ministro Calle, el que firmó la sujeción a Montesinos el 13-03-1999.
Falsedad. Dicha Resolución dice que se apoya en lo que dispone el Art. 82°, inciso 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Art. 24° del Código Procesal Penal, lo cual es una remisión falsa, pues ambas normas no facultan al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, menos a San Martín solo, expedir una Resolución Administrativa alterando la competencia de los jueces penales, quitando al detenido su derecho al juez natural previsto en la Constitución Política (Art. 139°, 2).
Torpeza. Un presidente de la Corte Suprema, con la reconocida sabiduría y experiencia de San Martín, no debe violar con torpeza mayúscula el Art. 138° de la Constitución que manda a los jueces administrar justicia tal como mandan la propia Constitución y las leyes y no las resoluciones administrativas.
Tampoco violar el citado Art. 24° del Código Procesal Penal que solo permite hacer cambios de competencia de los jueces en delitos «especialmente graves», que tengan «repercusión nacional», con efectos que superen el ámbito de un «distrito judicial» o que los cometan «organizaciones delictivas» QUE LA LEY ESTABLEZCA.
Ninguna ley ha establecido eso, ni se refiere a toda clase de ilícitos penales. Verdad de perogrullo: una Resolución Administrativa no es una ley, ni tiene su rango.
Sigue siendo torpe atender en un solo día la petición escrita hecha por el ministro del Interior, Wilver Calle Girón, sí, el sujetado por escrito a Montesinos, sin ningún estudio hecho sobre lo peticionado.
Ningún informe técnico ampara lo resuelto por San Martín a manu militari en el mismo día que recibió el oficio del cuestionado ministro.
¿Qué otra brumosa nube está detrás de tamaña torpeza y falsedad sanmartiniana? ¿Un autoritarismo propio o una servil genuflexión?

2 comentarios
La constitucion prevalece sobre la arbitrariedad
Mahatma Ghandi,como abogado que fue, denunciaba y se resistia a obedecer arbitrariedades de los jueces y se negaba a pagar cualquier caucion por minima que fuera. Conocia muy bien las leyes del imperio colonial y las uso efectivamente para salir de la carcel cada vez que terminaba en ella y logro asi su proposito de liberar a su pueblo. Esa es la unica forma en la que se puede lograr la gran transformacion, remontando leyes adversas, persecucion y sentencias abusivas, pues siempre habra un juez honesto que administre justicia.
Hay que denunciar cada uno de estos atropellos y a las autoridades corruptas o abusivas, el tsunami de denuncias terminara por convencer a los jueces.
Se necesita abogados jovenes y comprometidos.
Eso es como el robo de foto multas de SAT municipios delincuentes en combinacion de coimeros policias, ponen carteles *****didos o velocidades ridiculas y en todo lado prohiben estacionar o buscan la sinrazon unidos a ciertas playas estacioamiento monopolicas , para recaudar, saben que la gente no gastara en abogado ni tiempo contra entes solo dedicados a robar al ciudadano.