El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el recurso extraordinario interpuesto por la gestión de la alcaldesa Susana Villarán contra la resolución que ordena la revisión del último lote de firmas presentado por los promotores de la consulta popular de revocación de las autoridades municipales limeñas.
La resolución que declara la mencionada improcedencia fue aprobada por unanimidad, informó el JNE.
La impugnación fue impulsada por el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) y el regidor de la municipalidad de Lima, Marco Antonio Zevallos Bueno.
El JNE señaló que el Reniec indujo a error al promotor de la revocación, Carlos Vidal Vidal, al señalarle mediante comunicación oficial (Carta N.° 059-2012/GOR/SGAE/Reniec) que el plazo para la presentación de firmas de adherentes vencía el 6 de julio y no el 5 de julio, como correspondía.
Los magistrados consideran que el ciudadano actuó guiado por la confianza que le inspiraba dicha información, por lo que “no puede desconocerse la legitimidad de su accionar, más aún si tal pronunciamiento no fue revocado en su oportunidad por quien tenía plenas facultades para hacerlo”, según indica la resolución.
El criterio del Pleno del JNE guarda concordancia con la práctica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, según el cual una de las partes en litigio no puede asumir una conducta contradictoria con la asumida inicialmente, a fin de no perjudicar a la otra parte del proceso jurisdiccional, explican.