El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente recurso de hábeas corpus presentado en favor del exdictador Alberto Fujimori, condenado a prisión de 25 años por delitos de lesa humanidad, para darle libertad.
La demanda había sido por Gregorio Parco Alarcón, militar en retiro quien alegaba que Fujimori debía ser excarcelado por su edad y las condiciones del centro penitenciario donde se encuentra, pese a ser una cárcel dorada en comparación con otros centros de reclusión.
Parco manifestó en la demanda que Fujimori se encuentra preso en la Base Naval del Callao "por orden judicial", cuando en realidad está preso en la Diroes desde su extradición de Chile, para ser juzgado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.
También dice la demanda que Fujimori, en su opinión, ya no representa un peligro para la sociedad.
En su resolución, el TC falla indicando que "mediante el hábeas corpus correctivo no se puede pretender que se disponga la libertad del condenado, esto es la excarcelación, como si la condena judicial hubiera sido cumplida o aquella no surtiese efecto".
Precisa que al dictar sentencia el tribunal no establece en cuál de los centros de reclusión se cumplirá la sentencia, pues eso es una facultad del INPE.