Lescano denuncia inconstitucionalidad de censo
Medida será más efectiva que un ‘Paro Nacional’ por los efectos que causará en un sector económico de la población, refiere
El congresista Yonhy Lescano señaló que la inamovilidad de la población decretada durante el censo nacional del 21 de octubre es inconstitucional, por cuanto vulnera derechos fundamentales como el libre tránsito y el derecho al trabajo, preceptos constitucionales que estarán suspendidos ese día desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde.
Medida será más efectiva que un ‘Paro Nacional’ por los efectos que causará en un sector económico de la población, refiere
El congresista Yonhy Lescano señaló que la inamovilidad de la población decretada durante el censo nacional del 21 de octubre es inconstitucional, por cuanto vulnera derechos fundamentales como el libre tránsito y el derecho al trabajo, preceptos constitucionales que estarán suspendidos ese día desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde.
Sostuvo que esta situación afectará a un sector económico, comercial y turístico de nuestro país, por cuanto mediante un simple acto administrativo, se pretende obligar a los ciudadanos que permanezcan encerrados en sus casas para responder a un empadronador cuyo trabajo no debería ocuparle más de media hora de ese día.
En ese sentido, dijo que esta medida resultará más nociva para un importante segmento de la población económica del país que cualquier 'Paro Nacional', por cuanto negocios y comercios deberán mantenerse cerrados a pesar que sus operadores ya han sido censados.
Por esta razón, Lescano exhortó a la Presidencia del Consejo de Ministros PCM y al Instituto Nacional de Estadística e Informática —INEI—, a fin de modificar esta decisión y adoptar otros mecanismos que no afecten derechos constitucionales.
Refirió que mediante el artículo 2.º del Decreto Supremo N.° 081-2007-PCM, así como el inciso m) del artículo 1.º, y el artículo 2.º de la Norma Técnica Censal N.° 008-2007-INEI/CPV, aprobada por la Resolución Jefatural N.° 289-2007-INEI, el Ejecutivo estableció la prohibición del tránsito libre de las personas durante el censo del 21 de octubre.
Del mismo modo, se prohibe también el funcionamiento de mercadillos, supermercados, bodegas, restaurantes, peluquerías, grifos, ferias, comercio ambulatorio, establecimientos comerciales, actividades deportivas, culturales, etc.
El legislador dijo desconocer si bajo estas medidas se esconden algunos intereses, pero no descartó que exista un deseo del actual gobierno por rechazar y calificar como negativo todo lo realizado durante el período presidencial de Alejandro Toledo, aunque al final esas ‘ojerizas’ terminen costándole al pueblo peruano.
El mapa de la pobreza ya está elaborado. Del mismo modo, hay especialistas que señalan lo inconveniente e innecesario de realizar dos censos tan cerca uno del otro. Sin embargo, el Ejecutivo sigue empeñado en llevar adelante este proceso y para hacerlo diferente al anterior opta por una medida inconstitucional y abusiva. Esperemos que al final entiendan lo inconveniente de esta situación que en la práctica perjudicará a un importante sector económico del país, acotó.
Finalmente, Lescano dijo que cualquier ciudadano que se sienta afectado por esta medida dictada por el Ejecutivo para el próximo 21, podría tranquilamente presentar un recurso de Habeas Corpus a fin de resguardar sus derechos si siente que éstos están siendo conculcados.
En ese sentido, dijo que esta medida resultará más nociva para un importante segmento de la población económica del país que cualquier 'Paro Nacional', por cuanto negocios y comercios deberán mantenerse cerrados a pesar que sus operadores ya han sido censados.
Por esta razón, Lescano exhortó a la Presidencia del Consejo de Ministros PCM y al Instituto Nacional de Estadística e Informática —INEI—, a fin de modificar esta decisión y adoptar otros mecanismos que no afecten derechos constitucionales.
Refirió que mediante el artículo 2.º del Decreto Supremo N.° 081-2007-PCM, así como el inciso m) del artículo 1.º, y el artículo 2.º de la Norma Técnica Censal N.° 008-2007-INEI/CPV, aprobada por la Resolución Jefatural N.° 289-2007-INEI, el Ejecutivo estableció la prohibición del tránsito libre de las personas durante el censo del 21 de octubre.
Del mismo modo, se prohibe también el funcionamiento de mercadillos, supermercados, bodegas, restaurantes, peluquerías, grifos, ferias, comercio ambulatorio, establecimientos comerciales, actividades deportivas, culturales, etc.
El legislador dijo desconocer si bajo estas medidas se esconden algunos intereses, pero no descartó que exista un deseo del actual gobierno por rechazar y calificar como negativo todo lo realizado durante el período presidencial de Alejandro Toledo, aunque al final esas ‘ojerizas’ terminen costándole al pueblo peruano.
El mapa de la pobreza ya está elaborado. Del mismo modo, hay especialistas que señalan lo inconveniente e innecesario de realizar dos censos tan cerca uno del otro. Sin embargo, el Ejecutivo sigue empeñado en llevar adelante este proceso y para hacerlo diferente al anterior opta por una medida inconstitucional y abusiva. Esperemos que al final entiendan lo inconveniente de esta situación que en la práctica perjudicará a un importante sector económico del país, acotó.
Finalmente, Lescano dijo que cualquier ciudadano que se sienta afectado por esta medida dictada por el Ejecutivo para el próximo 21, podría tranquilamente presentar un recurso de Habeas Corpus a fin de resguardar sus derechos si siente que éstos están siendo conculcados.