El Pleno del Congreso de la República aprobó, por unanimidad (105 votos), el dictamen que propone modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incorporar la modalidad de préstamos extorsivos en el tipo penal de extorsión, también conocido como “préstamo gota a gota”.
La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 5474/2022-CR, 5631/2023-CR, 5817/2023-CR, 6064/2023-CR, 6177/2023-CR, 6941/2023-CR, 7269/2023-CR, 7480/2023-CR, 7513/2023-CR y 7636/2023-CR. Fue exonerada de segunda votación.
¿DE QUÉ TRATA?
El dictamen aprobado busca, en esencia, fortalecer la penalización de los créditos extorsivos, lo que tendría efectos positivos significativos en términos de protección, prevención, seguridad económica, desarticulación criminal y fortalecimiento del Estado de derecho.
En el primero de sus dos artículos, la fórmula legal modifica el artículo 200 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, sobre extorsión, con la inclusión de nueve literales.
En el literal 200.1 se establece que el “que mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier otra índole será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años”.
“La misma pena se aplicará a quien, por sí mismo o por terceros, induce u obliga mediante amenaza, intimidación, engaño, ardid o violencia a aceptar dinero o bienes que simulan un contrato de mutuo o cualquier otro, con el fin de obtener una ventaja indebida”, se incluye en la siguiente cambio.
Luego, en el literal 200.3 se incluye el siguiente texto: “La pena establecida en el párrafo 200.1 se aplicará a quien, por sí mismo o por terceros, induce u obliga mediante amenaza, intimidación, engaño, ardid o violencia a aceptar dinero o bienes que simulan un contrato de mutuo o cualquier otro, con el fin de obtener una ventaja indebida”.
Asimismo, respecto al literal 200.6, se establece que la pena será no menor de quince ni mayor de veinticinco años e inhabilitación conforme a los numerales 4 y 6 del artículo 36, si la violencia o amenaza es cometida bajo determinadas condiciones.
“Se impone al agente que, para perpetrar cualquiera de los supuestos extorsivos, usa armas de fuego o artefactos explosivos, o cuando el agente siendo miembro policial en actividad o retiro actúa como jefe o miembro de una organización dedicada a la perpetración de cualquiera de los supuestos previstos en los párrafos anteriores”, se indica en el literal 200.8.
En su segundo artículo, la propuesta incorpora el artículo 8-A de la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, el cual se refiere a los préstamos informáticos extorsivos.
“El que a través de plataformas digitales, internet u otro medio análogo induce u obliga mediante amenaza, intimidación, engaño o ardid a aceptar dinero o bienes, simulando un contrato de mutuo o cualquier otro con el fin de obtener una ventaja indebida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años”, se destaca.
La pena, según establece el nuevo artículo, “será no menor de quince ni mayor de veinticinco años”, cuando se observa determinadas condiciones que son definidas en el dispositivo legal.
BENEFICIOS
De acuerdo con el titular de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca (PL), la propuesta legal “proporcionaría protección legal a la población vulnerable, como amas de casa, estudiantes y pequeños comerciantes, que suelen ser las principales víctimas de estos préstamos abusivos”.
“Establecer consecuencias legales disuadiría a otros prestamistas de utilizar tácticas extorsivas, contribuyendo así a prevenir delitos financieros y proteger los derechos económicos de los ciudadanos”, dijo el legislador.
Asimismo, señaló que la penalización de los créditos extorsivos promovería la seguridad económica y evitará que las personas caigan en deudas excesivas e injustas que puedan poner en riesgo su bienestar financiero y el de sus familias.
“Al perseguir penalmente a quienes están detrás de estas prácticas, continuó, se podría desarticular las organizaciones criminales que operan detrás de los préstamos extorsivos, lo que ayudaría a reducir la incidencia de este tipo de delitos en la sociedad”, dijo Mita Alanoca.
Finalmente, expuso que la inclusión de este tipo de delito en el Código Penal “fortalecería el estado de derecho al demostrar que el sistema legal está preparado para abordar nuevas formas de delincuencia y proteger los derechos de los ciudadanos”.
DEBATE
Intervinieron en el debate, como autores de proyectos de ley, los congresistas Kathy Ugarte (PP), Alfredo Azurín Loayza (SP), Patricia Juárez Gallegos (FP), Edgard Reymundo Mercado (BDP), Norma Yarrow Lumbreras (RP), Idelso García Correa (APP) y Jorge Marticorena Mendoza (APP).
Además, participaron Rosselli Amuruz Dulanto (AvP), Américo Gonza Castillo (PL), Alejandro Soto Reyes (APP), Luis Aragón Carreño (AP) y Edwin Martínez Talavera (AP).