¿Es Fujimori, Alan García, Dionisio Romero u otro personaje el que está detrás del proyecto que exime de concurrir a la audiencia a un procesado?
La alerta fue dada por Carlos Rivera Paz, abogado del Instituto de Defensa Legal: el ejecutivo ha presentado el proyecto —para su “urgente” aprobación— N.° 1842/2007, "Ley de simplificación del juicio oral", para modificar en forma importante el desarrollo del juicio oral.
¿Simplificar o conocer la verdad?
Si los estados cuentan con instrumentos e instituciones procesales es para administrar justicia, donde ésta sólo puede ser aplicada en forma equilibrada luego de determinar con la mayor precisión posible la veracidad de los hechos. La verdad es la médula de la justicia, lo demás es complementario o accesorio. Con una verdad a medias o con la mentira nunca se va a conseguir una real justicia, es lo que parecen no entender quienes proponen este proyecto.
Entre otros, el proyecto propone modificar los artículos 234.° y 256.° del Código de Procedimientos Penales, de modo que "el acusado no podrá alejarse sin permiso de la sala; sin embargo, una vez escuchada la formulación de cargos y por razones justificadas podrá autorizársele el permiso, en cuyo caso será representado por su defensor". También, para que por motivos de salud se pueda emplear la teleconferencia o medios similares.
Se atenta contra la determinación de la verdad
En toda audiencia, la presencia de los acusados, acusadores, fiscales y testigos es fundamental, pues los jueces no sólo se basan en las pruebas presentadas, sino que las declaraciones y confrontaciones son instrumentos importantísimos para la evaluación de los hechos (sobre todo en materia penal). Todo tiene utilidad: las reacciones, los gestos, el tono de voz, y, en muchos casos, recriminaciones inesperadas entre los confrontados, las cuales permiten dilucidar mejor el caso, la presencia física es la que más ayuda para que los jueces o vocales se formen criterio y es lo normal que estas audiencias descubran inclusive nuevas evidencias.
No es lo mismo una confrontación candente entre dos encausados que la confrontación formal y controlada entre un abogado y el inculpado allí presente (el que no corrió).
¿Simplificación? Nada más que una burla, pues el tiempo que emplearían las audiencias sería el mismo
Por lo anterior, permitir que los participantes sean reemplazados por sus defensores no sólo atenta contra el pleno esclarecimiento de los hechos, sino que contradice al argumento del proyecto, esto es, la simplificación, alegando que los procesos son muy largos. El reemplazo del acusado por su abogado defensor significará que la audiencia tome un tiempo similar, nada garantiza el acortamiento de la duración de la audiencia.
Por otro lado, el abogado defensor también puede alegar enfermedad para dilatar el proceso, no es inmune a contraer una enfermedad, o puede “querer” enfermarse. En este caso el tiempo también se alargaría.
¡Ausencia del acusado cuando se teme que no se diga la verdad!
Este argumento también es de Ripley, pues el proyecto propone la ausencia del acusado cuando es "de temer" que otro de los acusados o un perito no dirá la verdad en su presencia. ¿Estamos legislando sobre la base de peritos miedosos? Si hay tales peritos, deben ser destituidos y ponerse en su lugar a peritos verdaderamente profesionales. Esperemos que esto sólo se refiera a los casos que impliquen violencia, como las violaciones o torturas, en todo caso debería precisarse las circunstancias excepcionales, para evitar subjetividades.
Como los niños violados
La argumentación del proyecto también alega modernización, por ello introduce la modalidad de las videoconferencias. Los nuevos instrumentos tecnológicos normalmente se han establecido en otros países para situaciones extremas, por ejemplo en el caso de los niños violados, para quienes se ha diseñado salas especiales donde se mantengan aislados e invisibles a los ojos de sus victimarios, lo cual responde al principio de protección moral y psicológica a la niñez, pero ¿por qué un acusado de violación de derechos humanos o corrupción debería compararse a un niño violado? ¿Quiénes son los que pretenden recibir la lenidad del niño violado, Fujimori, García (pues en la prensa se informa sobre procesos en curso), Dionisio Romero, Montesinos?
¿No por ahora?
Lamentablemente todos los comentaristas en la prensa han señalado que no es el momento de aprobar esta norma o que su aprobación se debería postergar, cuando en realidad lo que deberían proponer, viendo de lo que se trata, no es postergar la aprobación, sino desechar de una vez por todas este terrible proyecto. Ni Fujimori ni Montesinos ni los grandes capos de la corrupción merecen ser tratados como niñitos víctimas de violación sexual, los grandes mafiosos deben dar cara (como cualquier delincuente) no sólo en las confrontaciones contra sus acusadores, sino que deben dar cara a todo el Perú para responder por sus actos. Este proyecto sólo incentivará la corrupción, pues todos los abogados defensores saben qué decir y no decir, trabajan para sus patrocinados, pero en ningún caso deben sustituir a los acusados. La nación necesita saber la pura verdad y no la verdad legal (la que usan los abogados para atenuar los cargos), con lo cual se promoverá la impunidad. Los grandes delincuentes internacionales soñarían ser juzgados en el Perú…
Esperemos una prota corrección, porque, por lo menos en el caso Fujimori, hemos apreciado que se le han otorgado privilegios, como el evitar ser enfocado (o ser enfocado con mucha dificultad) por las cámaras.
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