La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que preside el congresista Alex Paredes Gonzales (SP), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 1420, 1871, 2462, 5241 y otros, que propone modificar el artículo 2 del Decreto Legislativo 892, Ley que regula el derecho a los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría.
Según la propuesta, señala que los trabajadores de las empresas comprendidas en el presente Decreto Legislativo 892 participan en las utilidades de la empresa, mediante la distribución por parte de esta de un porcentaje de la renta anual antes de impuestos.
El porcentaje referido es para las empresas pesqueras en un 10%, empresas agrarias un 5%, entre el 2021 al 2023, y un 7.5% entre el 2024 al 2026, así como un 10% a partir del 2027 en adelante. También están incluidas las empresas de telecomunicaciones con un 10% y las empresas industriales con un 10%.
Asimismo, las empresas de hidrocarburos un 8%, empresas mineras un 8%, empresas de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes un 8%; así como las empresas que realizan otras actividades un 5%.
La modificación del porcentaje de distribución de las utilidades de empresas del sector hidrocarburos se aplica de manera progresiva para el año 2026; el porcentaje de distribución es equivalente a un 6% para el año 2027. El porcentaje de distribución es equivalente a un 7%. Y, para el año 2028, el porcentaje de distribución es equivalente a un 8%.
