Superintendencia de derechos laborales: burocracia innecesaria
por Luis Alberto Latínez; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La candidata Keiko Fujimori esta proponiendo la creación de la Superintendencia de Derechos Laborales, para defender los derechos laborales de los trabajadores.
Debemos recordar que en la Dictadura Fujimontesinista, se conculcaron los derechos laborales de los trabajadores, pues se flexibilizó el mercado laboral, se despidieron más de trescientos mil (300.000) trabajadores, y se permitió contratar a los trabajadores bajo la modalidad de Renta 4ta-5ta, de acuerdo al inciso e) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta, mediante el cual el trabajador no tiene derecho a la seguridad social, pensión, CTS, vacaciones,etc.
Sobre la creación de la Superintendencia de Derechos Laborales, debo indicar que es innecesaria esta nueva Institución, porque existen Instituciones del Estado que tienen estas atribuciones, las mismas que las cumplen parcialmente. Así tenemos:
LOS INSPECTORES DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Son funcionarios que visitan las Empresas, para determinar si están cumpliendo con el respeto de los derechos laborales, como son, entre otros:
- Estabilidad en el Trabajo
- Respeto de las ocho (8) horas de trabajo
- Que los trabajadores que desempeñan trabajos de carácter permanente estén en planilla, para que gocen de todos los beneficios: CTS, gratificaciones, vacaciones, etc.
- Que se cumplan la condiciones de trabajo ganadas por los trabajadores.
Además, el Ministerio de Trabajo atiende las denuncias de los trabajadores, el reconocimiento de sus derechos e interviene en los conflictos laborales.
SUNAT
En el año 1,999 ESSALUD (Ex- IPPS) celebró un Convenio con la SUNAT para que esta última administre y recaude el Régimen de Prestaciones de Salud (9%). También, se le encargó a la SUNAT administrar y recaudar el Sistema Nacional de Pensiones- ONP(13%). La
SUNAT cobra comisiones por administrar y recaudar los Tributos.
Estos Convenios significan que la SUNAT tiene que recaudar ESSALUD y ONP, e inclusive fiscalizar.
Sobre el accionar de estas Instituciones, debo precisar lo siguiente:
Los Inspectores del Ministerio de Trabajo, recién en este Gobierno (2006-2011) han estado ejerciendo sus funciones, pero limitadamente, visitando e inspeccionando las empresas para que se cumplan los derechos de los trabajadores.
La SUNAT, no ha cumplido con todas sus funciones, limitándose a recaudar los tributos (ESSALUD y ONP).
Al respecto, digo que es innecesaria la Superintendencia, porque lo que tiene que hacerse es dinamizar el accionar tanto de los Inspectores del Ministerio de Trabajo, como de la SUNAT
El Ministerio de Trabajo tiene que fortalecer el área de los Inspectores, con la finalidad de que cumplan con sus atribuciones en Lima y en todas las Regiones, para continuar con sus buenos resultados alcanzados en Lima, a pesar del apoyo limitado, logrando que se incremente el n° de trabajadores en planilla, lo cual garantiza los derechos laborales de los trabajadores.
La SUNAT, tiene que programar operativos que permita fiscalizar a las empresas, teniendo en cuenta que es una práctica normal que los trabajadores no sean incluidos en planilla, desconociéndose sus derechos laborales.
El no incluir a los trabajadores en planilla, a pesar que realizan trabajos de carácter permanente, contribuye a la EVASIÓN TRIBUTARIA, pues las empresas dejan de pagar ESSALUD y ONP.
Debemos tener presente que la EVASIÓN TRIBUTARIA, es uno de los flagelos de nuestra sociedad, pues se da en todos los TRIBUTOS. La Evasión Tributaria en el Perú es del orden del 37%.
*CPC LUIS ALBERTO LATÍNEZ CARPIO
Asesor y consultor de empresas
Presidente del Centro de Investigaciones contables y tributarios
Ex jefe SUNAT
Past Decano del Colegio de Contadores Público de Lima