Jorge sanchez (*)

A propósito que en los próximos días se celebrará una fecha que con el transcurrir del tiempo ha ido cambiando de denominación antaño la celebración del Inti Raymi, luego  el Día del Indio, posteriormente  Día del Campesino, pero así y todo persiste el paradigma del campesino pobre, ignorante, que necesita que lo apoyen y depende de las dádivas gubernamentales, casi lo miran como un menor de edad, no se asimila un campesino con estudios superiores, con manejo de las herramientas más sofisticadas y que sea capaz de conducir asociativamente organizaciones que producen, transforman, empacan su producción y además la comercializan al mercado interno y al externo y  con el “valor agregado” digo yo, de hacerlo directamente y que sólo necesitamos  oportunidades, equidad, acceso a los financiamientos, tierra y recurso hídrico como cualquier empresario.

 

Si con las Constituciones anteriores nuestro sector se encontraba a la deriva,  con la Constitución vigente se ponen al desnudo mucho mas pues  las circunstancias globales que nos rodea así lo señalan y nuestro Gobierno Regional pese a las prerrogativas inherentes a su función, no hace nada y si hace algo es tan lento, que no trasciende.

Este Gobierno Regional producto de un Frente presidido por Javier Atkins,  que obtuvo las mas alta votación a nivel nacional,  no puede pasar a la historia,  ni como un gobierno mediocre menos como un gobierno facilitador de grandes intereses en menoscabo de los cientos y miles de productores que comparten la región y sus riquezas naturales. En sus manos  y me refiero al Frente Unidos Construyendo, pues ya no vale el desmarque,  estará conciliar y crear oportunidades en forma equitativa para todos los productores sean estos  grandes, medianos y pequeños. Nuestra Región Piura se lo merece.

LA REALIDAD DE  NUESTRA REGION EN MATERIA HIDRICA.-

Piura  tiene recurso hídrico más que suficiente  proveniente de sus ríos Chira y sus afluentes Quiroz y Chipíllico,  el río  Piura cuyas aguas desembocan en la Cuenca del Pacifico,  el rio Huancabamba y Chinchipe cuyas aguas van a la Cuenca del Atlántico.

Estos ríos son abastecidos en forma permanente por los Bosques de Páramos, que se ubican en las cordilleras arriba de los 2,500 m. de altura, el cual es un sistema de características muy particular  en el mundo y   que se extienden desde  la  Sierra de Ayabaca y Huancabamba, continúa por las sierras del  Ecuador, Colombia, hasta   Venezuela.

Estos Bosques de Páramos  producen  para Piura,  una oferta anual de agua de 5,000 MM3, que se derivan a los mencionados ríos, de la cual solo se aprovechan solo  un 20%,  favoreciendo   a los valles del  Chira y Piura, con los Reservorios San Lorenzo y Poechos, uno almacena hasta 250 MM3 y el otro oscila entre  520 a 580 MM3. La oferta de agua se incrementa con la producida en la Sierra del Ecuador y que discurre por los ríos con nacientes en dicha sierra destacando el rio Chira, llamado Catamayo desde la frontera hasta su naciente y que en los meses de Enero a Julio se desperdician 5,000 MM3 promedio que se derivan al mar, por falta de capacidad de almacenamiento.
 
Cabe mencionar  la existencia de una napa freática, con un volumen muy importante de agua subterránea, que aún no ha sido dimensionada y  que se explota sólo  en la zona del Alto Piura y que a diferencia de otros lugares, está intacta y segura en su caudal, en tanto que las cuencas, cuentan con ríos de curso permanente, especialmente  la Cuenca del Chira. Se incluyen en el Plan estratégico de la Región incentivar la explotación de los Acuíferos del Alto y Bajo Piura y el de Máncora  (Talara) y debe incluirse el recientemente comprobado, como consecuencia de los estudios de la explotación de Bayovar, denominado Zapallal,  enorme acuífero confinado (5,000 Km2) y que abarca las comunidades de Catacaos y Sechura,  hasta el Norte de Lambayeque.

PROYECTOS PARA APROVECHAMIENTO RECURSO HIDRICO EN LA REGION.

En diferentes eventos regionales y nacionales, incluso internacionales se exponen las potencialidades de desarrollo agrícola  con que cuenta la Región, a través de los diferentes Proyectos de Irrigación, habiendo sido desactivados dos: Irrigación Congorá e Irrigación  Pariñas,
 haciendo la salvedad que haremos referencia aquellos Proyectos que se desarrollarán en nuestro territorio regional y contemplados en el Plan de Desarrollo Regional:
 
Proyecto Especial de Irrigación del Alto Piura que consiste en transvasar 335 MMC de agua del Río Huancabamba ( Prov. Huancabamba) , a la cuenta del Alto Piura El Proyecto permitirá el mejoramiento de 31,000 Has existentes y la ampliación de 19,000 Has.),

Con fecha Viernes 21 de Mayo del 2010,  se firmó el contrato entre el Estado Peruano y la firma brasilera Camargo Correa, para el inicio de la construcción del Proyecto, no se necesita mayores detalles pues está en la cresta de la ola con el claro mal ejemplo del Proyecto Olmos.

Proyecto Vilcazán Santa Rosa  teniendo en cuenta el marco del riego regulado del Sistema Chira Piura y San Lorenzo, y los problemas de sedimentación en el primero y la escasa capacidad de almacenaje del otro, para el abastecimiento del valle de San Lorenzo, se propone solucionarlo, mediante la construcción de un reservorio en la Cuenca del Río Quiroz, afluente del río Chira, en la zona del Sausal, para almacenar 150 MMC, y producir 20 MW de energía eléctrica,  incorporando 9,000 mil nuevas hás.,  mejorando el riego en 35,000 has.

Proyecto de Irrigación Anchalay – Suyo- Un Proyecto de inversión Pública, (Prov. Ayabaca) permitirá la Irrigación de 6,000 Hás. de tierras nuevas, aprovechando el agua internacional del Río Calvas a través de la captación de 6.0 m3/seg., canal de conducción de 5.56 Km., y túnel de 6.2 Km. El área de irrigación en la zona Cachaco y Cachaquito.

Proyecto de Irrigación Espíndola-  Proyecto de inversión Pública comprende el desarrollo de 2,000 Hás, ( Prov. de Ayabaca) mediante el riego regulado aprovechando las aguas internacionales del Río Calvas, las que serán captadas a través de una estructura tipo barraje, conducción mediante un canal mejorado de 7 Km. y la construcción de 14 Km. de canal revestido y obras de arte.

 INICIATIVA DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS PLUVIALES CON LA CONSTRUCCION DE LOS RESERVORIOS SATÉLITES.

Esta iniciativa  realizada  en el 2005, por las Comisiones de Regantes del Miguel Checa y la Comisión de Regantes del Canal Norte de la JUDRCH,  tomaron en cuenta  los Estudios Iniciales de la irrigación del Chira Piura que presentaron 02 alternativas: la   construcción del llamado Canal Alto desde  Poechos hasta  Miramar,  en un trazo  paralelo y a mayor altitud que el  Canal Miguel Checa y la otra  que se realizó y concretó por el Gobierno Revolucionario de Juan Velasco Alvarado y que constituye el ámbito del PECHP.

Estas Comisiones decidieron impulsar la propuesta para aprovechar los excedentes del río Chira en los meses de Enero a Julio, de cada año,  están en un promedio de  los 5,000 MM3 por temporada,  según aforos registrados por el PECHP desde el año 1972 al presente y en la estación de Sullana (cuadro adjunto),  casi 5  Reservorios como  Poechos, sin contar con un eventual FEN de las características del 83 o el 98.

 Con esta propuesta se derivarían los excedentes desde el Reservorio Poechos a través de un canal desde la cota 104  o  106,  para  embalsarlas  aprovechando las quebradas de San Francisco o Santa Victoria, en el distrito de Lancones;  Casuras en el distrito de Marcavelica   y la de Algarrobal seco en el distrito de Ignacio Escudero, margen derecha del río Chira y en cota mas alta que la del Canal Miguel Checa.
 
Los beneficios serían  múltiples basta señalar  potenciando la ampliación agrícola de las Provincias de Sullana, Paita y Talara priorizando cedulas de cultivos de menor consumo de agua, reforestando y reconstituyendo la flora y la fauna regional y sobre todo regularizando el abastecimiento de agua potable a las Provincias de Sullana, Paita y Talara interconectando estos reservorio al Eje  Paita Talara que con un sistema de Bombeo desde la Planta El Arena y por tuberías  que lleva las aguas  hasta una altura de 230 m.s.n.m. en las pampas de Santa Lucia y de ahí  por gravedad para abastecer a la provincia de Talara.

Hasta ahora solo se ha conseguido que el ex Presidente Regional dijera que primero saliera el Alto Piura, luego  el PECHP que es prioridad el afianzamiento del Reservorio y el reforzamiento del Cuenco amortiguador, pero paralelo a ello se han realizado estudios para construir embalses o reservorios en la cuenca del rio Piura y una iniciativa de un Grupo económico para construir un Reservorio satélite  a cambio de 10,000 has. y  llevar el recurso a través de un ducto hasta Talara.

EL AFIANZAMIENTO DE POECHOS ESTÁ EN PROCESO.

ESTA LAMINA CORRESPONDE A UNA EXPOSICION DEL GR SUSTENTADA POR EL VICEPRESIDENTE CESAR DELGADILLO F. EN AGOSTO DEL 2010, ANTE UNOS INVERSIONISTAS EXTRANJEROS

•  Antes del 2006, se trabajaba el reservorio hasta la cota 102 con un almacenamiento de 480 mm3

•  A partir del  año 2006 con las obras hechas por SINERSA por 15 Millones de Dls. para poner en funcionamiento su 3ra. hidroeléctrica, se  llega a la cota 104.5 y se hoy se almacena  580 mm3, sin costo para el GR.

•  El consorcio  DIO LATINA  y SINERSA presentaron al GR  la iniciativa de llegar a la cota 106, para almacenar 680 mm3, ellos financiaban  15 millones de dólares de  los 24 que se necesitan,  a cambio que les cedieran 10,000 has. Iniciativa en suspenso ante la resistencia de el ex gerente del PECHP Freddy Aponte y Junta de Usuarios del Medio Piura.

Faltan 15 Millones de dólares y con ello  cumplir el objetivo de llegar a la 106 msnm para alcanzar un almacenamiento de 120 MM3 mas, con lo que se lograría los 200 MM3.

Por tanto, el afianzamiento de Poechos en su Primera Etapa,  ya se  implementó,  pues han reconocido los funcionarios responsables: PECHP y las mismas Juntas de Usuarios,  que se viene operando hasta la cota 104.5 que significa que el Reservorio almacena 80 MM3 mas, pues  SINERSA inició estos trabajos para garantizar  suficiente volumen de agua para la 3ra hidroeléctrica que entró en funcionamiento en el mes de Abril del año 2009,  para esto empleó 10 Millones de Dólares, tal cual lo confirmara Branislav Zdravkovic, asesor de la empresa Dio Latina y Gerente de SINERSA (dueños de las 03  Hidroeléctricas),  porque ya se habían efectuado algunos trabajos preliminares al construirse la central hidroeléctrica de Poechos II.

Como así también se señala en la sesión de Consejo Directivo del PECHP del 02-02-2011 que transcribo en la parte pertinente “A continuación siendo las 18:45 horas se presentaron los Directores de Estudios y Medio Ambiente Ing. Francisco Morocho y de Operación y Mantenimiento Ing. Abner Casanova a hacer las exposiciones programadas.”

“El Ing. Morocho trató el tema de la propuesta presentada por SINERSA para elevar la cota de operación de 103 a 106 m, modificando el diseño del aliviadero de emergencia, de manera que se pudiera almacenar un volumen adicional de alrededor de 200 MMC, pero aclaró que ya la Dirección de Operación y Mantenimiento venía llenando el reservorio hasta la cota 104.30 m, sin ningún trabajo adicional. Explicó que había una discrepancia en lo que se refiere a la cota de corona del núcleo impermeable, que según los planos era la 105 m, pero los proponentes insistían que era la 106. Por lo demás, este no era un asunto que no tuviera solución, pues se puede corregir sin demasiada inversión. El proyecto era interesante y había sido incluido entre los productos a presentar por los consultores Consorcio Integral-Serconsult que van a formular el Estudio de Factibilidad Afianzamiento del Reservorio Poechos”.

LA REALIDAD LO CONFIRMA

La realidad demuestra esta aseveración teniendo en cuenta las áreas nuevas habilitadas y que ya  están instaladas y productivas con cultivos como la caña para etanol, piscicultura, vid, pimientos, verduras y legumbres, palta: Caña Brava, Ecuacuícola, Camposol, El Pedregal, MAPLE etc. que superan las 20,000 Has. nuevas,  incluso las áreas de arroz se han incrementado en los valles Chira, Bajo Piura y Sechura.

LA OTRA REALIDAD QUE INDIGNA DE UNA LEY DISCRIMINATORIA COMO LA DE RECURSOS HIDRICOS

Mientras que los grandes y medianos inversionistas incluso extranjeros, invierten en tierras con titulo o sin él, cuentan con el  Recurso Hídrico suficiente, comunidades y asociaciones o agricultores individuales se les niega el derecho a acceder al recurso hídrico alegando “no hay recurso hídrico disponible” o exigiéndoseles estudios hidrológicos de la cuenca o el titulo de la tierra debidamente inscrito en la SUNARP, entre otros.

Por  primera vez en el Perú una ley de recursos hídricos contempla y reglamenta el uso de este recurso por parte de las comunidades,  pero lo que no pasa por la mente y sería  aberrante  comprobar que una Ley como la de Recursos Hídricos consensuada,  votada en el Congreso por amplia mayoría y con un gobierno democrático, en su espíritu  quizás era hacer justicia a las milenarias comunidades, pudiera ser   cambiada, trastocada, por los redactores del reglamento de la Ley, quizás funcionarios conocedores de una  “realidad”.

Por tal razón  transcribo lo que dice la Ley y el reglamento de la Ley de Recursos hídricos sobre las comunidades, tema que es ignorado y que sería necesario impulsar más aún cuando en el reservorio hay mayores volúmenes de agua o hay comunidades que son vecinas de los proyecto de irrigación y de reservorios hechos o por construir.

LEY 29338 DICE:

5.Principio de respeto de los usos del agua por las comunidades campesinas y comunidades nativas

El Estado respeta los usos y costumbres de las comunidades campesinas y comunidades nativas, así como su derecho de utilizar las aguas que discurren por sus tierras, en tanto no se oponga a la Ley. Promueve el conocimiento y tecnología ancestral del agua.

Artículo 32º.- Las comunidades campesinas y comunidades nativas

Las comunidades campesinas y comunidades nativas se organizan en torno a sus fuentes naturales, microcuencas y subcuencas de acuerdo con sus usos y costumbres. Las organizaciones tradicionales de estas comunidades tienen los mismos derechos que las organizaciones de usuarios.

EL REGLAMENTO DE LA LEY DICE:

CAPÍÍTULO VII

DERECHOS DE USO DE AGUA DE LAS COMUNIIDADES CAMPESIINAS Y COMUNIIDADES NATIIVAS

Artículo 90º.- Derecho de uso de agua de las comunidades campesinas y comunidades nativas

90.1 Las comunidades campesinas y las comunidades nativas tienen derecho a utilizar el agua existente o que discurren naturalmente por sus tierras, así como sobre las cuencas de donde nace dicha agua, tanto para fines económicos, de transporte, de supervivencia y culturales, en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Perú, la normativa sobre comunidades y la Ley. Este derecho es imprescriptible, prevalente y se ejerce de acuerdo con los usos y costumbres ancestrales de cada comunidad

Entre la Ley y su Reglamento se le ha agregado la palabra naturalmente ello significa que no tendrán acceso a todo aquello construido, desviado, realizado con fondos públicos o privados y que ha intervenido la mano del hombre. ¿Quizás sea eso?

EN CONCLUSION

1.-La Ley de Recursos hídricos y su Reglamento guardan cierta distancia entre sí y también con respecto a la participación de los organismos sectoriales y regionales, ha  creando un ente Supranacional como es la Autoridad Nacional de Aguas (ANA),  bajo la visión de la supremacía de los enfoques técnicos y científicos, con las mismas características de manejo del MEF y el BCR que se autocalifican “independientes sin ninguna injerencia política”, craso error que viene trabando el desarrollo emergente de las grandes mayorías productoras, mermando la posibilidades de incrementar el desarrollo nacional.

2.-Esto permite un secretismo y opiniones reservadas en el manejo de los recursos hídricos de la Región Piura que a ojos vista es contradictorio, absolutamente direccionado, pues el desarrollo de empresas dedicadas a la agricultura y agroindustria es espectacular y en tierras recientemente incorporadas, tituladas o no,  porque se está incrementando paulatinamente el volumen del Reservorio.


3.-Realizar incidencia política en el enorme potencial hídrico de la Región y sus perspectivas que de ser embalsado, será  en desmedro y marginación de las comunidades campesinas y los pequeños y medianos productores, profesionales o técnicos de la Región, favoreciendo a grandes grupos de poder nacionales o extranjeros, con una marginación absoluta de las comunidades y aún de las asociaciones de productores que cuentan con recursos financieros y logísticos, que no se quedan atrás de estos grupos económicos, pero que se les exige cumplan los inalcanzables requisitos exigidos y sobre todo que estas áreas pasibles de ser incorporadas se dirijan a la  producción de agro combustibles

4.- Las comunidades campesinas de nuestro medio no han tomado debido conocimiento  de los alcances de la Ley de Recursos Hídricos en lo que les atañe, pues teniendo tierras no las pueden explotar pues “carecen” de recurso hídrico a pesar que las obras hidráulicas atraviesan sus territorios.


Piura, Junio 2012.


(*) Bibliografía:

“Nueva Ley de Aguas que no convence” Laureano del Castillo
Plan de Desarrollo Regional
Res Ejecutiva 863/2011Gobierno Regional
Ordenanza Reg. 214-211Gobierno Regional
Sesión de Consejo Directivo del 24-02-2011 PECHP
IRAGER-PECHP