cesar nakasaki 3

Por Guillermo Olivera Díaz*

El texto que tengo en mi poder demuestra que Fujimori, al igual que Nakazaki, pretenden hacer trampa a la Comisión. No han cumplido el claro mandato: que Fujimori (a) suscriba la solicitud de indulto que presentaron el 10 de octubre último sus cuatro hijos; o (b) que presente un documento con su firma que exprese su voluntad indubitable de pedir dicha gracia por razones humanitarias. Han incumplido lo uno y lo otro.

Resulta que el abogado  Nakazaki aparece supuestamente expresando o transmitiendo  en el documento, de carambola real o fingida, la supuesta voluntad de indulto de su singular cliente Fujimori y no éste directamente. Siendo autor del texto, cuya redacción demuestra que le pertenece, Fujimori únicamente firma, lo cual se presta para señalar más adelante que lo firmó sin leerlo, sin saber nada de lo que Nakazaki escribió. El clásico y tradicional ¡lo firmé pero yo no fui!

Hasta en 2 ocasiones dice: “mi defendido”, “nuestro patrocinado”, texto impertinente e impropio  porque el abogado no ha sido requerido para que sea traductor de la voluntad ajena. La Comisión no citó, requirió o notificó al abogado  para nada -incluso no se necesita firma de letrado para pedir indulto- sino al presunto beneficiario de la gracia presidencial, o sea, a Fujimori mismo, sin traductor,  intermediario o comedida faja transmisora.

Las dos frases textuales que tengo consigo del documento, que hoy 31-10-2012, 11.45 am, se ha presentado ante la Comisión de Gracias Presidenciales me causan honda perplejidad,

hasta me indignan como peruano. He aquí lo que afirman literalmente:

a.- "Que conforme al requerimiento hecho a mi defendido, por acuerdo de la comisión (de gracias presidenciales), éste expresa su consentimiento con la petición del indulto humanitario formulado por sus cuatro hijos, a través de la firma de este escrito". Se trata, pues, del dicho impropiamente redactado por Nakazaki y no por Fujimori; aquél, no fue requerido para expresar el consentimiento de éste.

b.- “Por lo expuesto: pedimos a usted señor Presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales tenga por cumplida la exigencia de la expresión de voluntad de nuestro patrocinado, el ex presidente de la República, Alberto Fujimori Fujimori”. Lo manifiesta o pide Nakazaki,  en vez de Fujimori, que se tenga por cumplida la “expresión de voluntad” de su patrocinado. ¡El abogado ha sustituido a su cliente en el acto de solicitar un indulto! ¿Tiene poder para ello?

La Comisión está al frente de una impostura; debe adoptar ipso facto una decisión enérgica, declarando la inadmisibilidad de semejante solicitud de 10-10-2012 de los 4 hijos, que el abogado de su padre, 20 días más tarde, transmite “su consentimiento con la petición”en forma enrevesada, sin revelar cómo ha obtenido  el encargo de Fujimori para revelar o transmitir tal “consentimiento con la petición”. ¡Qué tal ambigüedad!

Tales frases no constituyen una solicitud de indulto humanitario, debidamente suscrita por quien desea real y genuinamente acogerse al beneficio, sino una afrenta, una burla a la majestad de la nación peruana, del Estado del Perú y del propio presidente Humala, a quien en última instancia le pide con sesgo, un condenado a 25 años de cárcel por crímenes de lesa humanidad, secuestro agravado e ilícitos de rampante corrupción, el beneficio del indulto por supuestas razones humanitarias.

El conspicuo e increíble documento glosado evidencia un deterioro moral y ético de sideral profundidad,  que muestran al abogado y su cliente, llamado  “defendido” o “patrocinado”, implorando de semejante modo el perdón presidencial ante los ojos del mundo.

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http://www.voltairenet.org/article176438.html?var_mode=calcul

 1-11-2012