hemicircoJans Erik Cavero Cárdenas
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El Congreso de la República ha vulnerado una ley. No es la primera vez que el Parlamento transgrede una norma aprobada por quienes son sus propios miembros. Sin embargo, en el caso de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, se trata de una violación inaceptable que el Presidente del Congreso, Víctor Isla, podría remediar.

Entre el 2011 y 2012 fueron presentados 2 proyectos de ley de iniciativa ciudadana. El proyecto 0377/2011, Ley General de la Persona con Discapacidad, presentado el 18 de octubre de 2011, fue aprobado en junio del 2012. El Gobierno observó la Autógrafa, mientras que el Congreso, en una actitud poco usual, promulgó la norma a insistencia de la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad. De este modo, el 23 de diciembre de 2012, fue promulgada la Ley 29973.
 
El otro proyecto de ley, signado con el número 1454/2012, que prohíbe el maltrato y sacrificio animal como parte de espectáculos públicos o privados, está durmiendo el sueño de los justos. A pesar de haber sido presentado el 23 de agosto del año 2012, y decretado a las comisiones Agraria y Cultura en setiembre del mismo año, no existe dictamen al día de hoy, ni a favor ni en contra de la propuesta.
 
Al haber transcurrido más de 150 días, sin haberse dictaminado, ni debatido en el Pleno del Congreso, se ha vulnerado el artículo 13 de la Ley 26300, cuyo tenor es el siguiente: “El Congreso dictamina y vota el proyecto en el plazo de 120 días calendarios”. Si tomamos en cuenta que el 04 de setiembre Oficialía Mayor decretó el proyecto a las 2 comisiones de trabajo, el plazo previsto se ha vencido en demasía.
 
La iniciativa ciudadana en la formación de leyes es un mecanismo de participación por el que el Pueblo Soberano ejerce su derecho a proponer normas de carácter general sobre todas las materias permitidas por la Constitución y el Reglamento del Congreso, salvo aquéllas que están reservadas al Ejecutivo, como son el presupuesto, la demarcación territorial, tratados internacionales, etc. Al fin y al cabo, el Congreso es un mero representante político que ejerce sus funciones por delegación.
 
El Proyecto de Ley 1454/2012 tiene como promotora a la ciudadana María Herme Eguiluz, quien encabezó la recolección de firmas necesarias para que la iniciativa sea admitida y tramitada. La propuesta fue respaldada por 60,150 firmas válidas, superando el porcentaje exigido por ley (0,3%). Con esta iniciativa se abre paso a que  el hombre, a veces más animal que cualquier espécimen, utilice espectáculos públicos o privados para maltratar o matar animales indefensos.
 
Lo peor de todo es que en Lima los lobbies taurinos ya están de pié buscando que este proyecto se archive, so pretexto de atentar contra la cultura y las tradiciones populares. No faltó un inimputable que catalogó a la festividad taurina como un espectáculo cultural. ¿Puede ser cultural un ensañamiento criminal contra un ser vivo que carece de razón?, ¿qué de cultural tiene el asesinato de un ser vivo? Paradójicamente, los amantes de estas atrocidades utilizan fiestas como la del Señor de Los Milagros para dar rienda suelta a sus instintos salvajes.
 
No faltaron algunos impresentables que sostuvieron que la cultura no se toca, ignorando que Cataluña prohibió las corridas de toros en Barcelona y otras provincias. Si la cultura no se toca, entonces disfrutemos con la Ablación del Clítoris que se práctica en algunas sociedades africanas, o cualquier otra crueldad humana. Las tradiciones culturales claro que cambian. Los pies vendados, la Auto momificación, la Castración (Eunuco), el Satí Hindú, fueron prácticas culturales que tuvieron vigencia y que hoy han sido desterrados.
 
Conforme evoluciona una sociedad, las tradiciones vandálicas tienden a desaparecer. Sin embargo, la tendencia parece ir al revés. Aún existen peleas de gallos (navajeros y piqueros), corrida de toros, pelea de canes, pelea de toros, etc. Mientras subsistan estas atrocidades siempre habrá desadaptados que gozan y festejan con tanto derramamiento de sangre. Pero la suerte para los amantes del abuso animal está echada. El Congreso sí o sí tiene que aprobar la iniciativa legislativa.
 
¿Qué sucede si el Parlamento rechaza o introduce modificaciones sustanciales al proyecto? Según la Ley 26300, el pueblo podría forzar un referéndum donde haga prevalecer su cometido. Para ello, tendría que recolectarse firmas hasta alcanzar el número exigido (10% del electorado nacional). Certificadas las firmas, el JNE debe convocar a Consulta Popular dentro de los 6 meses posteriores. En un referéndum de este tipo, sin duda, los civilizados ganaríamos por goleada, y el Congreso no tendría otra opción sino aprobar el proyecto originario.
 
Vigente la ley, ninguna autoridad nacional, regional, local, podrá autorizar la realización de espectáculos donde se maltrate o mate animales. Lo malo del proyecto es que prevé como sanción penal 120 días multa ó 600 días multa, si muere el animal, cuando debería estipularse cárcel para los responsables.