Jans Cavero*
Culminada la legislatura, Luz Salgado debería renunciar a la Presidencia del Congreso. En efecto, previo a la censura del Ministro de Educación, Salgado bajó a su escaño y, visiblemente molesta, expresó lo siguiente: “Si me demuestran que un empleado se ha enriquecido, yo lo saco y renuncio”. Pues bien, horas atrás, Salgado ha informado que la Contraloría reportó una situación de riesgo en la compra de computadoras hechas por el Parlamento a una empresa sin movimientos bancarios.
“Señora Salgado, por dignidad, dé un paso al costado”. Si usted cumple su palabra, debe renunciar en el acto a la Presidencia de la Mesa Directiva, pues eso de pasarles la pelota a Oficialía Mayor y a la Dirección General de Administración, supuestamente para que tomen las acciones correspondientes, es una medida bastante simplista tendiente a evadir las responsabilidades que le corresponden. Por cierto, Cevasco, el Director General de Administración, y el jefe del Órgano Encargado de las Contrataciones, deben irse a su casa.
En situaciones como esta, todo el mundo sabe que la pita se rompe por el lado más débil. Que no nos extrañe la renuncia o la destitución de algún servidor o funcionario congresal dispuesto a sacrificarse por Salgado y Cevasco, es decir por la causa fujimorista. Al fin y al cabo, el sacrificado tendrá espacio amplio para reubicarse en la administración pública y tendrá suerte frente a cualquier proceso administrativo sancionador o ante alguna denuncia del Procurador del Congreso.
Salieron a la luz el tema de las canastas, las computadoras, la cochera, las órdenes de servicio, los pasajes al extranjero incorporados en la canasta, los privilegios normativos de índole presupuestal, las costosas remodelaciones de los despachos. ¿Qué más prueba quiere Sra. Salgado? Partir el sueldo del personal congresal no es legal ni correcto desde el punto de vista ético; pagar refrigerio al personal del Congreso resulta inaceptable; contratar asesores caros e ineficientes es inconcebible; no contar con un órgano de control institucional es un saludo a la impunidad; adquirir una canasta por un monto superior a la remuneración mínima vital es una cachetada a la pobreza.
Pero claro, si para Salgado fue correcto, útil, ético, necesario, asistir a la convocatoria de Montesinos, lo acontecido en el interior del Parlamento es nada. En las próximas líneas, en el marco de la ley, para evitar cualquier suspicacia, demostraré que Luz Salgado no solo tiene responsabilidad política, sino también responsabilidad jurídica.
Empecemos por lo más fácil: El no pago por la adquisición de bienes no exime de responsabilidad alguna, pues la relación contractual entre el Parlamento y la empresa fue perfeccionada con el contrato suscrito por las partes o con la orden de compra. El pago es una responsabilidad de la entidad durante la ejecución contractual. Si el Congreso no paga ¿sabe usted señora Salgado que le podría generar al Estado? Perjuicio económico, por cuanto el contratista tiene expedito su derecho a resolver el contrato por incumplimiento del Congreso. Si el plazo para el pago se ha vencido, presumo que la empresa ya le habrá apercibido notarialmente para que en 5 días le cumplan con el pago.
Ante esto, ¿qué hará señora congresista? Seguramente sus asesores le dirán para arbitrar la resolución del contrato; no obstante, si el proceso ha sido bien llevado (aun tratándose de Acuerdos Marco) el tribunal arbitral le dará la razón a la empresa, quien, además, pretenderá el pago de una indemnización por daños y perjuicios. Por lo tanto, el pago de costas y costos arbitrales, el pago por los bienes contratados, los intereses legales, el pago de una indemnización, es la cuantía que ustedes deberán reponerle al Estado si la entidad pierde el arbitraje.
Ahora bien, para no pagar por los bienes contratados, los asesores le plantearán declarar la nulidad del contrato. Sin embargo, la nulidad requiere causales previstas por la propia ley, y aun cuando la administración del Congreso puede inventarse causal alguna, tampoco están exentos de responsabilidad administrativa funcional. Nótese además que, ante una declaratoria de nulidad del contrato, la empresa puede cuestionar dicha nulidad en sede arbitral, con opciones altas de ganar si el proceso de compra se ha realizado legalmente.
¿Por qué la empresa tiene todas las de ganar en un arbitraje? Porque un mal requerimiento del área usuaria, una adecuada indagación de mercado, una compra incorrecta utilizando los acuerdos marco, una adquisición sobrevalorada, un incumplimiento de la ley, reglamento o directivas del OSCE sobre contrataciones especiales, la evasión de un procedimiento de selección cuando las compras son mayores a 8 UIT, son imputables al Congreso como entidad y no a quien obtuvo la buena pro.
Por lo tanto, sostener que aquí no ha pasado nada porque el Parlamento no ha hecho desembolso alguno, es como aceptar que el robo o el hurto no debe merecer sanción penal si el sujeto activo devuelve lo robado. El delito ya se consumó.
Finalmente, dado que Luz Salgado quiere lavarse las manos por las irregularidades evidentes en las adquisiciones del Congreso, merece la pena recordarle que ella, para efecto de las contrataciones públicas, es Titular de la entidad, y como tal tiene responsabilidades. Es más, si está pensando en la nulidad del contrato, la declaratoria le corresponde toda vez que esta facultad es indelegable. Asimismo, según la ley de contrataciones, le corresponde al titular la entidad la supervisión de los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, en todos sus niveles.
¿Qué pasará en los días próximos? Contraloría minimizará las irregularidades e incumplimientos normativos; se aperturará procedimiento administrativo al jefe de logística del Congreso, y en el peor de los casos, si es cargo de confianza, será sacrificado sacándolo de la entidad; los diferentes actores sociales y políticos aplaudirán la reorganización de OSCE y Perú Compras dispuesta por el MEF, aunque desde mi enfoque estas entidades no tienen responsabilidad alguna por el proceso de compra, pero sí creo que presentan un déficit en sus procesos de supervisión y fiscalización posterior.
Ahora bien ¿cómo se evitará el pago a la empresa y un eventual perjuicio económico al Estado? Fácil. Si la empresa realmente está coludida con el Congreso pactarán una resolución de contrato por mutuo acuerdo, sin responsabilidad de las partes. En este último supuesto dependerá de los órganos de control si acogen o no el informe técnico parlamentario avalando esta salida.
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