OCMAHerbert Mujica Rojas

Ayer se reunió para almorzar, una importante Jueza Suprema Titular e integrante de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, OCMA, con la Fiscal a cargo de la Oficina Desconcentrada de Control Interno distrito de Lima, Azucena Inés Solari Escobedo. Estamos seguros que NO se habló de desechar, archivar o perder el expediente de la denuncia por abuso de autoridad contra el magistrado del 15 Juzgado Civil, José Luis Velarde Acosta que antes ha trabajado en la OCMA.

La indudable respuesta de Solari Escobedo habría sido que por ética eso NO SE PUEDE HACER y por la simple razón que el caso está muy bien fundamentado.

El supuesto que Velarde Acosta volverá a Arequipa y que tiene en su haber múltiples denuncias abona más bien en el sentido que hay que aplicar la caridad en casa y corregir y sancionar a los pésimos magistrados como en este caso.

¿De qué se trata el asunto?

Por disposición de la Fiscal AZUCENA INES SOLARI ESCOBEDO se notificó la Resolución/Disposición No. 2527-2016 con fecha 22 de NOVIEMBRE del 2016 por la cual se abre INVESTIGACIÓN PRELIMINAR contra José Luis Velarde Acosta en su actuación como Juez del 15º Juzgado Civil de Lima, por la presunta comisión del delito de Abuso de Autoridad. Se trata del Expediente No. 759-2016-C.I.LIMA

Si la OCMA es la oficina de Control de la Magistratura, es imposible, que una o uno de sus integrantes, se preste al sucio juego de ejercer presión para que se deseche, archive o, por último, que se pierda un expediente sobre el que se ha dispuesto Investigación Preliminar en la Fiscalía. La grosería del acto supuesto, no requiere de mayor explicación porque en sí es una inmoralidad aberrante. Y quienes fueran protagonistas de semejante barbaridad, merecen simplemente la cárcel, monda y lironda.

Leamos:

“La parte denunciante manifiesta –en síntesis- que el magistrado denunciado en el Expediente No. 40980-2009-0-1801-JR-Ci-39, seguido contra GRCA, contra Administradora del Comercio S.A. sobre Desalojo; habría emitido en forma apresurada la Resolución No. 120 que ordenó el lanzamiento de los inmuebles materia de desalojo; sin tener en cuenta que es propietario de los inmuebles materia de desalojo, lo que acreditó con los contratos de compra venta y sus correspondientes adendas, motivo por el cual solicitó la suspensión del proceso de desalojo, mientra en última y definitiva instancia concluye el proceso de otorgamiento de Escritura Pública, lo que supondría la suspensión del proceso”.

La firma Administradora del Comercio S.A., tiene como socio fundamental a la Caja Militar Policial de muy controvertida acción pública como consta en los medios de comunicación y en el propio Poder Judicial.

29.12.2016