Jans Cavero*
La inefable Odebrecht no sólo estuvo presente en Lambayeque, Lima, Ancash, Cusco, Puno, Arequipa, Junín, La Libertad, El Callao, Piura. También estuvo presente en Ayacucho, donde ejecutó, al menos, 2 intervenciones: La construcción de la presa Cuchoquesera, entre los años 1999 y 2002, y la construcción del canal Apacheta – Choccoro – Río Cachi, en el año 1998. La primera obra comprende la presa principal, dos diques, el equipamiento hidromecánico; la segunda obra comprende una bocatoma en Apacheta de 3,7 m3/s, un canal de conducción de 34,9 km de 3,7 a 5,4 m3/s, 03 túneles de 1.085, 470 y 125 metros de longitud.
De esta forma, Odebrecht se hizo presente en Ayacucho a través de estos 2 proyectos destinados al regadío, generación de energía eléctrica y suministro de agua potable para la ciudad de Ayacucho. Ambas obras se ejecutaron en el marco del conocido Proyecto Especial Río Cachi (PERC), perteneciente en aquellos años al entonces INADE, adscrito al potente Ministerio de la Presidencia. Me pregunto, ¿hubo aceitada, faenón, o diezmos en estos casos?, ¿la ejecución de dichos proyectos de irrigación fue adecuada?
A estas alturas, resulta difícil darle el beneficio de la duda a Odebrecht. Lo único que queda sería una investigación ad hoc de ambos proyectos para los anales de la historia, pues por los años transcurridos probablemente estemos ante un caso de prescripción. En cualquier caso, recordemos:
La presa Cuchoquesera se ejecutó sobre la base de los estudios definitivos elaborados por la Empresa Proyectista HC & Asociados S.R.L. y luego actualizados para la convocatoria a la licitación correspondiente. En 1997 el Director Ejecutivo del PERC, Ing. Guillermo Maguiña López, aprobó el expediente técnico de la obra y dos años después fue convocada la Licitación Pública N° 005-99-INADE-7201, adjudicándose la buena pro al postor Norberto Odebrecht Sucursal Trujillo S.A., por S/. 124’109,782.19, incluido IGV, con un plazo de ejecución de 608 días calendarios.
Dos años después empezarían los problemas. El 11 de enero de 2001, la Contraloría General autorizó a su procurador para que en defensa y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Legal Nº 029-CG/B320, resultante del Examen Especial practicado a la Obra "Presa Cuchoquesera, Obras Conexas y Diques Laterales". En concreto, el examen especial halló que si bien en las especificaciones técnicas de los estudios se consignaron 2,000 m2 de campamento, en el presupuesto de obra aparecen, sin fundamento técnico alguno, 5,000 m2. Al momento de la ejecución, se construyeron campamentos provisionales en un área de 4,350 m2, de los cuales sólo fueron sustentados 2,916 m2. Del saldo no se supo, pero el PERC pagó por todo, desembolsando S/. 225,538.64 soles más intereses legales, generando un perjuicio económico al Estado.
¿Cuál fue el resultado de dichas acciones legales?, ¿el Procurador de la Contraloría demandó o no el proceso judicial respectivo?, ¿ganó el Estado o se absolvieron a los responsables? Posteriormente, Javier Diez Canseco, Presidente de la entonces Comisión Investigadora de los Delitos Económicos y Financieros, evacuó el Informe 025-CIDEF-2002, sobre irregularidades en la ejecución del Proyecto Río Cachi, concluyendo que “habrían existido indicios razonables de responsabilidad administrativa y legal de altos funcionarios que han intervenido en la ejecución de la obra, pues se realizaron pagos adicionales no contemplados en el contrato inicial que “ocasionaron un perjuicio económico al Estado”.
La referida comisión investigadora también determinó, a raíz de un programa de auditoría, la existencia de peligro sísmico cerca de la obra. De otro lado, puntualizó que la definición del volumen de almacenamiento del embalse de 80 MMC se basa en estudios que presentan información y parámetros inconsistentes entre ellos, lo que disminuye la confiabilidad de que el volumen adoptado sea el adecuado.
No menos importante son los otros hallazgos: Sobrecosto en partida de inyecciones de mezcla de cemento o bentonita; sobrecosto por la no contratación de consultoría para la prospección y estudio de campo complementario; generación de dos presupuestos adicionales por S/ 18’510,941.96 y 39’552,131.31, al convocarse la licitación sin contar con los estudios complementarios; las bases del proceso y el contrato no contemplaron recomendación del Estudio de Impacto Ambiental, lo que podría ocasionar daños irreversibles a los recursos ambientales de la zona de ejecución de la Obra.
¿Quiénes fueron los presuntos responsables? Según la comisión, el Ing. José Fernández Jacinto, Director de Supervisión; Emilio Jurado Alarcón, Director de Obras y Estudio; Ing. Juan Figueroa Sifuentes, ex Asesor Técnico, y finalmente el Ing. Guillermo Maguiña López.
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